Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, doce de Enero de dos mil
quince.-LA COORDINACION GENERAL DEL PARTIDO LIBERTAD Y REFUNDACIÓN
LIBRE, EN CUMPLIMIENTO Y APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 34 INCISO B, DE LOS
ESTATUTOS, que mandan cumplir y hacer que se cumplan "los decretos,
acuerdos y resoluciones que emitan en legal y debida forma los
organismos de dirección, así como velar por el respeto a los Estatutos,
Programa de Acción Política, Declaración de Principios, …y Reglamentos
de Libertad y refundación (LIBRE)…" RESUELVE:
PRIMERO: Tener
por recibida la Resolución enviada el día once de enero de dos mil
quince por el Tribunal de Honor, como órgano disciplinario del Partido;
la cual es compartida por la Coordinación General y se transcribe a
continuación:
"TRIBUNAL DE HONOR DE LIBERTAD Y REFUNDACIÓN -LIBRE
Ante
la convocatoria de la Coordinación General de LIBRE (Enero 07, 2015)
para manifestarnos en torno a situaciones anómalas de dirigentes del
Partido Libertad y Refundación electos bajo la bandera de nuestro
Partido en cargos de diputadas y diputados al Congreso Nacional y
regidurías, quienes han contravenido las resoluciones y directrices
claras de la autoridad del Partido, y ante la protesta de la ciudadanía
por esa conducta dañina al interés del pueblo
SE PRONUNCIA:
PRIMERO:
Nadie puede alegar ignorancia frente a coyunturas históricas y políticas.
Cuando
nos afiliamos a un partido suscribimos junto con sus ideas y principios
un público compromiso ideológico de militancia y disciplina, por lo que
traicionarlos es deshonra y grave falta ética, ambas sancionables.
LIBRE
proclama el socialismo democrático como alternativa humanista frente a
modelos neoliberales de explotación, violatorios de la dignidad y
derechos de la persona.
Sustento esencial de LIBRE es,
por ende, su vocación democrática y solidaria no violenta, ajena al
abuso mercantilista y más bien visionaria de misiones modernas para las
fuerzas armadas, que deben ser constructivas y no deliberantes. LIBRE es
y será siempre resistente a la venta de nuestro patrimonio y territorio
a trasnacionales, que reciben más privilegios que los otorgados por la
Constitución a los propios hondureños, del mismo modo que promueve una
economía encaminada a eliminar la pobreza y reducir la desigualdad
social.
SEGUNDO:
LIBRE se ha
manifestado contundentemente en torno a todo tema fundamental de la vida
ciudadana: contra los sacrificios sociales no concertados con la
ciudadanía (como el brutal cobro por peaje vehicular en San Pedro Sula),
contra la militarización de la sociedad, que invierte el carácter
subordinado de la fuerza pública a la comuna y que suprime la voluntad
humanista y pacifista de la población; en contra de cualquier
organización que, como los escuadrones de la muerte, practican
criminales "limpiezas" de jóvenes, y contra la aprobación abusiva del
presupuesto general de la república.
Son materia de estudio y
preocupación de LIBRE la negación de las conquistas magisteriales, la
devaluación continua de la moneda, el endeudamiento progresivo para
compra de privilegios para el presidente y el peligroso avance de la
política del continuismo de inspiración tiránica, para mencionar
algunos.
Los militantes de LIBERTAD Y REFUNDACIÓN somos
libres para discutir opiniones diversas, debatir y proponer visiones
concretas o personales, pero una vez sustentada la posición del Partido
quedamos obligados, como demócratas, a respetar el espíritu del Artículo
19° de los Estatutos, que expresa: "Las y los miembros que
tuvieran disenso con los acuerdos logrados, en acatamiento a estos
Estatutos deberán respetar, acatar y fortalecer los lineamientos y
decisiones de la conducción de Libertad y Refundación".
TERCERO:
Los
elegidos con apoyo de la militancia de LIBRE no pueden, por ninguna
causa, dar la espalda a la voluntad plural de sus electores, hacer
concesiones que menoscaben el interés general ni ceder ante la
intromisión de ningún poder público o privado, sino respetar la vocación
de la mayoría, lo cual es componente básico del tejido democrático. Si
alguien no está de acuerdo con la línea partidaria debe dejar el cargo y
no solamente renunciar al Partido. Esto sin aquello se llama cinismo.
CUARTO:
Los
Estatutos autorizan a LIBRE y su Tribunal de Honor para imponer
sanciones a quienes sean desleales a sus valores y principios, por lo
que con este Pronunciamiento el Tribunal de Honor de LIBRE hace una
oferta de rectificación y reconciliación a los compañeros que han
incurrido en fallas políticas, las que por su trascendencia no pueden
ser disimuladas ni aceptadas en forma alguna.
El Tribunal de Honor de LIBRE advierte:
a)
A diputadas y diputados, propietarios y suplentes, así como a regidores
y regidoras de las alcaldías del país ganadas por LIBRE, que deben
acatar los lineamientos del Partido y abstenerse de emitir votos que
vayan en contra del pueblo o contrarios a las estrategias dictadas por
la Coordinación General del Partido LIBRE. La sanción ante el
desacato será la inmediata suspensión del Partido y no podrán participar
en su nombre en ninguna reunión oficial o postularse a cargos de
elección dentro de LIBRE en próximos comicios.
b) Otorgando algún beneficio de duda circunstancial, se
alerta a la regidora de la Alcaldía de San Pedro Sula, Doris Sunseri,
que cualquier otra falta suya ante el conglomerado nacional será objeto
de grave sanción directa por parte del Tribunal de Honor.
LIBRE es el proyecto político revolucionario de los hondureños y como tal debe ser protegido y defendido.
TRIBUNAL DE HONOR, LIBRE
ENERO 11 2015"
SEGUNDO: La
Coordinación General como responsable de la dirección política,
administrativa y operativa del Partido, en el caso específico de la
Regidora Doris Sunseri, quien integra por el Partido LIBRE la
Corporación Municipal de San Pedro Sula departamento de Cortés y quien
emitió su voto favorable al injusto aumento del pago al impuesto del
peaje, en perjuicio de toda la ciudadanía; le instruye a que retire su
VOTO e inste ante la Corporación en representación del Partido LIBRE, se
proceda a ANULAR LA RESOLUCIÓN; de no hacerlo se impondrá la sanción de
DESACATO en los términos que señala la Resolución transcrita emitida
por el Tribunal de Honor.
TERCERO: Hacer del
conocimiento de las autoridades partidarias a nivel municipal,
departamental y nacional, así como de los militantes que ostentan cargos
de elecciónón popular bajo la bandera de nuestro Partido; la presente
Resolución y publicarla a través de los medios electrónicos a
disposición del Partido.
JOSE MANUEL ZELAYA ROSALES
COORDINADOR GENERAL
PARTIDO LIBERTAD Y REFUNDACION LIBRE
lunes, 12 de enero de 2015
HONDURAS: RESOLUCIÓN NUMERO 1-2015 COORDINACIÓN GENERAL del PARTIDO LIBERTAD Y REFUNDACIÓN
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