jueves, 13 de noviembre de 2014

Honduras: Trascendental fallo de la CIDH sobre medidas cautelares para el periodista Ernesto Alvarado

La decisión jurídicamente vinculante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) requiriendo al gobierno hondureño que deje sin efecto la inhabilitación para el periodista y miembro fundador de PEN Honduras, Julio Ernesto Alvarado, por supuesta difamación de un funcionario público se constituye en un mensaje claro a los gobiernos de la región para proteger a los periodistas y garantizar el derecho a la libertad de expresión, señalo hoy PEN Internacional.  Es la primera vez que la CIDH ha revocado la inhabilitación de un periodista en el ejercicio de su profesión.
La semana pasada la CIDH emitió su decisión requiriendo que Honduras suspenda la sentencia  de la Corte Suprema de Justicia hondureña de diciembre de 2003 contra Alvarado y se abstenga de realizar cualquier acción que pudiera inhibir al periodista que ejerza su profesión como tal.
  El Director Ejecutivo de PEN Internacional Carles Torner dijo hoy: “PEN ha considerado siempre que la convicción y la inhabilitación periodística en contra del Sr. Alvarado ha sido motivada políticamente y en directa violación de su derecho a la libertad de expresión. El otorgamiento de estas medidas cautelares mediante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se constituye en una decisión trascendental para la protección de la libertad de expresión de los periodistas de la región.”   

Las medidas cautelares son un requerimiento urgente, dirigido a un Estado Miembro de la Organización de los Estados Americanos (OEA), para que asuma medidas judiciales en situaciones de gravedad  y urgencia para prevenir daños irreparables a las personas y sus derechos humanos. Las medidas fueron otorgadas a solicitud de PEN Internacional, la periodista y defensora de derechos humanos Dina Meza y la abogada de Alvarado, Kenia Oliva Cardona, ambas miembros fundadores de PEN Honduras,  en respuesta al recurso de apelación ante la CIDH.

La otorgación de medidas cautelares es jurídicamente vinculante y obliga al gobierno hondureño a asegurar que la suspensión del trabajo de Julio Ernesto Alvarado no sea ejecutada, hasta que la CIDH se haya pronunciado sobre la admisibilidad de una denuncia con respecto a la violación del derecho de Alvarado a la libertad de expresión y a la protección judicial.

En su análisis de la denuncia de Alvarado – también presentado por PEN Internacional, Meza y Oliva – la CIDH considerará el uso del derecho penal para sancionar expresiones de interés público. Anteriormente, se ha dictaminado que tales prácticas violan el derecho a la libertad de expresión, garantizado por el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y tienen un efecto amedrentador sobre el libre flujo de ideas e información. El gobierno de Honduras tiene tres meses para responder a la CIDH con respecto a la denuncia de Alvarado.

En su otorgamiento de medidas cautelares a Alvarado, la CIDH declara que: “[…] estima que, dada su gravedad y la censura que conlleva, la ejecución de [la] condena [contra Alvarado] no solo impide el derecho a la libertad de expresión del […] beneficiario, sino que tiene la capacidad de tornar ilusorio el ejercicio del derecho a expresarse y a difundir información sobre asuntos de interés público en Honduras. En efecto, esta condena podría provocar un efecto silenciador respecto de todas las personas y particularmente los periodistas y comunicadores, quienes estarían sometidos a una constante autocensura antes de informar algo que pueda afectar el honor de quienes detentan cargos públicos. Con ello, se podría comprometer la libertad de expresión de la sociedad hondureña en su conjunto.”

Antecedentes
La decisión de la CIDH, emitida el 5 de noviembre de 2014, que impone una multa y la inhabilitación periodística para Alvarado durante 16 meses, es el resultado de una batalla judicial compleja entre el gobierno hondureño y el periodista. 

El fallo inicial de diciembre de 2013, que impuso una sentencia privativa de libertad de 16 meses y la inhabilitación para el periodismo del director y presentador del programa de noticias ‘Mi Nación’ de Globo TV, se debió a la cobertura de presunta corrupción de la decana universitaria Belinda Flores. En abril de 2014, Alvarado pagó la multa para que la sentencia de cárcel y suspensión de su trabajo se dejaran sin efecto. Sin embargo, Flores apeló, y el 22 de agosto la Corte de Apelaciones de lo Penal en Tegucigalpa decidió que la inhabilitación periodística debería ser reestablecida. El fallo fue comunicado a la abogada de Alvarado el 26 de septiembre, más de un mes luego de haber sido emitido.

El 29 de septiembre, la abogada de Alvarado apeló pidiendo que la Corte reconsidere su decisión de reestablecer la inhabilitación periodística. Este pedido fue rechazado al día siguiente, el 30 de septiembre-un fallo dictado tan rápido que no tiene precedentes en el contexto del sistema judicial hondureño, en el que proceso de apelación suele demorar meses y hasta años. La notificación con esta decisión fue el 29 de septiembre, horas después de que Alvarado y Dina Meza debatieron en su programa de televisión sobre el caso y las irregularidades en la Corte de Apelación.

Sin embargo, hubo otra demora en la notificación del fallo para la abogada defensora de Alvarado, quien no recibió el fallo hasta el 6 de Octubre.
El 9 de octubre de 2014, la abogada de Alvarado presentó una solicitud para que se suspenda la implementación de la decisión pendiente una revisión por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.  Esta acción de amparo es un recurso para la protección de derechos constitucionales cuando todas las otras vías de apelación han sido agotadas.

En ausencia de una respuesta, el 17 de octubre Alvarado, junto a otros periodistas y miembros de PEN Honduras, presentaron 13 amparos más ante la Corte Suprema . Procedimiento establece que la abogada de Alvarado y los otros peticionarios deberían haber recibido una respuesta dentro de las 24 horas, pero hasta el presente todavía no ha habido respuesta de la Corte Suprema.

La Corte Suprema confirmó la inhabilitación periodística el 7 de noviembre de 2014. Sin embargo, esto es anulada por la decisión de la CIDH de conceder medidas cautelares a Alvarado.

Para más información, por favor, contacte con Tamsin Mitchell en el Comité de Escritores en Prisión: PEN International, Brownlow House, 50-51 High Holborn, London WC1V 6ER. Teléfono:  +44 (0) 207 405 0338 Fax +44 (0) 207 405 0339. Correo electrónico:  tamsin.mitchell@pen-international.org

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