DICTAMEN
Los suscritos miembros de la Comisión Ordinaria de Presupuesto, designados por el Presidente de este Congreso Nacional, para emitir Dictamen en relación a la iniciativa de ley presentada a la consideración del Pleno, por la Secretaría de Estado en el Despacho Presidencial orientado a la aprobación de los contratos de préstamo No. 5132/ BL-HO y No. 5133/TC-HO suscritos el 13 de septiembre del año 2022, entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Gobierno de la República de Honduras, por un monto de US$ 1,600,000.00 ( UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS), y US$16,400,000.00 (DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS) respectivamente para un total de US$ 18,000,000.00 (DIECIOCHO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS), recursos, que serán destinados a la ejecución del programa “RENOVACIÓN DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA FRANCISCO MORAZÁN PARA FACILITAR LA INTEGRACIÓN DE ENERGÍA RENOVABLE”, que tiene como objetivo mejorar y recuperar el papel de la Central Hidroeléctrica Francisco Morazán (CHFM)- El Cajón, como un activo efectivo para proporcionar flexibilidad e integración de la energía renovable variable (ERV) al sistema eléctrico de Honduras. Sobre la tarea encomendada y de conformidad con lo establecido en el Artículo No.36 numeral 1 y Artículo No.62 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional esta Comisión de Dictamen se pronuncia conforme a las consideraciones siguientes:
PRIMERO: La Comisión de Presupuesto procedió a valorar el Proyecto de Decreto presentado ante esta Cámara Legislativa por la Secretaría de Estado en el Despacho Presidencial, mismo que va orientado a aprobar dos contratos de préstamo suscritos por RIXI RAMONA MONCADA GODOY en su condición de secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas y MARÍA JOSÉ JARQUÍN en su condición de Representante del Banco Interamericano de Desarrollo en Honduras.
SEGUNDO: La iniciativa es motivada en virtud que, el Gobierno de Honduras pretende llevar a cabo la ejecución del Programa “RENOVACIÓN DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA FRANCISCO MORAZÁN PARA FACILITAR LA INTEGRACIÓN DE ENERGÍA RENOVABLE” que realizará las siguientes acciones:
El reemplazo del sistema de “SCADA” que actualmente está obsoleto, lo cual mejorará la eficiencia operativa y a utilizar el despacho económico en la central.
Mejoras a los generadores de la unidad que poseen 40 años de vida y actualmente deben ser renovados para mantener la generación de energía y los servicios complementarios de la central.
La renovación de los transformadores de potencia, para elevar los niveles de tención y transmitir la energía de la central a los diferentes centros de consumo.
Los estudios para la ampliación de la central para mantener mayor disponibilidad de potencia y de servicios complementarios y poder turbinar el agua en las horas de mayor demanda del sistema.
TERCERO: Esta comisión ha valorado que la aprobación de los contratos de préstamo se encuentra respaldada legalmente por el Decreto Legislativo 17-2010 que contiene La Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, que en su artículo 70 autoriza al Poder Ejecutivo para que suscriba los convenios sobre los empréstitos que considere necesarios en virtud de estado de emergencia de las Finanzas Públicas, y que deban ser financiados con capital externo aprobándose para tal efecto los proyectos de convenio correspondiente, sin perjuicio de su posterior ratificación por parte del Congreso Nacional una vez firmados por el Poder Ejecutivo y el Organismo de Crédito Externo de que se trate, y siendo que, los contratos de préstamo remitidos por el Poder Ejecutivo cumplen con las formalidades referidas y de igual manera su aprobación se encuentra de acuerdo a lo establecido en el artículo 205 numeral 36 de la Constitución de la República que atribuye al Congreso Nacional la facultad de aprobar o improbar los empréstitos o convenios similares que se relacionan con el crédito público, celebrados por el Poder Ejecutivo.
En consecuencia esta Comisión, coincide que es pertinente aprobar por parte de este poder del Estado los contratos de préstamo No. 5132/ BL-HO y No. 5133/TC-HO suscritos el 13 de septiembre del año 2022, entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Gobierno de la República de Honduras, por un total de US$ 18,000,000.00 (DIECIOCHO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS), recursos que serán destinados a la ejecución del programa “RENOVACIÓN DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA FRANCISCO MORAZÁN PARA FACILITAR LA INTEGRACIÓN DE ENERGÍA RENOVABLE”, que tiene como objetivo mejorar y recuperar el papel de la central hidroeléctrica Francisco Morazán (CHFM)- El Cajón, bajo el amparo de lo establecido en la Constitución de la República en su Artículo No.205 de las atribuciones del Congreso Nacional numeral 36 y el Artículo 70 de La Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público.
CUARTO: La Comisión Ordinaria de Presupuesto analizó los razonamientos consignados en el Proyecto de Decreto presentado por el Poder Ejecutivo, encontrando sensatos dichos planteamientos dada la necesidad de dotar de seguridad jurídica todos los actos y contratos de naturaleza fiscal suscritos entre la administración pública, Instituciones descentralizas y desconcentradas con las organizaciones de crédito público como con los órganos cooperantes.
En consideración de lo antes expuesto esta Comisión de Dictamen, emite Dictamen FAVORABLE, en relación al Proyecto de Decreto orientado a: APROBAR LOS CONTRATOS DE PRÉSTAMO NO. 5132/ BL-HO Y NO. 5133/TC-HO SUSCRITOS EL 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022, ENTRE EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, POR UN MONTO DE US$ 1,600,000.00 ( UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS), Y US$16,400,000.00 ( DIECISEIS MILLONES CUATROCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS) RESPECTIVAMENTE PARA UN TOTAL DE US$ 18,000,000.00 (DIECIOCHO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS), se adjunta proyecto de Decreto con las modificaciones sugeridas por esta Comisión, expresando que, en todo caso, dejamos a salvo el superior y más elevado criterio de esta Honorable Cámara en lo referente a las consideraciones presentadas en este dictamen.
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