La audiencia está programada a realizarse el próximo martes 26 de octubre a la 1:15 PM en la sala de juicios del Tribunal de Trujillo, y fue admitida a solicitud del Bufete Justicia Para los Pueblos y otras organizaciones que dan seguimiento al caso.
Los ocho defensores son acusados por
los delitos de incendio agravado y privación injusta de la libertad en
perjuicio de Santos Hernández Corea y la Sociedad Mercantil Inversiones
Los Pinares S.A. de C.V.; esta última propiedad de Lenir Pérez y su esposa Ana Facussé, hija del fallecido empresario Miguel Facussé.
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Sin embargo, organizaciones de derechos Humanos, como el Bufete Justicia para los Pueblos, manifiestan que los ocho defensores de los ríos Guapinol y sector San Pedro fueron criminalizados por resguardar el parque Nacional Carlos Escaleras y los ríos circundantes.
Los ocho defensores perjudicados son: Ewer Alexander Cedillo Cruz, José Abelino Cedillo Cantarero, José Daniel Márquez Márquez, Kelvin Alejandro Romero Martínez, Porfirio Sorto Cedillo, Orbin Nahún Hernández, Arnold Javier Alemán y Jeremías Martínez Díaz. A la fecha, han permanecido 26 meses bajo prisión arbitraria.
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En entrevista para Criterio.hn, el abogado Edy Tabora del Bufete Justicia para los Pueblos explicó que el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria determinó -y sometió al Consejo de Derechos Humanos- que Honduras debía ponerlos en libertad, reparar el daño causado a los defensores, e investigar a quiénes cometieron las violaciones contra los derechos de los defensores de Guapinol.
Ahora que Honduras forma parte del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), las implicaciones para Honduras de dicha resolución en términos internacionales es que debe cumplirla. Así como en términos nacionales, la Sala de lo Constitucional ha expresado en diferentes sentencias que el derecho internacional debe ser cumplido por el Estado de Honduras, afirmó Tabora.
Este año, Honduras fue postulada y
elegida al Consejo de Derechos Humanos de la ONU lo que para algunos
investigadores y defensores de derechos humanos representa una contradicción que presionaría el cumplimiento de resoluciones postergadas.
Entre ellas la implementación inmediata de la resolución del Grupo de
Trabajo de Detenciones Arbitrarias en el caso de Guapinol.
Entrada a la comunidad de Guapinol en el municipio de Tocoa. Foto Jorge Burgos
¿POR QUÉ LA DETENCIÓN DE LOS DEFENSORES DE GUAPINOL ES ARBITRARIA?
El abogado Tabora expresó que la resolución que emitió el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria en el caso Guapinol tiene su origen en que no se reúnen los requisitos para imponer una medida de prisión preventiva.
«No hay ni hubo peligro de fuga porque los defensores se presentaron voluntariamente», valoró el profesional del derecho. Por otra parte, las acusaciones por delitos de asociación ilícita y otros, ya fueron sobreseídos; y «tampoco hubo ni hay peligro de obstrucción a la investigación porque el Ministerio Público tiene finalizada la investigación desde hace dos años», ahondó.
A esto se suma, que a juicio de Tabora «la prisión preventiva se venció en agosto y la ampliaron a seis meses sin ninguna justificación. Solo el Poder Judicial tardó cinco meses para notificar una apelación, desde ahí los retrasos que hay son atribuibles al Poder Judicial»
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