martes, 15 de junio de 2021

Honduras: Ante alta ola de contagio, Gobierno no debería retrasar segunda dosis de vacuna // 15 meses después y los “hospitales móviles” nunca funcionaron: CNA // Corte de Honduras otorga autonomía judicial a las ZEDE

Redacción  CRITERIO.HN - Junio 14, 2021                                                                                          
Tegucigalpa. – La Secretaría de Salud (Sesal) a través de un comunicado, informó a la población que ya recibieron la primera dosis de las vacunas de las farmacéuticas de AstraZeneca y Sputnik V deben esperar tres meses para inocularse con la segunda dosis.

La Sesal indicó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) actualizó sus recomendaciones en el tiempo que debe transcurrir entre la primera y segunda dosis de las vacunas contra la COVID-19 y que entre más tiempo transcurre entre la primera y segunda dosis, existe mayor protección contra la enfermedad.

                       El especialista en salud pública, Marco Eliud Girón, manifestó a Criterio.hn que en el fondo el gobierno no tiene la segunda dosis de ambas vacunas y por esa razón se ha amparado en los estudios de la OMS.

Asimismo, señaló que esto trae preocupación a la población que ya se inoculo con la primera dosis y, sin embargo, los estudios de la OMS también dicen que la vacunación debe ser con metas, porque hay nuevas variantes, más contagios y se necesita frenar la enfermedad y la única forma es a través de la vacunación en tiempo récord.

Expresó, además, que lo recomendable es respetar los tiempos de vacunación porque de lo contrario en tres meses una persona con una sola dosis se puede infectar, complicar y hasta fallecer. El galeno añadió que dos médicos y dos enfermeras han fallecido de COVID porque solo recibieron la primera dosis y no tuvieron la inmunidad completa.

El médico internista Omar Videa, contó a Criterio.hn que por el alto contagio que hay en el país, se debe de utilizar en el mínimo del tiempo recomendado que son dos meses.

Agregó que esperar tres meses es un sometimiento a la población a no tener una inmunización completa y aunque sea permitido que se pueda inocular tres meses después, no es la mejor decisión y que eso puede ser producto que no cuentan con la cantidad de dosis para aplicar la segunda y las autoridades se apegan al tiempo máximo.

Asimismo, Videa dijo que las personas que solo han recibido la primera dosis se pueden infectar porque la inmunidad incompleta tiene el riesgo de contagios.

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Por su parte, la presidenta del Colegio Médico de Honduras (CMH) Suyapa Figueroa, dijo a Criterio.hn que ante la alta tasa de contagios que hay en todas las regiones del país, lo lógico sería no retrasar tanto la aplicación de la segunda dosis para ambas vacunas y tendrían que haberlo hecho de manera oportuna.

“Nosotros quisiéramos pensar realmente, que la segunda dosis para las personas que ya se aplicaron la primera, ya está en el país”, dijo Figueroa.

Figueroa agregó que es importante tener ambas dosis porque así se les garantiza a las personas van a recibir la segunda aplicación de la vacuna contra la COVID y que el riesgo es que las personas no quedan completamente inmunizadas.¨

 https://criterio.hn/ante-alta-ola-de-contagio-gobierno-no-deberia-retrasar-segunda-dosis-de-vacuna/

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15 meses después y los “hospitales móviles” nunca funcionaron: CNA

Tegucigalpa. – El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) a través de un pronunciamiento, cuestionó la falta de funcionamiento de los hospitales móviles y la indiferencia de los responsables de su operación. Además, señaló que las nuevas autoridades de Inversión Estratégica de Honduras (Invest-H) están encubriendo a los responsables que están por encima de los imputados en este caso.

Según el comunicado hasta la fecha han pasado 15 meses de la funesta compra apresurada de los mal llamados “hospitales móviles” a la empresa Elmed Medical Systems, y que solo uno ha entrado en funcionamiento como “sala COVID” del Hospital Mario Catarino Rivas de San Pedro Sula, al norte de Honduras y el de Tegucigalpa, Francisco Morazán en la zona central del país, como centro de atención de otras enfermedades no relacionadas con la pandemia.

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El CNA señala que el funesto gasto de 1,272 millones de lempiras en este mobiliario y la parsimonia de la junta interventora de Invest-H para hacer funcional lo adquirido por el pueblo, preocupan al CNA porque “vemos cómo a la sociedad se le ha tomado el pelo sin la menor de las vergüenzas”.

Además, observan cómo repentinamente los interventores dejaron de dar cuenta de los nulos esfuerzos que hacen por habilitar los sanitarios para dar respuesta a los pacientes en el interior del país, para quienes la única alternativa es acudir a las ciudades grandes, donde los centros médicos recurrentes carecen de cupos.

“Cada día nos convencimos más que la labor de las nuevas autoridades de Invest-H, es la de encubrir a los responsables que están por encima de los imputados en este caso, pues estamos seguros que Marco Bográn y Alex Moraes no actuaron solos, ni por iniciativa propia”, señaló el ente anticorrupción.

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El comunicado añade que, más requerimientos fiscales deberán venir, ya sea para los que ordenaron y autorizaron la compra, así como para aquellos que puedan tener una responsabilidad en los saqueos de los hospitales que se han reportado en las últimas semanas.

“Lamentamos que Honduras siga siendo un terreno hostil para los honestos, pero con calles pavimentadas para los corruptos, que se ríen de nuestros connacionales mientras les piden el voto y se molestan que les acusen de robarle a los más humildes”, lamenta el CNA. 

Por último, el ente anticorrupción manifestó que se tiene una gran oportunidad para comenzar a limpiar el suelo hondureño de apátridas, pero que primero se debe ser consciente y tomar acciones pensando en las elecciones generales que se realizarán el 28 de noviembre, empujando a todos los corruptos a la orilla del risco de su propia impunidad.

https://criterio.hn/15-meses-despues-y-los-hospitales-moviles-nunca-funcionaron-cna/ 

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Corte de Honduras otorga autonomía judicial a las ZEDE

Tegucigalpa.
– La Corte Suprema de Justicia de Honduras determinó el establecimiento de una jurisdicción especial mediante la creación de tribunales con competencia exclusiva y autónoma en aquellos territorios donde se instauren las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).

El Poder Judicial informó a través de un comunicado que la resolución se adoptó por el pleno de magistrados de la Corte en el marco de una extensa sesión realizada este lunes.

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La determinación del Poder Judicial obedece a la aplicación de la Ley Orgánica de las ZEDE, aprobada mediante una ilegítima reforma a los artículos 239 y 303 de la Constitución y reafirma la advertencia que desde hace siete años vienen haciendo expertos en derecho constitucional en cuanto a que los territorios que conformen este régimen serán un estado dentro de otro estado.

De manera tendenciosa el Poder Judicial se abroga la facultad de crear tribunales autónomos dentro de las ZEDE al señalar que actúa en el marco de su competencia haciendo alusión a los artículos 313 numerales 11) y 12) de la Constitución de la República, y 6 numerales 1), 6) y 12) del reglamento interior que la rige, al citar que  “le corresponde a este Alto Tribunal, entre otras atribuciones, fijar la división del territorio para efectos jurisdiccionales, así como crear, suprimir, fusionar o trasladar los juzgados, las cortes de apelaciones y demás dependencias del Poder Judicial”.

Es así como, en su parte dispositiva, “el Máximo Tribunal en su decisión mayoritaria como único punto Acuerda “establecer de conformidad con los artículos 303 y 329 de la Constitución de la República, la Jurisdicción Especial de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), creada por mandato constitucional; la cual estará conformada por órganos jurisdiccionales que formarán parte integral del Poder Judicial de Honduras, con competencia exclusiva sobre dichas zonas”, dice el comunicado de manera confusa, ya que las jurisdicciones especiales no implican autonomía territorial.

La disposición judicial se da en momentos en que en Honduras se debate sobre el avance acelerado de la instalación de las ZEDE y sobre una reforma que beneficia a los inversionistas de estos regímenes especiales.

El comunicado dice que la “Suprema Corte en su parte considerativa establece que esta Jurisdicción fue creada por mandato Constitucional y atendiendo lo señalado en el artículo 329 de la Carta Fundamental, es responsabilidad del Poder Judicial para la solución de conflictos dentro de las ZEDE, establecer tribunales con competencia exclusiva y autónoma sobre éstos”.

Señala además que “la resolución detalla que la Constitución establece en su artículo 308 que la Corte Suprema de Justicia, como máximo órgano jurisdiccional, teniendo entre sus atribuciones al tenor del artículo 313 en sus numerales 11 y 12 de la misma Constitución, dirige al Poder Judicial en la potestad de impartir justicia y es la encargada de crear, suprimir, fusionar o trasladar los juzgados, Corte de Apelaciones y demás dependencias previo dictamen del Consejo de la Judicatura, dictamen que no es necesario en este caso por haberse creado esta jurisdicción por mandato constitucional; por lo que este órgano de dirección judicial es el encargado de proceder al establecimiento de la Jurisdicción de los Tribunales con competencia exclusiva en zonas del país sujetas a regímenes especiales”.

 

Asimismo, subrayan que la Constitución de la República establece los alcances que debe tener la jurisdicción especial de estas zonas, correspondiendo ahora al Poder Judicial llevar a cabo el acto de formalización de su establecimiento.

“Esta jurisdicción especial conocerá de los asuntos en las materias penal, niñez y adolescencia de conformidad con la Constitución, tratados internacionales vigentes en la República de Honduras y las leyes aplicables”, precisa el comunicado.

La misiva añade que los tribunales especiales conocerán también todos los asuntos de carácter contractual o patrimonial sujetos a arbitraje obligatorio, cuando exista convenio en que se manifieste la renuncia al arbitraje y la decisión de someterse al conocimiento de los órganos jurisdiccionales competentes, de acuerdo con la materia y ámbito territorial donde se encuentre la ZEDE.

https://criterio.hn/corte-de-honduras-otorga-autonomia-judicial-a-las-zede/ 

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