Leopoldo Romero, asesor legal de Sinprodoh se encargó de presentar este recuerdo contra el acuerdo ejecutivo y a favor de 54 mil docentes afiliados a este sindicato. “El Código de Trabajo le impone la obligación a Marlon Escoto de establecer estas retenciones, tanto ordinarias como extraordinarias, por lo que ese Acuerdo Ejecutivo viola las leyes nacionales,” afirmó Romero.
Asimismo, recordó que el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), impide que haya injerencia en los asuntos administrativos de los sindicatos por parte del patrono, “con esta disposición está afectando los ingresos del Sinprodoh” aseguró Romero.
El apoderado legal dijo que si la Corte Suprema de Justicia (CSJ), no actuaba con rapidez, el sindicato de docentes iría en marzo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a denunciar al estado de Honduras.
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Ante Sala Constitucional
Entablan amparo contra acuerdo sobre deducciones a los profesores
Tiempo.hn / 11 de Enero 2013 /Tegucigalpa, Honduras.
La Sala de lo Constitucional recibió la mañana de ayer un recurso de
amparo con suspensión del acto reclamado interpuesto contra de un
acuerdo que faculta al Ministerio de Educación no seguir haciendo las
deducciones a las organizaciones magisteriales.
Los informes oficiales establecen que los gremios magisteriales se
componen de unos 60,000 maestros de los diferentes niveles educativos.
La Secretaría de Educación, a cargo de Marlon Escoto, emitió un acuerdo
en el cual se establece no continuar haciendo las deducciones de cuotas
ordinarias y extraordinarias, así como las deducciones de préstamos del
Plan Cooperativo Sindical a las organizaciones magisteriales.
El abogado Leopoldo Romero, en representación del Sindicato Profesional
de Docentes de Honduras (SINPRODOH) y del Plan Cooperativo Sindical,
interpuso la acción de amparo. Romero dijo que Escoto no debió incluir
en ese acuerdo al SINPRODOH y al Plan Cooperativo Sindical porque está
abusando de su autoridad. Expuso que el Plan Cooperativo Sindical está
fundamentado en el artículo 467 del Código de Trabajo que establece como
obligación del Estado proteger y tutelar estos planes.
Aseguró que la ley obliga al Ministerio de Educación hacer las
deducciones tomando en cuenta que SINPRODOH es una organización sindical
y no un colegio magisterial. “SINPRODOH está regido bajo la normativa
del Código de Trabajo y las convenciones en materia de derechos
laborales suscritas por Honduras”, precisó. Aseguró que si los
tribunales hondureños declaran sin lugar la petición acudirán hasta la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
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