Por defensores 12 Julio,2019
Washington, D.C. / Tegucigalpa.–La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina de la
Alta Comisionada para los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH)
manifiestan su preocupación ante la publicación el pasado mes de mayo
del texto final del nuevo Código Penal, que contiene restricciones
desproporcionadas a la libertad de expresión, la libertad de prensa, así
como determinadas disposiciones que por su formulación pueden afectar
el derecho a la protesta y a defender derechos humanos en el país, entre
otras.
En lo que se refiere a las restricciones desproporcionadas a la
libertad de expresión y de prensa, la CIDH, su Relatoría Especial para
la Libertad de Expresión y OACNUDH expresan su preocupación, entre
otros, por la tipificación de la “responsabilidad penal en delitos
cometidos a través de medios de difusión”, por mantener la tipificación
de los delitos de “injuria” y “calumnia”, y por la tipificación del
“concepto de publicidad”.
Igualmente, expresan su preocupación en relación a la tipificación
del delito de “aprovechamiento de secreto o información privilegiada”,
de los delitos de “espionaje” y de “desórdenes públicos”. Sobre este
último, la CIDH, su Relatoría Especial y OACNUDH observan que su actual
formulación podría indebidamente criminalizar conductas de ejercicio del
derecho a la manifestación pacífica, así como podría afectar el
ejercicio efectivo del derecho a la libertad de expresión. Por otra
parte, con respecto a las disposiciones que afectarían el ejercicio
efectivo de la libertad de reunión pacífica y asociación, ambas
organizaciones expresan su inquietud, por la tipificación de los delitos
de “reuniones y manifestaciones ilícitas”, de “asociación para
delinquir”, “perturbación del orden” y de “asociación terrorista”. Sobre
este último delito, la CIDH y OACNUDH observan que tal como está
contenido en el nuevo Código, la noción de asociación terrorista tiene
un alcance excesivamente amplio y podría llevar a la criminalización de
una serie amplia de conductas que no merecen la calificación de
terrorismo a la luz de la jurisprudencia internacional y de estándares
de derechos humanos.
Asimismo, la CIDH y OACNUDH expresan su preocupación, entre otros,
por la tipificación del delito de “tortura” de manera que, en su actual
formulación, excluye la comisión de dicho delito por particulares que
actúan a instigación o con la aquiescencia de funcionarios públicos. De
acuerdo con los estándares internacionales y regionales sobre la
prohibición y prevención de la tortura, en la tipificación de dicho
delito se debe prever la posible autoría de particulares que, a
instigación de funcionarios o empleados públicos, instiguen o induzcan a
su comisión, lo cometan directamente o sean cómplices.
En materia de derechos de las mujeres, ambas organizaciones observan
con preocupación que el Código mantiene la penalización del aborto en
todas las circunstancias. La CIDH y OACNUDH manifiestan que la
criminalización absoluta del aborto resulta contrario a las obligaciones
internacionales que tiene el Estado de respetar, proteger y garantizar
los derechos de las mujeres a la vida, a la salud y a la integridad.
Por otra parte, en relación con el delito de usurpación -cuando quien
con violencia o intimidación grave en las personas, ocupa un bien
inmueble o usurpa un derecho real inmobiliario ajeno-, preocupa la falta
de precisión en cuanto a la intencionalidad requerida para su comisión,
de manera que su actual formulación ambigua aumenta la discrecionalidad
de operadores de justicia de hacer un uso indebido de este tipo penal
en perjuicio de defensoras y defensores de derechos humanos, tal y como
la CIDH y OACNUDH han observado sobre la utilización de este delito en
procesos de criminalización de personas defensoras de derechos humanos
en Honduras.
, la CIDH y OACNUDH tomaron nota de la falta de
transparencia y acceso a la información que se observó en algunas etapas
claves del proceso de discusión del referido Código Penal en el
Congreso Nacional, en detrimento de la participación de algunos sectores
sociales. Lo anterior, en omisión a lo dispuesto en estándares
internacionales y la normativa interna, particularmente en relación con
la publicación de los dictámenes que estaban siendo discutidos en el
pleno y la publicidad del cronograma de sesiones.
OACNUDH recuerda que los Procedimientos Especiales de Naciones Unidas
ya habían participado con asistencia técnica durante las consultas
realizadas por el Congreso en el marco de la discusión del referido
Código y habían hecho saber algunas de estas observaciones.
La CIDH y OACNUDH hacen un llamado al Estado de Honduras a revisar
las normas a las que se refiere el presente comunicado durante la
vacatio legis del Código Penal aprobado, de acuerdo a los estándares y
compromisos internacionales en materia de derechos humanos asumidos por
Honduras.
Al respecto, la CIDH y la OACNUDH destacan la apertura del
Ejecutivo para llevar a cabo una revisión del texto. En este sentido,
ambos organismos reiteran su disponibilidad de continuar brindando
asistencia técnica y harán llegar a la brevedad un análisis técnico de
dicho cuerpo legal. Lo anterior con la finalidad de que sus
observaciones sean consideradas por el Congreso Nacional y el Poder
Ejecutivo de Honduras, a la luz del anuncio hecho por el Congreso en su
comunicado del día 11 de julio. en el marco de un proceso formal de
reforma que contemple una participación amplia de distintos actores
interesados, dada la importancia medular que la ley penal tiene en el
funcionamiento democrático.
El 4 de mayo de 2015, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos y el Gobierno de la República de Honduras firmaron
un acuerdo para establecer una Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en el país. La
OACNUDH, observa e informa al Consejo de Derechos Humanos de la ONU,
sobre la situación de derechos humanos, a fin de asesorar a las
autoridades hondureñas en la formulación y aplicación de políticas,
programas y medidas que contribuyan a la promoción y protección de los
derechos humanos en el país, rigiéndose por los principios de
imparcialidad e independencia. Como parte de la Secretaria General de
las Naciones Unidas, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) coordina los esfuerzos
globales en la promoción y protección de los derechos humanos a través
de la cooperación y el fortalecimiento de las instituciones nacionales
del Estado y la sociedad civil.
https://defensoresenlinea.com/cidh-y-oacnudh-expresan-preocupacion-por-disposiciones-del-codigo-penal-en-honduras/
lunes, 15 de julio de 2019
CIDH y OACNUDH expresan preocupación por disposiciones del Código Penal en Honduras
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