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Casi por unanimidad de los 128 congresistas, el Poder Legislativo derogó en su totalidad la Ley de Secretos aprobada por el Congreso Nacional, vigente desde marzo de 2014, bajo el Decreto Legislativo 418-2013, que blindó a 17 instituciones estatales para evitar la divulgación de información de carácter público. Esta normativa permitió ocultar actos de corrupción durante los periodos de gobierno del expresidente Juan Orlando Hernández (2014-2018 y 2018-2022), quien enfrenta un proceso de extradición a los Estados Unidos por delitos de narcotráfico.
El propio presidente del Poder Legislativo, el congresista Luis Redondo, reveló que recibió llamadas y visitas de personas que lo amenazaron para no aprobar la derogación de la normativa referida.
“Al grupo que tuvo el atrevimiento de presentarse en este Congreso Nacional, este Congreso, por unanimidad, ha derogado la Ley de Secretos. La corrupción no es parte de la agenda de Xiomara Castro ni de la agenda de este congreso. Desde aquí no se va a ocultar la información, prefiero renunciar, salirme de este Congreso antes que permitir que cualquier grupo de poder o criminal pueda ofrecer (…) comprar la voluntad de cada uno de los diputados”, dijo.
Durante la discusión de la ley, la diputada del Partido Salvador de Honduras (PSH) y abogada constitucionalista, Maribel Espinoza, solicitó la aprobación de acciones penales contra los obligados que nieguen develar la información que fue declarada reservada, en especial, por los fideicomisos aprobados por el gobierno de Hernández.
La Ley de Acceso a la Información Pública establece en los artículos 28 y 29 las sanciones administrativas que van desde multas de medio salario hasta 50 salarios mínimos, cesantías o despidos sin perjuicio de responsabilidad civil o penal a quienes nieguen la información.
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En entrevista con Criterio.hn, la comisionada presidenta del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), Ivonne Ardón, aprueba que se establezcan, aparte de multas, acciones de carácter penal contra aquellos funcionarios que nieguen la información a la ciudadanía.
“En este momento la ley tiene establecido las sanciones para todos aquellos servidores públicos. Es saludable aplicar sanciones penales porque muchos servidores públicos pagan la multa y piensan que ya están exentos de tener que publicar la información, entonces aquí podría llegar ese mecanismo de la sanción penal”.
Para Ardón, en caso de aprobarse sanciones de carácter penal, el mismo IAIP debería ser quien notifique al Ministerio Público que una institución o funcionario ocultó y no presentó la información requerida pese a las multas que están estipuladas.
Misma valoración tiene el director de la Red Coordinadora de Instituciones Privadas Por las Niñas, Niños, Adolecentes, Jóvenes y sus Derechos (Coiproden) y miembro de la Coalición Anticorrupción, Wilmer Vásquez, quien alaba la derogación de la Ley de Secretos, pero aprecia que se debe establecer una acción penal.
“Celebramos la decisión del Congreso Nacional de la derogación de la Ley de Secretos. Creo que, en el marco de esta derogación y en la revisión que debe de haber en la misma ley del IAIP, debe reconsiderarse el asunto de las penas cuando se niega la información que es un derecho humano y constitucional. La sanción no debe ser solamente a nivel de multas, debería de haber una pena privativa de la libertad para que esto pueda sentar precedentes a quienes deben facilitar la información pública”
En tanto, el experto en derechos humanos, Joaquín Mejía difiere que se aplique una sanción penal, por el contrario, indica que se debe reformar la ley otorgando la facultad al IAIP para inhabilitar al funcionario que obstaculice el acceso a la información.
“La intervención penal debe ser la última opción porque es grave a los derechos y libertades fundamentales. Ya la legislación penal, cuando una persona destruye información puede enfrentar una pena vinculada con el derecho penal”.
El abogado, experto en derechos humanos, Joaquín Mejía, propone la aplicación de la muerte civil a quienes denieguen la información pública. (Foto: Jorge Burgos/Criterio.hn).
A consideración de Mejía, la muerte civil a un funcionario, es decir, que no pueda ser parte del Poder Ejecutivo o cualquier entidad estatal, sería la vía para que ningún obligado se rehúse, oculte o destruya información de carácter público.
“Lo que diferencia a un régimen autoritario, la norma, es la opacidad y en un régimen democrático, la norma tiene que ser la transparencia, por tanto, cuando un funcionario obstaculiza el acceso a la información no puede ser parte del Estado”, apunta.
Luego de la derogación de la Ley de Secretos la diputada Maribel Espinoza propuso que los entes obligados presenten un informe sobre la información que declararon en secreto en un plazo de dos meses, de lo contrario, instó aplicar una sanción penal debido que si existe omisión parte de la entidad se continuará con la impunidad.
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FISCAL ANTICORRUPCIÓN DENUNCIA DESTRUCCIÓN DE INFORMACIÓN
El titular de la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), Luis Javier Santos, develó que la administración de Hernández, específicamente en Casa Presidencial, destruyó toda la información y documentos financieros.
“La información de Casa Presidencial, por ejemplo, siempre nos respondían que era secreta o que estaba en reserva, sin embargo, ahora que se desclasifique, que se va a poder acceder a toda la información de Casa Presidencial nos vemos con el problema que no dejaron ni tan solo un documento de la contabilidad, eso es una obstrucción a las investigaciones que ellos sabían que estábamos realizando”, reprochó.
Con la derogatoria de la Ley de Secretos, Santos dijo que podrá tener acceso a información que le fue ocultada y que evitó que su unidad investigara la corrupción, originada del manejo de fondos de fideicomisos como la Tasa de Seguridad.
https://criterio.hn/tras-derogar-ley-de-secretos-instan-endurecer-sanciones-a-funcionarios-que-violenten-el-acceso-a-informacion/
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