jueves, 7 de marzo de 2024

Honduras: CN aprueba amnistía a favor de afiliados al Inprema en concepto de intereses moratorios


Ministro de Educación, Daniel Sponda presente en la sesión del CN                   

H*** Se detalló que la presente Amnistía será aplicada a los docentes sin importar si se encuentran en condición de Activos, Inactivos, en Suspenso, Jubilados o Pensionados.                                                                    Tegucigalpa: El Congreso Nacional (CN) aprobó esta la noche del miércoles la Amnistía  a favor de los afiliados al Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (Inprema), en concepto de intereses moratorios, ordinarios, y gastos administrativos de cuotas vencidas de los préstamos otorgados antes del 31 de diciembre del año 2023 y que se encuentren en situación de mora.

Se detalló que la presente Amnistía será aplicada a los docentes sin importar si se encuentran en condición de Activos, Inactivos, en Suspenso, Jubilados o Pensionados, que soliciten acogerse a las disposiciones contenidas en el presente Decreto.

Los cuales deben cumplir con el pago total o formalización de un Arreglo de Pago de la totalidad de los saldos adeudados en mora de cada préstamo, mediante los mecanismos que sean autorizados por el Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA).

El Legislativo explicó los docentes que no presenten capacidad de pago para cancelar la totalidad de los saldos adeudados al Inprema, podrán gozar de la presente Amnistía siempre y cuando, paguen al menos el porcentaje mínimo establecido en la política.

“Que para tal efecto se elabore y suscriba un Arreglo de Pago por la diferencia de los saldos adeudados en mora; arreglo que podrán suscribir a un plazo máximo de ochenta y cuatro (84) meses y a una tasa de interés equivalente al promedio de la tasa de rentabilidad de los últimos dos (2) años del Instituto”, indicaron.

Asimismo, señalaron que los docentes que se encuentren activos en las Planillas del Sector Educativo podrán gozar de un crédito para propósitos de pago de deuda al Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), siempre que cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento de Préstamos vigente.

Con el objetivo de garantizar que los docentes no vuelvan a caer en mora, se aprobó que no se concederán préstamos ni se otorgarán beneficios en los próximos 2 años a los docentes que estén bajo la cobertura de la presente amnistía.

Se exceptúan de lo anterior, los beneficios de pensión por invalidez y sobrevivencia, en el caso de petición para el otorgamiento de beneficios, en base al principio de previsión social del Instituto.

Con base en lo anterior, el Inprema deberá proceder elaborar un plan y lineamientos para la aplicación de la presente Amnistía, que deberán ser aprobados por la Comisión Interventora a más tardar dentro de los 30 días hábiles siguientes de efectuada la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial La Gaceta, e informar a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), dentro de los diez días hábiles siguientes después de su aprobación. PC/Hondudiario.

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