martes, 21 de mayo de 2013

HONDURAS: Publican en La Gaceta el catálogo de delitos no elegibles para medidas cautelares


Autor del articulo: Proceso Digital
Tegucigalpa - El decreto donde se realizó una reforma al artículo 184 del Código Procesal Penal que permite una ampliación del catálogo de delitos para no utilizar medidas sustitutivas a la prisión, se publicó este día en el diario oficial La Gaceta.

El decreto 56-2013 contiene específicamente los delitos que los jueces no podrán decretar medidas sustitutivas a la prisión.

Las medidas alternativas de la prisión preventiva no podrán imponerse si existe grave riesgo de que no se logre la finalidad perseguida en un caso de reincidencia, una persona sólo puede ser beneficiada con estas medidas en un proceso activo, en caso que se decrete auto o formal procesamiento por el nuevo requerimiento fiscal, debe de imponérsele la medida cautelar de prisión preventiva en ambos juicios, establece la reforma.
En los casos que el imputado no tenga capacidad para rendir la caución de naturaleza económica podrá decretarse garantía curatoria, la cual consistirá en prestar juramento de someterse al procedimiento.
Los delitos que no podrán gozar de medidas sustitutivas a la prisión son: homicidios, excepto los asuntos en los que después de valoradas las pruebas evacuadas en la audiencia inicial se determine que el imputado actuó en una causa de justificación establecida en el artículo 24 del Código Penal.
Asimismo, el asesinato, parricidio, violación, trata de personas, pornografía infantil, secuestro, falsificación de monedas de billetes de bancos, robo en todas sus modalidades, magnicidio de jefes de Estado o de gobierno nacional, genocidio, asociación ilícita, extorsión, delitos relacionados con armas de guerra, terrorismo, contrabando, defraudación fiscal, delitos relacionados con el tráfico ilícito de drogas y estupefacientes, lavado de activos, prevaricato y feminicidios.
Ningún juez podrá otorgar medidas sustitutivas en el catálogo de delitos descritos anteriormente.

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