La Fiscalía cuestiona que el supra relacionado Estatuto
otorga a las RED facultad para establecer su propia policía e incluso el
gobernador tendrá poderes semejantes a las de un presidente de la
República.
Fuente:Tiempo.hn / TEGUCIGALPA.- El Ministerio
Público (MP) pide a la Corte Suprema de Justicia derogar la Ley de Regiones
Especiales de Desarrollo (RED) por considerar que vulnera el principio de
soberanía, como fuente primaria de la forma de Gobierno.
En ese sentido,
dictamina que la Sala de lo Constitucional acepte el recurso de
inconstitucionalidad que contra esa normativa aprobada por el Congreso Nacional
presentó el abogado Oscar Humberto Cruz y otros.
Nuestra Carta Magna en su artículo 2 establece
que “la soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del
Estado que se ejercen por representación”, argumenta. Por ende --cita el
documento-- es el principio de soberanía la manifestación que distingue y
caracteriza al Estado, por lo cual se afirma su vulnerabilidad y superioridad
jurídica sobre cualquier otro, sin limitaciones ni subordinación que cercene sus
facultades, ni su independencia dentro de su territorio y posesiones.
La normativa crea grupos privilegiados dentro de la sociedad hondureña, según dictamen de la Fiscalía |
Lo anterior en virtud de la facultad que el
Estado ejerce por todas aquellas atribuciones que le son inherentes dentro del
marco de su territorio, señala.
ELEMENTOS
Del contenido del artículo anterior se deriva que la soberanía comprende dos elementos esenciales como es el pueblo y la forma de Gobierno, puntualiza. El primer elemento lo constituye el soberano que es el pueblo, es decir, que la potestad soberana radica en la totalidad de los habitantes de Honduras, sin excepción y no de un grupo determinado de personas como las que pudieran radicar en las RED, subraya.
ELEMENTOS
Del contenido del artículo anterior se deriva que la soberanía comprende dos elementos esenciales como es el pueblo y la forma de Gobierno, puntualiza. El primer elemento lo constituye el soberano que es el pueblo, es decir, que la potestad soberana radica en la totalidad de los habitantes de Honduras, sin excepción y no de un grupo determinado de personas como las que pudieran radicar en las RED, subraya.
En ese sentido, se crean por ese decreto grupos
privilegiados dentro de la sociedad hondureña, al negársele toda posibilidad de
participación en el territorio de las RED, puntualiza. El segundo elemento lo
constituye la forma de Gobierno que es republicana, democrática y
representativa, que se ejerce por tres poderes, Legislativo, Ejecutivo y
Judicial quienes los ejercerán por representación de forma complementaria e
independiente y sin relaciones de subordinación, siendo que la forma de
Gobierno, según el artículo 374 constitucional, es de carácter irreformable, de
acuerdo al criterio del MP.
Asimismo, la reforma al artículo 329 de la
Constitución de la República, en consonancia con el contenido del decreto
283-2010 y su estatuto constitucional, violenta la estructura de la forma de
Gobierno al conceder autonomía a las RED y al establecer disposiciones que
conceden potestades propias y exclusivas al Estado.
Cuestiona que ese estatuto faculta a las RED en
aspectos que lesionan directamente el estado de Derecho, la forma de Gobierno y
el principio de división de poderes al disponer la reforma al artículo 329 que
expresa que las “RED deben contar con su propio sistema de administración
pública”.
Por otra parte, el estatuto de las RED- en su
sección II del capítulo IV- crea la figura del gobernador de la RED, el cual
tendrá facultades semejantes a las del presidente de la República, tales como la
de dirigir la administración y el Gobierno de la RED, ratificar o vetar la
normativa aprobada por el consejo normativo o poder legislativo de la RED y
promulgarla, apunta.
Además el supra relacionado estatuto otorga
facultad para establecer su propia policía, debiendo garantizar el control y la
seguridad dentro de ese espacio territorial y garantizar los derechos
individuales, agrega. “En esa relación, el MP se pronuncia porque el más alto
tribunal de justicia declare procedente el presente recurso de
inconstitucionalidad, en consecuencia se proceda a la derogación de la ley de
las RED”, finaliza.
REFORMA
La reforma pretende hace una excepción a la exclusión expresa de que los extranjeros no pueden adquirir, poseer o tener terrenos del Estado en zonas limítrofes o Estados vecinos, cuestiona el MP.
Foto: TIEMPO
REFORMA
La reforma pretende hace una excepción a la exclusión expresa de que los extranjeros no pueden adquirir, poseer o tener terrenos del Estado en zonas limítrofes o Estados vecinos, cuestiona el MP.
Foto: TIEMPO
QUIEN DISE QUE EN HONDURAS AY Y SE RESPETAN LAS LEYES???? LOS EMPLEADOS DE GOVIERNO DESDE EL MAS GRANDE ASTA EL MAS PEQUENO SON CORRUPTOS APARENTADOS CON LA DELINCUENCIA NO LES DA VERGUENSA ENRIQUESERCE HA COSTE DE LA SANGRE DE OTROS???????????
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