viernes, 30 de diciembre de 2016

Increible apoyo a quiebre Institucional en un ESTADO DEGRADADO y otra opinión jurídicamente cimentada en Honduras / Conadeh: Fallo sobre reelección debe respetarse // Analista Ramón Enrique Barrios, abogado constitucionalista: Diputados cometerían delito si reglamentan reelección y será el CN quien la regule

El titular del Conadeh dice que Fallo sobre reelección debe respetarse. 
Tiempo.hn/     Por Richard Carbajal -
TEGUCIGALPA.- El Comisionado Nacional Derechos Humanos (CONADEH), Roberto Herrera Cáceres, manifestó este viernes que el fallo sobre reelección presidencial debe respetarse.En tal sentido aseveró que  será el Congreso Nacional (CN) quien reforme o derogue las normativas para regularla.
“Reiteramos el respeto a la referida sentencia de la Corte Suprema de Justicia”, dijo el defensor del pueblo.


Asimismo, recomendó sobre la responsabilidad que corresponde al Congreso Nacional:
“ Este poder debe dialogar cÍvicamente sobre las reformas o derogaciones de las normas declaradas inconvencionales e inaplicables regulando lo correspondiente a la reelección”, expresó.
“Es posible establecer condiciones o restricciones del derecho a presentarse a elecciones siempre que sean objetivas, razonables”, agregó.
Pero esas condiciones “No deben ser discriminatorias y dictadas por razones de interés general”, añadió.
Recordando que, en todo caso, ningún Estado puede ni debe interpretar disposiciones”.

Esto como referencia a los derechos humanos atribuyéndose facultades de emprender actividades. También para realizar actos encaminados a la destrucción de cualquiera de los derechos y libertades.
“Mismos que son  reconocidos en el pacto internacional de derechos civiles y políticos o a su limitación en mayor medida que la prevista en el”, cerró el ombudsman hondureño.

Ex Conadeh “estalla” en tema de reelección

Recientemente, el ex CONADEH, Ramón Custodio, compareció ante los medios de comunicación y al ser consultado si acaso la reelección es parte de esta gobernanza. Este respondió “los que hablan de reelección a mi antes me agotaban la paciencia, hoy nacen para pendejos”.

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Añadió que “hablar de reelección en este país es de estúpidos, tontos y limitados de la mente. Esto por que está  claramente escrito en la Constitución que es prohibida la reelección de una persona en la presidencia del país”.
Custodio expresó que “no sé cómo es que existen abogados que se llaman Constitucionalistas y confunden”. Al tiempo que dijo “ser Constitucionalista no es ser nacionalista, ni Liberal, ni del PAC, ni de Libre. Es decir,  serlo es realmente conocer la materia del derecho”.

http://tiempo.hn/conadeh-fallo-reeleccion-respetarse-sera-cn-quien-la-regule/ 

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Analista: Diputados cometerían delito si reglamentan reelección 

El Congreso Nacional no está facultado en ninguna de sus atribuciones del artículo 205 para reglamentar: Barrios
Tiempo.hn/ Por Edición Web -
  SAN PEDRO SULA. El tema de la relección ya es una cuestión inconstitucional, independientemente de que una corte de la Corte Suprema de Justicia anterior la haya reformado”, dijo esta mañana el abogado constitucionalista, Ramón Enrique Barrios.
“La Constitución de la República no tiene esa facultad y esta Corte Suprema de Justicia aunque lo haya ratificado, obviamente el fallo a todas luces es nulo”, agregó el abogado.

“Ahora están recogiendo firmas los simpatizantes del Partido Nacional con el propósito de que el Congreso Nacional reglamente la reelección, pero eso es un adefesio jurídico, porque usted para reglamentar necesita una ley y el Congreso Nacional no puede reglamentar si no hay una ley y en Honduras no existe la reelección como ley”, comentó Barrios.

El reconocido togado siguió explicando: ” Lo que ha dictado la Corte Suprema de Justicia es un fallo en particular sobre un asunto en particular, eso significaría que cada sentencia que da la Corte Suprema de Justicia tendría que reglamentarla y eso no pasa”.
“Es decir, prosiguió Barrios, si usted presenta un recurso de amparo y la Corte Suprema de Justicia le da la razón a usted, pues esa aplicación de esa sentencia se le aplica a usted concretamente, pero no es que se va a reglamentar ese fallo, entonces  tendrían que reglamentarse todos los fallos de la Corte Suprema de Justicia”.



Analista: Diputados cometerían delito si reglamentan reelección.
Analista: Diputados cometerían delito si reglamentan reelección.
Por lo tanto, el Congreso Nacional no está facultado en ninguna de sus atribuciones del artículo 205  para reglamentar, primero, una cuestión donde no hay ley y luego reglamentar una disposición constitucional que sólo le corresponde, digamos, al propio soberano , dijo el abogado Ramón Enrique Barrios.

Luego profundizó en su comentario: “No hay ninguna ley que se refiera a la reelección, lo que existe es un artículo constitucional, por lo tanto no es lo mismo la ley que la Constitución de la República. Primero por su formación, la Constitución de la República está elaborada por una Asamblea Nacional Constituyente, mientras la ley sólo la puede aprobar el Congreso Nacional”.

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“Es decir que las disposiciones constitucionales las hace la Asamblea Nacional Constituyente y las leyes como tales el Congreso Nacional, pero el artículo de la reelección no es una ley porque la relección está prohibida en la Constitución de la República, entonces ¿quién puede reformar, quién puede derogar la Constitución de la República?…Es el soberano u otra Asamblea Nacional Constituyente, por consiguiente, el Congreso Nacional al no haber una ley de reelección no está facultado a reglamentar”, reiteró Barrios, también catedrático de la UNAH.

¿Abogado, entonces la Corte Suprema de Justicia ha violentado o violado la Constitución de la  República al dar vía libre a la reelección presidencial, y si los diputados del  Congreso Nacional de la República reglamentaran la reelección presidencial también caerían en lo mismo?, preguntó un periodista al abogado Barrios.

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“Ya cometió un delito la Corte Suprema de Justicia anterior, ya cometió un delito la Corte Suprema de Justicia actual al haber ratificado el fallo de la corte anterior y seguramente se apresta a cometer un delito el Congreso Nacional o los parlamentarios que aprueben reglamentar no una ley, porque no existe una ley de la reelección, sino reglamentar una disposición constitucional que tiene la categoría de articulo petrio y que sólo puede ser modificado por una Asamblea  Nacional Constituyente o por el soberano a través de un plebiscito”, respondió tajantemente el abogado.

¿Quién es el encargado de velar para que no se viole la Constitución de la República y quién debería de estar actuando de oficio?
“Quién ejerce la acción penal pública en Honduras, que es el Ministerio Público. Sin embargo, cuando se presentó la petición por el expresidente Callejas y por un grupo de diputados a la Corte Suprema de Justicia, la opinión que se le pidió al Ministerio Público sobre ese asunto en particular fue a favor, es decir que el ente encargado de haber reconocido la inconstitucionalidad de la petición de la no facultad que tiene la Corte Suprema de Justicia para modificar la Constitución, resulta que avaló esa violación constitucional, recordó Barrios.
http://tiempo.hn/diputados-cometerian-delito-reeleccion/


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