jueves, 7 de junio de 2012

SUIZA,Ginebra: URGENTE. Debate OIT, derecho a huelga. CASO GUATEMALA‏... SINDICATOS DEL MUNDO CONDENAN A ESTADO DE GUATEMALA POR VIOLACIONES A LA LIBERTAD SINDICAL

Solo con la  UNIDAD de la clase  obrera venceremos
La Organización Internacional del Trabajo ha vivido en los últimos días una de sus etapas más sombrías debido al ataque por parte del grupo de los empleadores de los órganos de control de la OIT cuya pretensión  no es otra más que garantizarse impunidad internacional frente a las violaciones que de manera recurrente sus empresas cometen contra los derechos de las trabajadoras y trabajadores con la aquiescencia de los Estados.
El ataque se concentró esta vez en la pretensión de eliminar el derecho de huelga como garantía sindical cubierta por el Convenio 87, en la osadía de pretender que los sindicatos negáramos ese derecho de huelga a cambio de discutir tripartitamente los casos de violaciones a los Convenios en los países en que estas ocurren con mayor gravedad  y en pretender someter la opinión de los expertos de la Comisión de expertos en control de convenios y recomendaciones -CEACR- a un control político que les privaría de independencia.  Todo esto  lo hicieron los empleadores  en violación de los procedimientos y disposiciones  establecidas en la Constitución y Reglamentos de la OIT y bajo total impunidad.
Esta pretensión no solamente puso en evidencia la intención de los empleadores de conducir a la Comisión de Aplicación de Normas a introducirse en un debate que no le corresponde y obviar que el derecho de huelga, de conformidad con los artículos 26 y 27 de la Convención de Viena Sobre el Derecho de los Tratados y los artículos 8 del Pacto Internacional sobre derechos económicos, sociales y culturales y el artículo 8 del Protocolo Adicional a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador” es una garantía inherente al ejercicio de la libertad sindical reconocida como parte del ius cogens internacional.
La destructiva posición del sector empleador y la congruente posición del grupo de los trabajadores y particularmente de nuestro vocero, marcaron una clara posición de dignidad, de lucha y de compromiso con la clase trabajadora a nivel mundial impidiendo que el chantaje de los empleadores  culminara con una negación del derecho fundamental a la huelga.  Esta posición, como fue expresado en las reuniones del grupo de trabajadores, contó con el total apoyo y respaldo del Movimiento sindical, indígena y campesino guatemalteco –MSICG-
Sin embargo, el bloqueo impuesto por el grupo de los empleadores motivó que fuere imposible arribar a un acuerdo para analizar de manera tripartita los casos individuales, incluso los que eran de revisión obligatoria como el de Guatemala por violaciones al Convenio 87, por lo que nuevamente, en una decisión acertada del vocero del grupo de los trabajadores, se acordó la revisión de los casos en el propio grupo de los trabajadores de la Comisión de Aplicación de Normas al cual además fueron invitados los empleadores y los Gobiernos.
En ese marco, el día de hoy 6 de junio de 2012 fue revisado el caso de Guatemala por violaciones al Convenio 87, destacándose el recrudecimiento de las políticas y prácticas antisindicales así como la falta de voluntad política del gobierno y del sector empleador de Guatemala por dar pleno cumplimiento a este convenio fundamental.
Como parte de los casos paradigmáticos que ejemplificaron la gravedad de estas violaciones, se condenó el asesinato de nuestro compañero MANUEL DE JESUS RAMIREZ, se trataron las violaciones a la libertad sindical en el Ministerio Público y particularmente en contra de las compañeras y compañeros del SITRADICMP así como las resoluciones contrarias a derecho emitidas por el sistema de justicia para garantizar la consumación la violación de la libertad sindical, como sucede con el caso del compañero Javier Adolfo de León Salazar, se trataron los ataques contra el STOPGN y los procesos de penalización de que son objeto los directivos sindicales, especialmente el STOPGN, STIDPP y el STPIGSS así como las severas violaciones al derecho de huelga ejecutadas por los tribunales en el caso del SITRASEC.
Al concluir el caso, el grupo de los trabajadores condenó la recurrente violación a la libertad sindical por parte del Estado de Guatemala y urgió al gobierno a tomar las medidas necesarias para garantizar la vida y la seguridad física de los sindicalistas y sus familias, a que emita de manera urgente sentencias condenatorias firmes contra los autores materiales e instigadores de asesinatos y demás actos de violencia contra sindicalistas y defensores de derechos sindicales, la aprobación e implementación de las reformas legislativas solicitadas por los órganos de control de la OIT, la regulación de un recurso judicial de efectos suspensivos inmediatos sobre las violaciones a libertad sindical y demás garantías laborales que permita eliminar el incentivo a la dilación procesal y una efectiva protección de estos derechos como lo establece el artículo 25 del Pacto de San José; la aprobación de una ley que regularice las relaciones de trabajo tanto en el sector privado como público a efecto de eliminar las modalidades atípicas y fraudulentas de contratación laboral; la eliminación de obstáculos para la inscripción de sindicatos así como la plena garantía de la libertad estatutaria de las organizaciones en cuanto a elegir su estructura, sus condiciones de afiliación y la plena libertad para redactar sus estatutos.
La condena contra el Estado de Guatemala contó con el apoyo de las delegaciones sindicales provenientes de los cinco continentes del mundo y constituye una enérgica muestra de la solidaridad sindical en la defensa de las garantías laborales y el combate a la impunidad buscada sin éxito en esta conferencia por el grupo de los empleadores del que participan los empleadores guatemaltecos.
El MSICG agradece a las hermanas y hermanos sindicalistas del mundo, particularmente a las centrales sindicales de Argentina, Brasil, Colombia, España, Francia, Uruguay, Venezuela, Estados Unidos; así como a FSM, CSA y CSI por la solidaridad hacia la clase trabajadora guatemalteca y hacia los intensos esfuerzos del MSICG por visibilizar a nivel mundial la grave situación del país en materia de libertad sindical provocadas por un sector empleador absolutista y un Estado profundamente débil y doblegado a los intereses de las elites empresariales.
Finalmente, el MSICG reitera su total respaldo al vocero del grupo de los trabajadores en la Comisión de Aplicación de Normas de la 101ª Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT agradeciéndole su entrega, su compromiso  y, sobre todo, su congruencia con la dignificación de la clase trabajadora y le felicita porque finalmente el Estado de Guatemala fue citado para comparecer ante la CEACR en 2012 por las violaciones al Convenio 87 y porque la actitud de los empresarios tendrá que someterse al Consejo de administración de la OIT habiendo salido  victoriosos de esta embestida patronal.
Ginebra, Suiza, 6 de junio de 2012.
¡CUANDO EL SINDICALISMO AVANZA EN DIGNIDAD LOS PUEBLOS
PUEDEN TENER ESPERANZA EN EL FUTURO!
CONSEJO POLITICO
MOVIMIENTO SINDICAL, INDIGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO
MSICG

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