Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- Siete funcionarios del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad
(Conadese) decidieron restringir el derecho a la información en 18
instituciones estatales y en otras dependencias que se puedan incorporar
en el futuro, mediante la resolución 069/2014, emitida y clasificada
como secreta el 14 de julio.
La
reserva fue declarada con base en la Ley para la Clasificación de
Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional. El
Conadese dispuso reservar -sin precisar qué-, “asuntos, actos,
contratos, documentos, informaciones, datos y objetos cuyo conocimiento
por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad
y/o la defensa nacional”.
Eso
quiere decir que hasta las sentencias de la Corte Suprema de Justicia
(CSJ) podrían ser secretas. También se reserva información de la
Secretaría de Seguridad y Policía Nacional; Ministerio Público y
Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN); Dirección Nacional de
Investigación e Inteligencia (DNII), Dirección de Información
Estratégica de las Fuerzas Armadas (C-2).
Asimismo,
información de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional, Instituto Nacional de Migración, Dirección Ejecutiva de
Ingresos, Registro Nacional de las Personas (RNP), Instituto Hondureño
de Seguridad Social (IHSS), Instituto de la Propiedad, Unidad de
Inteligencia de la Comisión Nacional de Banca y Seguros, Dirección
General de la Marina Mercante, Dirección General de Aeronáutica Civil,
Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), Servicio Autónomo Nacional
de Acueductos y Alcantarillados (SANAA) y otras que se puedan
incorporar en el futuro.
Esta
resolución fue aprobada por el mandatario de Honduras, Juan Orlando
Hernández; el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva; el
titular del Poder Judicial, Jorge Alberto Rivera Aviles; el fiscal
general del Estado, Óscar Chinchilla; el entonces ministro de Seguridad,
Arturo Corrales; el ministro de Defensa, Samuel Reyes y el entonces
titular de la DNII, Julián Pacheco Tinoco; todos ellos servidores
públicos de uno de los países más corruptos del mundo, según indicadores
de Transparencia Internacional.
En
consecuencia, las restricciones de este derecho universal ahora están
establecidas mediante resolución 069/2014 aunque esa facultad le
correspondería al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP)
por jerarquía normativa en virtud de que Honduras es signataria de
Tratados y pactos supranacionales que dieron vida a la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP).
Primeras muestras de discrecionalidad
El
21 de agosto de 2014, el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) promovió
un recurso de revisión ante el IAIP porque los funcionarios del RNP
negaron información pública, amparados en la resolución 069/2014. El CNA
investigaba supuestas irregularidades en el RNP.
La
información negada por funcionarios del RNP fue: “1) copia de los
puntos de actas donde se aprueban todas las compras de la empresa
denominadas Lufergo, Lafis, Grupo G Y T, Inversiones Zaldívar, adjuntar
los términos de adjudicación y precalificación de las empresas, 2) copia
del punto de acta de la aprobación del alquiler del inmueble ubicado en
la colonia Jacaleapa de Tegucigalpa Municipio del Distrito Central a la
empresa denominada FAMME 3) copia de los pagos efectuados a FAMME, por
concepto de alquiler, durante los periodos 2013 hasta la fecha, 4) copia
del punto de acta de la aprobación de Honorarios profesionales del
señor Edwin Joel Bulnes Vásquez. Adjuntar los términos de referencia y
adjudicación de la consultoría 5) Copia de traslado de los fondos de
Banco de Occidente, a que cuenta se realizó el depósito y donde se
encuentran reflejados 6) copia donde están reflejados los ingresos,
egresos y gastos actuales por conceptos de contratos de Tigo y Claro 7)
copia de los puntos de acta para la aprobación al viaje a Lima Perú 8)
Copias de las personas que conforman el Directorio en los periodos 2010
al 2013”, cita textualmente el recurso de revisión, promovido por el
CNA.
Sobre
la resolución 69/2014, la presidenta del IAIP, la comisionada Doris
Imelda Madrid, señaló que esta institución no autorizó ninguna reserva
de información. “Al menos por el Instituto no ha pasado, la
desconocemos”, respondió.
“Ley de Secretos Oficiales”
Cuando el Congreso Nacional aprobó la “Ley de Secretos Oficiales”, como se le llamó originalmente, por medio de un comunicado, C-Libre advirtió que tal legislación violenta el derecho a la libertad de expresión,
estipulado en los artículos del 72 al 75 de la Constitución de la
República; el 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el
19 de la Declaración Universal sobre Derechos Humanos.
En la misma línea, la Convención Americana Sobre Derechos Humanos
ya instituye la forma en que se deben dictar nuevas leyes, caso
contrario, se crea un campo fértil para la actuación discrecional y
arbitraria del Estado en la clasificación de la información, cita el
Informe Sobre el Estado del Derecho a la Información en Honduras 2014,
de C-Libre.
De
igual forma, el numeral 1, inciso (d) de los Principios de
Johannesburgo sobre la seguridad nacional, la libertad de expresión y el
acceso a la información, estipula, "no se podrá imponer restricción
alguna sobre la libertad de expresión o de información por motivos de
seguridad nacional a no ser que el gobierno pueda demostrar que tal
restricción esté prescrita por ley y que sea necesaria en una sociedad
democrática para proteger un interés legítimo de seguridad nacional".
Esta
ley contraviene, además, los numerales 2 y 3 de la Declaración de
Chapultepec, el numeral 4 de la Declaración de Principios Sobre Libertad
de Expresión y el artículo 13 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Igualmente,
la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del “Caso
Reyes y otros contra Chile”, párrafo 92, establece que es indispensable
que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima
divulgación.
http://conexihon.hn/site/noticia/libertad-de-expresi%C3%B3n/con-resoluci%C3%B3n-secreta-reservan-informaci%C3%B3n-de-18-instituciones
No hay comentarios :
Publicar un comentario