Tegucigalpa.- El vocero de la MACCIH, Juan
Jiménez Mayor, durante un evento desarrollado en la Universidad Nacional
Autónoma de Honduras (UNAH), expresó la urgencia de aprobar la Ley de
Colaboración Eficaz, para dar con los cabecillas de casos de corrupción y
crimen organizado.
En ese sentido, la Ley de
Colaboración Eficaz servirá no solamente en casos de corrupción. Sino
también en casos de crimen organizado.
También, de
cualquier actividad de extorsión, lavado de activos, trata de personas y
tráfico de armas, con el objetivo de identificar al autor intelectual o
el cerebro de cualquier organización ilícita.
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Se
determinó que mediante esta ley, los miembros implicados en mandos
medios o mandos bajos, pueden aportar información de los miembros de la
organización criminal. Y de esta manera se logrará identificar a todas
las personas involucradas.
“La idea es que a través de
esta normativa se pueda desarticular bandas criminales. Asimismo,
llegar a las redes de colusión que están operando en el país”, mencionó
Jiménez Mayor.
Pruebas científicas
Por su parte el abogado Juan Rafael Rodríguez, fiscal de carrera y asesor del procurador general del Estado, mencionó que:
La prueba testimonial es importante, pero debe ir acompañada de una colaboración científica.
Es
por eso que esta ley debe corroborar exhaustivamente la información que
el implicado brinda. Esto anterior, para que goce de los beneficios
de la misma.
Con esta ley de plantea resolver los crímenes más rápido
Ley de Colaboración EficazEl
propósito de esta ley es evitar la continuidad del delito o
disminuirlo. Asimismo, conocer las circunstancias en las que se
planificó. También, identificar a los actores y partícipes del acto de
corrupción. Y por último, averiguar el paradero o destino de los bienes
o ganancias del delito.
Los implicados en actos de corrupción que quieran colaborar con la investigación tendrán los beneficios de:
Exención de la pena.
Disminución de la pena hasta por un medio de la pena mínima contemplada en el Código Procesal Penal.
Suspensión de la ejecución de la pena.
Y la remisión para quien la esté cumpliendo.
No obstante, las obligaciones en las que incurren los colaboradores mediante esta ley de Colaboración Eficaz, son:
Informar
el cambio de domicilio, ejercer oficios, profesiones u ocupaciones
lícitas, reparar los daños ocasionados según su capacidad económica,
someterse a vigilancia por autoridades, presentarse cuando el fiscal o
juez lo requieran, no cometer otro delito doloso y no salir del país sin
previa autorización.
Dato
Es
de recalcar que en la ley de Perú, los cabecillas del delito no tienen
posibilidad de colaborar. Pero en la ley que la MACCIH contempla para
Honduras que los cabecillas pueden decir cómo fueron los hechos. Y así
podrán tener la posibilidad de que su pena baje.
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