Escrito por Redacción conexihon | Noviembre 10 del 2015 Secciones: Libertad de Expresión
Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).-
Más de 30 periodistas de diversos medios de comunicación con sede en la
capital de Honduras participaron en el conversatorio “Impacto de la
Ley de Secretos en la prensa hondureña”, desarrollado este martes por el
Comité por la Libre Expresión (C-Libre), gracias al auspicio de
Diakonía.
El encuentro sirvió
para discutir sobre los estragos que esta normativa con amplias
atribuciones, produciría en el ejercicio periodístico, la libertad de
expresión y las contradicciones legales implícitas.
Para
Sandra Maribel Sánchez, periodista de Radio Progreso, la normativa
“cercena las posibilidades de la población hondureña de estar informada
sobre el quehacer de los y las funcionarias públicas, el uso de los
fondos estatales entre otros, es por tal razón que junto a la Ley que
permite las intervenciones telefónicas y otras disposiciones legales se
pone en alto riesgo el ejercicio del periodismo en Honduras”.
Alianzas para exigir la nulidad
De
igual forma, para los profesionales de la comunicación es urgente que
se establezcan alianzas entre diferentes sectores para hacerle frente a
la opacidad con la que se pudieran actuar los funcionarios amparados en
la Ley de Clasificación de Documentos Oficiales Relacionados con
Defensa y Seguridad, más conocida como la “Ley de Secretos”.
“Debe
unirse para pedir la nulidad de la ley, que atenta contra el Estado de
Derecho, porque es una ley de secretividad, sin regulación precisa”,
comentaron.
Según
el análisis presentado por los abogados, Edy Tábora y Mario Rojas, la
ley podría permitir abusos y generar mayor discrecionalidad en el uso
de los fondos públicos del Estado provenientes de los impuestos que paga
sobre todo la clase media.
Los
abogados refutaron que la clasificación de la información esté en
manos del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CONADESE), integrado
por el presidente de la República, presidente del Poder Judicial,
presidente del Poder Legislativo, Ministerio Público y por las
secretarías de Estado en los despachos de Seguridad y Defensa, pues
estos funcionarios son parte involucrada en la toma de las decisiones
fundamentales e interesados en esconder la información.
Tábora
y Rojas, también cuestionaron el paralelismo del Estado de Honduras, ya
que por un lado aprueba una ley de secretos y por el otro firma un
convenio con Transparencia Internacional.
Por
su parte la defensora de derechos Humanos, Reina Rivera, apuntó que la
Ley de Secretos Oficiales, forma parte del conjunto de normas que aprobó
el presidente Juan Hernández, cuando fungía como titular del Congreso
Nacional, con el propósito de recibir el poder absoluto del país.
La “Ley de Secretos”
El
13 de enero de 2014 el Congreso Nacional aprobó la Ley de Secretos
Oficiales y Desclasificación de la Información Pública. Esta
legislación, imprecisa, discrecional y votada apresuradamente,
constituye una nueva derrota para la libertad de información en uno de
los países más peligrosos del continente para los actores de la
información. Reporteros sin Fronteras espera que se presente un recurso
por anticonstitucionalidad que invalide una ley que convierte a la
información pública en un verdadero coto privado.
Presentada
en el Congreso por el diputado del Partido Nacional (derecha
conservadora), Rodolfo Zelaya, y adoptada rápidamente casi sin debate,
la legislación dispone: “Reservado, es toda aquella información,
documentación, o material, referida al ámbito estratégico interno de los
entes del Estado y que su revelación podría producir efectos
institucionales no deseados, si estuviera públicamente disponible, en
contra del efectivo desarrollo de las políticas del Estado o del normal
funcionamiento de las instituciones del sector público. Esta
clasificación es facultad propia del titular de cada ente del Estado”.
La
información clasificada como “reservada” no podrá publicarse durante un
periodo de cinco años. Esta definición la decidirán unilateralmente los
jefes de instituciones centralizadas o descentralizadas, quienes
también tendrán la facultad de declarar la información “confidencial”
–que no podrá hacerse pública durante diez años– en caso de que
consideren que pueda “originar riesgo inminente o amenaza directa contra
la seguridad y la defensa del orden público”.
Existe
una tercera categoría: la de información “secreta”. Es el Consejo
Nacional de Defensa y Seguridad quien podrá declararla de esta manera, e
impedirá su publicación por un periodo de quince años, en caso de que
considere que hay “amenaza directa contra el orden constitucional”.
Finalmente, existe la clasificación de “ultrasecreta”. Corresponde al
presidente de la República decretarlo sobre la información “que al ser
de uso público cause peligro contra la seguridad, defensa nacional,
soberanía e integridad territorial”. Esta información no podrá
divulgarse durante 25 años.
http://conexihon.hn/site/noticia/libertad-de-expresi%C3%B3n/periodistas-de-tegucigalpa-conocen-impacto-de-la-%E2%80%9Cley-de-secretos%E2%80%9D
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