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29 ENERO 2013, Planton CONGRESO NACIONAL H. 9:00 am
Por
la vida y la soberanía
Las
organizaciones que firmamos el presente comunicado queremos dejar
constancia histórica de nuestro repudio a los vendepatria que se
escudan en el Congreso Nacional para aplastar la soberanía nacional;
vender nuestros territorios a los capitales multinacionales y
convertir nuestros bienes naturales y patrimoniales en una mercancía,
afrenta que repudiamos porque destruye las comunidades, arrasa
nuestras riquezas y amenaza nuestras vidas.
La
aprobación de la ley de minería y los regímenes y regiones
especiales de desarrollo o ciudades modelo, bajo cualquier
nombre que quieran ponerle representa una afrenta al pueblo hondureño
y una auténtica declaratoria de guerra a quienes luchamos en la
defensa de nuestros territorios, tierra y subsuelo, comunidades,
bosques, agua, ríos y nuestras culturas
ancestrales. Los diputados y diputadas que aprobaron estas figuras
jurídicas son enemigos jurados de nuestro pueblo y estamos decididos
y decididas a enfrentarlos con todas las fuerzas y luchas ciudadanas.
Advertimos
a los diputados y diputadas, que sin distingo alguno aprobaron estas
aberraciones jurídicas, y a los ricos nacionales e internacionales
que representan dentro del Congreso Nacional, que estamos en pie de
lucha y de testimonio en nuestras comunidades y territorios. No
permitiremos el ingreso de nadie que venga en plan de explotar
nuestras riquezas y en cercenar nuestros territorios. Desde ya
advertimos a quienes impulsen proyectos amparados en estas leyes que
no reconocemos como autoridades a quienes legislan en contra de la
soberanía nacional, y por consiguiente nos declaramos en estado de
insubordinación. Bajo ninguna circunstancia permitiremos que se
cumplan leyes que atentan contra el Estado, nuestras comunidades
y la vida de nuestro pueblo, como no aceptamos ser enclaves de los
grandes capitales, la corrupción y la impunidad.
Llamamos
a todas las organizaciones y al digno pueblo hondureño a defender el
territorio nacional. Cada comunidad, cada barrio, cada
municipio debe convertirse en un muro de contención contra los
vendepatria. La soberanía nacional no puede regalarse, alquilarse ni
venderse. Como pueblo en lucha no renunciamos a perder nuestra
dignidad, esperanza, vida, y no renunciamos a la verdadera
refundación de nuestra matria.
¡NO
a las ciudades modelo, NO a la ley de minería, NO a la venta
de nuestros bienes comunes de la naturaleza! ¡Ríos para la vida, no
para la muerte y la privatización! ¡No a la subasta de Honduras!
¡Primero muertos que aceptar la humillación de vivir bajo el
sometimiento de los vendepatria!
Dado
en Tegucigalpa, a los 29 días del mes de enero del 2013.
Consejo
Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras COPINH
Organización
Fraternal Negra de Honduras OFRANEH
Colectiva
de Mujeres Hondureñas CODEMUH
Convergencia
Refundacional
Movimiento
Amplio por la Dignidad y la Justicia MADJ
Espacio
en Defensa de los Territorios
Asociación
para el Desarrollo de la Península de Zacate Grande ADEPZA
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“Hasta la salida al mar se podría perder”: Maribel Espinoza
Redacción: redaccion@laprensa.hn
La experta en temas de la
Constitución explica lo que no se ha dicho sobre las ciudades modelos.
Ante
la inminente reforma a los artículos 294, 303 y 329 de la Constitución
de la República que proponen los diputados, mediante los cuales se da
paso a la creación de las ciudades modelos, ahora denominadas Zonas
Sujetas a Regímenes Especiales, la abogada Maribel Espinoza Turcios deja
entrever que si no se hace la estructura legal
correcta, Honduras hasta podría perder su salida al mar, como Bolivia.
La
abogada Espinoza es una experta en el estudio de la Constitución y
asistió el viernes anterior a la socialización del proyecto que hizo
Juan Orlando Hernández, presidente del Congreso Nacional, a los miembros
de la empresa privada en la Cámara de Comercio de Industrias de Cortés.
A continuación la entrevista
-
¿Considera usted que quienes se oponen a este proyecto del presidente
de la República y del presidente del Congreso Nacional se están
oponiendo al desarrollo económico de Honduras?
Ese
argumento es absurdo, una falacia, ya que ningún hondureño se opone al
desarrollo del país, pues de hacerlo equivaldría a impedir su propio
progreso económico y el de su familia en un Estado en donde la
Constitución garantiza el bienestar económico para todos los pobladores.
Yo les pregunto a los políticos: ¿Estas
decisiones de adoptar modelos de exclusión de zonas para el logro del
desarrollo económico es el reconocimiento a su incapacidad para
erradicar la corrupción en el país, que es la fuente generadora de toda
impunidad, injusticia, hambre y subdesarrollo?
¿Es
que fracasamos como país por ser mal gobernados y ahora debemos
recurrir a áreas de terreno con otras leyes y otros gobiernos? Sobre eso
debemos reflexionar los hondureños.
- ¿Qué le preocupa de la creación de la ciudades modelos?
Me
preocupa que algunos legisladores no estén haciendo su trabajo con
seriedad, ya que están creando verdaderas personas jurídicas denominadas
“regímenes especiales”, que serán sujetos de derechos y obligaciones al
contratar en forma independiente y autónoma del Estado de Honduras;
además, no hay claridad constitucional. ¿Quién vigilará esos gobiernos
autónomos o a las autoridades que se instalen en esas zonas? Tampoco
explican si las
Fuerzas Armadas de Honduras podrán o no proteger su integridad
territorial o defender la soberanía que se ejerce en dichas áreas del
territorio de Honduras. Esto es muy grave, porque constituye un delito
de traición a la patria menoscabar la integridad del territorio de
Honduras bajo cualquier forma disfrazada.
- ¿Quiénes decidirán qué leyes se aplicarán en esas zonas?
Solo
nos han mostrado la reforma constitucional que quieren hacer, pero no
nos han mostrado el proyecto de ley orgánica de cada régimen especial;
sin embargo, de la reforma constitucional se puede inferir
que los pobladores de esas zonas podrán modificar, reformar,
interpretar o derogar su propia ley orgánica vía referéndum o
plebiscito, con lo cual si en el Congreso no se hacen las cosas
correctamente peligra que en el futuro esos pobladores decidan darle
otro destino al resto del país.
-
Tampoco se aclara cómo quedarán y qué ley va a aplicarse sobre los
derechos personales y los reales como el de propiedad de los actuales
habitantes.
Lo
más grave de todo esto es que los regímenes especiales que creará el
Congreso Nacional serán previo plebiscito o referéndum de sus
habitantes en el resto de la República. Pero extrañamente no se les
consultará si quieren esos regímenes a los habitantes de Puerto Cortés,
Trujillo y de zonas aledañas al Golfo de Fonseca pese a que esas zonas
constituyen las más preciadas del país porque nos comunican con los
océanos y por ellos transita el comercio marítimo para y desde Honduras.
¿Han
pensado en la posibilidad de que si no se hace la estructura legal
correcta podemos perder esos territorios y quedar sin salida a los
océanos, como Bolivia? Esas preguntas no han sido seriamente
contestadas.
Por
eso hago
un llamado a todos los abogados de Honduras en particular y a los
ciudadanos en general, para que aporten a esta discusión de interés
nacional, que sea encaminada a vigilar y proteger la Constitución, que
se aprueben leyes que traigan desarrollo al país enmarcadas dentro del
respeto a nuestros derechos humanos fundamentales, como la
inviolabilidad de la vida, libertad, seguridad individual, igualdad
ante la ley, propiedad, el derecho a pertenecer a una nación con
territorio en el cual podamos circular libremente, el trabajo con
dignidad y a la libre expresión de nuestro pensamiento, que son
fundamentos esenciales que ya están en grave peligro.
Lo que no se ha dicho
1. Se prevé que
la nueva Sala de lo Constitucional no va a declarar en contra de la
reforma de la Constitución para introducir las ciudades modelos o Zonas
de Regímenes Especiales a pesar de que, según Espinoza, vulneren la
soberanía del Estado sobre esos territorios, la forma de gobierno en
esos territorios, se derogue tácitamente el ejercicio de la jurisdicción
en esos territorios.
2. Las zonas sujetas a regímenes especiales se constituyen en personas jurídicas, y siendo que
no son sujetas de derecho privado, se trata de propias entidades de derecho público como los Estados.
3. Los habitantes de estas zonas serán
totalmente autónomos política, jurídica y económicamente del resto del
país, por lo que pueden adoptar un sistema de gobierno distinto al
nuestro. Ni siquiera se especifica si la Constitución de la República de
Honduras regirá en estas zonas.
4. Se les concede a
los habitantes de las zonas de regímenes especiales el
derecho a que “Su ley orgánica únicamente podrá ser modificada,
reformada, interpretada o derogada después de la celebración de un
referéndum o plebiscito a las personas que habiten la zona ocupada por
el régimen especial. Dicha ley definirá expresamente la normativa
aplicable en el régimen correspondiente.”
5. Al introducirse la Ley de
Inteligencia Nacional se limita la facultad exclusiva de las Fuerzas
Armadas para defender la soberanía sobre el territorio que ocuparán las
ciudades modelos, ahora denominadas zonas sujetas a regímenes
especiales’ en virtud de las nuevas funciones del “Consejo Nacional de
Defensa y Seguridad” recién creado, del cual forman parte las Fuerzas
Armadas.
6. Se corre el grave peligro que
el resto de territorio y ciudadanos de Honduras perdamos la libre
circulación y acceso al océano Atlántico y el Pacífico a través de los
puertos principales que se encontrarán en manos de extranjeros dentro de
las zonas sujetas a regímenes especiales. Lo anterior es sin perjuicio
de la prohibición contenida en el Art. 107 constitucional.
7. No se aclara si las personas que
habitan dichas zonas son
hondureñas o cuál será la nacionalidad que adoptarán porque en la
reforma constitucional se prevé su propia legislación; las leyes que
regirán en estas zonas no serán las mismas que se encuentran vigentes en
el territorio de Honduras.
Artículos de la constitución que serían modificados
294: Incorpora a la organización territorial del país las zonas sujetas a regímenes especiales.
303: Consideramos que
las zonas sujetas a regímenes especiales podrán estar sujetas a
jurisdicciones especiales que deberán formar parte del Poder Judicial.
329 La creación de
los regímenes especiales se contempla como una adición al artículo 329
de la Constitución. Las particularidades de estos regímenes especiales
son las siguientes:
A:Se
propone la creación de 12 regímenes especiales, que son: Centros
financieros
internacionales, centros logísticos internacionales, ciudades
autónomas, cortes comerciales internacionales, distritos especiales de
inversión, distritos energéticos renovables, zonas económicas
especiales, zonas sujetas a un sistema jurídico especial, zonas
agroindustriales especiales, zonas turísticas especiales, zonas mineras
sociales y zonas forestales sociales.
Ante
la inminente reforma a los artículos 294, 303 y 329 de
la Constitución de la República que proponen los diputados, mediante
los cuales se da paso a la creación de las ciudades modelos, ahora
denominadas Zonas Sujetas a Regímenes Especiales, la abogada Maribel
Espinoza Turcios deja entrever que si no se hace la estructura legal
correcta, Honduras hasta podría perder su salida al mar, como Bolivia.
La
abogada Espinoza es una experta en el estudio de la Constitución y
asistió el viernes anterior a la socialización del proyecto que hizo
Juan Orlando Hernández, presidente del Congreso Nacional, a los miembros
de la empresa privada en la Cámara de Comercio de Industrias de Cortés.
A continuación la entrevista
-
¿Considera usted que quienes se oponen a
este proyecto del presidente de la República y del presidente del
Congreso Nacional se están oponiendo al desarrollo económico de
Honduras?
Ese
argumento es absurdo, una falacia, ya que ningún hondureño se opone al
desarrollo del país, pues de hacerlo equivaldría a impedir su propio
progreso económico y el de su familia en un Estado en donde la
Constitución garantiza el bienestar económico para todos los pobladores.
Yo les pregunto a los políticos: ¿Estas
decisiones de adoptar modelos de exclusión de zonas para el logro del
desarrollo económico es el
reconocimiento a su incapacidad para erradicar la corrupción en el
país, que es la fuente generadora de toda impunidad, injusticia, hambre y
subdesarrollo?
¿Es
que fracasamos como país por ser mal gobernados y ahora debemos
recurrir a áreas de terreno con otras leyes y otros gobiernos? Sobre eso
debemos reflexionar los hondureños.
- ¿Qué le preocupa de la creación de la ciudades modelos?
Me
preocupa que algunos legisladores no estén haciendo su trabajo con
seriedad, ya que están creando verdaderas personas jurídicas denominadas
“regímenes especiales”, que
serán sujetos de derechos y obligaciones al contratar en forma
independiente y autónoma del Estado de Honduras; además, no hay
claridad constitucional. ¿Quién vigilará esos gobiernos autónomos o a
las autoridades que se instalen en esas zonas? Tampoco explican si las
Fuerzas Armadas de Honduras podrán o no proteger su integridad
territorial o defender la soberanía que se ejerce en dichas áreas del
territorio de Honduras. Esto es muy grave, porque constituye un delito
de traición a la patria menoscabar la integridad del territorio de
Honduras bajo cualquier forma disfrazada.
- ¿Quiénes decidirán qué leyes se aplicarán en esas zonas?
Solo
nos han mostrado la reforma constitucional que quieren hacer, pero no
nos han mostrado el proyecto de ley orgánica de cada régimen especial;
sin embargo, de la reforma constitucional se puede inferir que los
pobladores de esas zonas podrán modificar, reformar, interpretar o
derogar su propia ley orgánica vía referéndum o plebiscito, con lo cual
si en el Congreso no se hacen las cosas correctamente peligra que en el
futuro esos pobladores decidan darle otro destino al resto del país.
-
Tampoco se aclara cómo quedarán y qué ley va a aplicarse sobre los
derechos personales y los reales como el de propiedad de los actuales
habitantes.
Lo
más grave de todo esto es que los regímenes especiales que creará el
Congreso Nacional serán previo plebiscito o referéndum de sus habitantes
en el resto de la República. Pero extrañamente no se les consultará si
quieren esos regímenes a los habitantes de Puerto Cortés, Trujillo y de
zonas aledañas al Golfo de Fonseca pese a que esas zonas constituyen las
más preciadas del país porque nos comunican con los océanos y por ellos
transita el comercio marítimo para y desde Honduras.
¿Han
pensado en la posibilidad de que si no se hace la estructura legal
correcta podemos perder esos territorios y quedar sin salida a los
océanos, como Bolivia? Esas preguntas no han sido seriamente
contestadas.
Por
eso hago un llamado a todos los abogados de Honduras en particular y a
los ciudadanos en general, para que aporten a esta discusión de interés
nacional, que sea encaminada a vigilar y proteger la Constitución, que
se aprueben leyes que traigan desarrollo al país enmarcadas dentro del
respeto a nuestros derechos humanos fundamentales, como la
inviolabilidad de la vida, libertad, seguridad individual, igualdad
ante la ley, propiedad, el derecho a pertenecer a una nación con
territorio en el cual podamos circular libremente, el trabajo con
dignidad y a la libre expresión de nuestro pensamiento, que son
fundamentos esenciales que ya están en grave
peligro.
Lo que no se ha dicho
1. Se prevé que
la nueva Sala de lo Constitucional no va a declarar en contra de la
reforma de la Constitución para introducir las ciudades modelos o Zonas
de Regímenes Especiales a pesar de que, según Espinoza, vulneren la
soberanía del Estado sobre esos territorios, la forma de gobierno en
esos territorios, se derogue tácitamente el ejercicio de la jurisdicción
en esos territorios.
2. Las zonas sujetas a
regímenes especiales se constituyen en personas jurídicas, y siendo que
no son sujetas de derecho privado, se trata de propias entidades de
derecho público como los Estados.
3. Los habitantes de estas zonas serán
totalmente autónomos política, jurídica y económicamente del resto del
país, por lo que pueden adoptar un sistema de gobierno distinto al
nuestro. Ni siquiera se especifica si la Constitución de la República de
Honduras regirá en estas zonas.
4. Se les concede a
los habitantes de las zonas de regímenes especiales el derecho a que
“Su ley orgánica únicamente podrá ser modificada, reformada,
interpretada o derogada después de la celebración de un referéndum o
plebiscito a las personas que habiten la zona ocupada por el régimen
especial. Dicha ley definirá expresamente la normativa aplicable en el
régimen correspondiente.”
5. Al introducirse la Ley de
Inteligencia Nacional se limita la facultad exclusiva
de las Fuerzas Armadas para defender la soberanía sobre el territorio
que ocuparán las ciudades modelos, ahora denominadas zonas sujetas a
regímenes especiales’ en virtud de las nuevas funciones del “Consejo
Nacional de Defensa y Seguridad” recién creado, del cual forman parte
las Fuerzas Armadas.
6. Se corre el grave peligro que
el resto de territorio y ciudadanos de Honduras perdamos la libre
circulación y acceso al océano Atlántico y el Pacífico a través de los
puertos principales que se encontrarán en manos de extranjeros dentro de
las zonas sujetas a regímenes especiales. Lo anterior es sin perjuicio
de la prohibición contenida en el Art. 107 constitucional.
7. No se aclara si las personas que
habitan dichas zonas son hondureñas o cuál será la nacionalidad que
adoptarán porque en la reforma constitucional se prevé su propia
legislación; las leyes que regirán en estas zonas no serán las mismas
que se encuentran vigentes en el territorio de Honduras.
Artículos de la constitución que serían modificados
294: Incorpora a la organización territorial del país las zonas sujetas a regímenes especiales.
303: Consideramos que
las zonas sujetas a regímenes especiales podrán estar sujetas a
jurisdicciones especiales que deberán formar parte del Poder Judicial.
329 La creación de los regímenes especiales se contempla como una adición al artículo 329 de la
Constitución. Las particularidades de estos regímenes especiales son las siguientes:
A:Se
propone la creación de 12 regímenes especiales, que son: Centros
financieros internacionales, centros logísticos internacionales,
ciudades autónomas, cortes comerciales internacionales, distritos
especiales de inversión, distritos energéticos renovables, zonas
económicas especiales, zonas sujetas a un sistema jurídico especial,
zonas agroindustriales especiales, zonas turísticas especiales, zonas
mineras sociales y zonas forestales sociales.
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“Hasta la salida al mar se podría perder”: Maribel Espinoza
Redacción: redaccion@laprensa.hnLa experta en temas de la Constitución explica lo que no se ha dicho sobre las ciudades modelos.Ante la inminente reforma a los artículos 294, 303 y 329 de la Constitución de la República que proponen los diputados, mediante los cuales se da paso a la creación de las ciudades modelos, ahora denominadas Zonas Sujetas a Regímenes Especiales, la abogada Maribel Espinoza Turcios deja entrever que si no se hace la estructura legal correcta, Honduras hasta podría perder su salida al mar, como Bolivia.La abogada Espinoza es una experta en el estudio de la Constitución y asistió el viernes anterior a la socialización del proyecto que hizo Juan Orlando Hernández, presidente del Congreso Nacional, a los miembros de la empresa privada en la Cámara de Comercio de Industrias de Cortés. A continuación la entrevista
- ¿Considera usted que quienes se oponen a este proyecto del presidente de la República y del presidente del Congreso Nacional se están oponiendo al desarrollo económico de Honduras?Ese argumento es absurdo, una falacia, ya que ningún hondureño se opone al desarrollo del país, pues de hacerlo equivaldría a impedir su propio progreso económico y el de su familia en un Estado en donde la Constitución garantiza el bienestar económico para todos los pobladores.Yo les pregunto a los políticos: ¿Estas decisiones de adoptar modelos de exclusión de zonas para el logro del desarrollo económico es el reconocimiento a su incapacidad para erradicar la corrupción en el país, que es la fuente generadora de toda impunidad, injusticia, hambre y subdesarrollo?¿Es que fracasamos como país por ser mal gobernados y ahora debemos recurrir a áreas de terreno con otras leyes y otros gobiernos? Sobre eso debemos reflexionar los hondureños.
- ¿Qué le preocupa de la creación de la ciudades modelos?Me preocupa que algunos legisladores no estén haciendo su trabajo con seriedad, ya que están creando verdaderas personas jurídicas denominadas “regímenes especiales”, que serán sujetos de derechos y obligaciones al contratar en forma independiente y autónoma del Estado de Honduras; además, no hay claridad constitucional. ¿Quién vigilará esos gobiernos autónomos o a las autoridades que se instalen en esas zonas? Tampoco explican si las Fuerzas Armadas de Honduras podrán o no proteger su integridad territorial o defender la soberanía que se ejerce en dichas áreas del territorio de Honduras. Esto es muy grave, porque constituye un delito de traición a la patria menoscabar la integridad del territorio de Honduras bajo cualquier forma disfrazada.- ¿Quiénes decidirán qué leyes se aplicarán en esas zonas?Solo nos han mostrado la reforma constitucional que quieren hacer, pero no nos han mostrado el proyecto de ley orgánica de cada régimen especial; sin embargo, de la reforma constitucional se puede inferir que los pobladores de esas zonas podrán modificar, reformar, interpretar o derogar su propia ley orgánica vía referéndum o plebiscito, con lo cual si en el Congreso no se hacen las cosas correctamente peligra que en el futuro esos pobladores decidan darle otro destino al resto del país.- Tampoco se aclara cómo quedarán y qué ley va a aplicarse sobre los derechos personales y los reales como el de propiedad de los actuales habitantes.Lo más grave de todo esto es que los regímenes especiales que creará el Congreso Nacional serán previo plebiscito o referéndum de sus habitantes en el resto de la República. Pero extrañamente no se les consultará si quieren esos regímenes a los habitantes de Puerto Cortés, Trujillo y de zonas aledañas al Golfo de Fonseca pese a que esas zonas constituyen las más preciadas del país porque nos comunican con los océanos y por ellos transita el comercio marítimo para y desde Honduras.¿Han pensado en la posibilidad de que si no se hace la estructura legal correcta podemos perder esos territorios y quedar sin salida a los océanos, como Bolivia? Esas preguntas no han sido seriamente contestadas.Por eso hago un llamado a todos los abogados de Honduras en particular y a los ciudadanos en general, para que aporten a esta discusión de interés nacional, que sea encaminada a vigilar y proteger la Constitución, que se aprueben leyes que traigan desarrollo al país enmarcadas dentro del respeto a nuestros derechos humanos fundamentales, como la inviolabilidad de la vida, libertad, seguridad individual, igualdad ante la ley, propiedad, el derecho a pertenecer a una nación con territorio en el cual podamos circular libremente, el trabajo con dignidad y a la libre expresión de nuestro pensamiento, que son fundamentos esenciales que ya están en grave peligro.Lo que no se ha dicho1. Se prevé que la nueva Sala de lo Constitucional no va a declarar en contra de la reforma de la Constitución para introducir las ciudades modelos o Zonas de Regímenes Especiales a pesar de que, según Espinoza, vulneren la soberanía del Estado sobre esos territorios, la forma de gobierno en esos territorios, se derogue tácitamente el ejercicio de la jurisdicción en esos territorios.2. Las zonas sujetas a regímenes especiales se constituyen en personas jurídicas, y siendo que no son sujetas de derecho privado, se trata de propias entidades de derecho público como los Estados.3. Los habitantes de estas zonas serán totalmente autónomos política, jurídica y económicamente del resto del país, por lo que pueden adoptar un sistema de gobierno distinto al nuestro. Ni siquiera se especifica si la Constitución de la República de Honduras regirá en estas zonas.4. Se les concede a los habitantes de las zonas de regímenes especiales el derecho a que “Su ley orgánica únicamente podrá ser modificada, reformada, interpretada o derogada después de la celebración de un referéndum o plebiscito a las personas que habiten la zona ocupada por el régimen especial. Dicha ley definirá expresamente la normativa aplicable en el régimen correspondiente.”5. Al introducirse la Ley de Inteligencia Nacional se limita la facultad exclusiva de las Fuerzas Armadas para defender la soberanía sobre el territorio que ocuparán las ciudades modelos, ahora denominadas zonas sujetas a regímenes especiales’ en virtud de las nuevas funciones del “Consejo Nacional de Defensa y Seguridad” recién creado, del cual forman parte las Fuerzas Armadas.6. Se corre el grave peligro que el resto de territorio y ciudadanos de Honduras perdamos la libre circulación y acceso al océano Atlántico y el Pacífico a través de los puertos principales que se encontrarán en manos de extranjeros dentro de las zonas sujetas a regímenes especiales. Lo anterior es sin perjuicio de la prohibición contenida en el Art. 107 constitucional.7. No se aclara si las personas que habitan dichas zonas son hondureñas o cuál será la nacionalidad que adoptarán porque en la reforma constitucional se prevé su propia legislación; las leyes que regirán en estas zonas no serán las mismas que se encuentran vigentes en el territorio de Honduras.Artículos de la constitución que serían modificados294: Incorpora a la organización territorial del país las zonas sujetas a regímenes especiales.303: Consideramos que las zonas sujetas a regímenes especiales podrán estar sujetas a jurisdicciones especiales que deberán formar parte del Poder Judicial.329 La creación de los regímenes especiales se contempla como una adición al artículo 329 de la Constitución. Las particularidades de estos regímenes especiales son las siguientes:A:Se propone la creación de 12 regímenes especiales, que son: Centros financieros internacionales, centros logísticos internacionales, ciudades autónomas, cortes comerciales internacionales, distritos especiales de inversión, distritos energéticos renovables, zonas económicas especiales, zonas sujetas a un sistema jurídico especial, zonas agroindustriales especiales, zonas turísticas especiales, zonas mineras sociales y zonas forestales sociales.Ante la inminente reforma a los artículos 294, 303 y 329 de la Constitución de la República que proponen los diputados, mediante los cuales se da paso a la creación de las ciudades modelos, ahora denominadas Zonas Sujetas a Regímenes Especiales, la abogada Maribel Espinoza Turcios deja entrever que si no se hace la estructura legal correcta, Honduras hasta podría perder su salida al mar, como Bolivia.La abogada Espinoza es una experta en el estudio de la Constitución y asistió el viernes anterior a la socialización del proyecto que hizo Juan Orlando Hernández, presidente del Congreso Nacional, a los miembros de la empresa privada en la Cámara de Comercio de Industrias de Cortés. A continuación la entrevista
- ¿Considera usted que quienes se oponen a este proyecto del presidente de la República y del presidente del Congreso Nacional se están oponiendo al desarrollo económico de Honduras?Ese argumento es absurdo, una falacia, ya que ningún hondureño se opone al desarrollo del país, pues de hacerlo equivaldría a impedir su propio progreso económico y el de su familia en un Estado en donde la Constitución garantiza el bienestar económico para todos los pobladores.Yo les pregunto a los políticos: ¿Estas decisiones de adoptar modelos de exclusión de zonas para el logro del desarrollo económico es el reconocimiento a su incapacidad para erradicar la corrupción en el país, que es la fuente generadora de toda impunidad, injusticia, hambre y subdesarrollo?¿Es que fracasamos como país por ser mal gobernados y ahora debemos recurrir a áreas de terreno con otras leyes y otros gobiernos? Sobre eso debemos reflexionar los hondureños.
- ¿Qué le preocupa de la creación de la ciudades modelos?Me preocupa que algunos legisladores no estén haciendo su trabajo con seriedad, ya que están creando verdaderas personas jurídicas denominadas “regímenes especiales”, que serán sujetos de derechos y obligaciones al contratar en forma independiente y autónoma del Estado de Honduras; además, no hay claridad constitucional. ¿Quién vigilará esos gobiernos autónomos o a las autoridades que se instalen en esas zonas? Tampoco explican si las Fuerzas Armadas de Honduras podrán o no proteger su integridad territorial o defender la soberanía que se ejerce en dichas áreas del territorio de Honduras. Esto es muy grave, porque constituye un delito de traición a la patria menoscabar la integridad del territorio de Honduras bajo cualquier forma disfrazada.- ¿Quiénes decidirán qué leyes se aplicarán en esas zonas?Solo nos han mostrado la reforma constitucional que quieren hacer, pero no nos han mostrado el proyecto de ley orgánica de cada régimen especial; sin embargo, de la reforma constitucional se puede inferir que los pobladores de esas zonas podrán modificar, reformar, interpretar o derogar su propia ley orgánica vía referéndum o plebiscito, con lo cual si en el Congreso no se hacen las cosas correctamente peligra que en el futuro esos pobladores decidan darle otro destino al resto del país.- Tampoco se aclara cómo quedarán y qué ley va a aplicarse sobre los derechos personales y los reales como el de propiedad de los actuales habitantes.Lo más grave de todo esto es que los regímenes especiales que creará el Congreso Nacional serán previo plebiscito o referéndum de sus habitantes en el resto de la República. Pero extrañamente no se les consultará si quieren esos regímenes a los habitantes de Puerto Cortés, Trujillo y de zonas aledañas al Golfo de Fonseca pese a que esas zonas constituyen las más preciadas del país porque nos comunican con los océanos y por ellos transita el comercio marítimo para y desde Honduras.¿Han pensado en la posibilidad de que si no se hace la estructura legal correcta podemos perder esos territorios y quedar sin salida a los océanos, como Bolivia? Esas preguntas no han sido seriamente contestadas.Por eso hago un llamado a todos los abogados de Honduras en particular y a los ciudadanos en general, para que aporten a esta discusión de interés nacional, que sea encaminada a vigilar y proteger la Constitución, que se aprueben leyes que traigan desarrollo al país enmarcadas dentro del respeto a nuestros derechos humanos fundamentales, como la inviolabilidad de la vida, libertad, seguridad individual, igualdad ante la ley, propiedad, el derecho a pertenecer a una nación con territorio en el cual podamos circular libremente, el trabajo con dignidad y a la libre expresión de nuestro pensamiento, que son fundamentos esenciales que ya están en grave peligro.Lo que no se ha dicho1. Se prevé que la nueva Sala de lo Constitucional no va a declarar en contra de la reforma de la Constitución para introducir las ciudades modelos o Zonas de Regímenes Especiales a pesar de que, según Espinoza, vulneren la soberanía del Estado sobre esos territorios, la forma de gobierno en esos territorios, se derogue tácitamente el ejercicio de la jurisdicción en esos territorios.2. Las zonas sujetas a regímenes especiales se constituyen en personas jurídicas, y siendo que no son sujetas de derecho privado, se trata de propias entidades de derecho público como los Estados.3. Los habitantes de estas zonas serán totalmente autónomos política, jurídica y económicamente del resto del país, por lo que pueden adoptar un sistema de gobierno distinto al nuestro. Ni siquiera se especifica si la Constitución de la República de Honduras regirá en estas zonas.4. Se les concede a los habitantes de las zonas de regímenes especiales el derecho a que “Su ley orgánica únicamente podrá ser modificada, reformada, interpretada o derogada después de la celebración de un referéndum o plebiscito a las personas que habiten la zona ocupada por el régimen especial. Dicha ley definirá expresamente la normativa aplicable en el régimen correspondiente.”5. Al introducirse la Ley de Inteligencia Nacional se limita la facultad exclusiva de las Fuerzas Armadas para defender la soberanía sobre el territorio que ocuparán las ciudades modelos, ahora denominadas zonas sujetas a regímenes especiales’ en virtud de las nuevas funciones del “Consejo Nacional de Defensa y Seguridad” recién creado, del cual forman parte las Fuerzas Armadas.6. Se corre el grave peligro que el resto de territorio y ciudadanos de Honduras perdamos la libre circulación y acceso al océano Atlántico y el Pacífico a través de los puertos principales que se encontrarán en manos de extranjeros dentro de las zonas sujetas a regímenes especiales. Lo anterior es sin perjuicio de la prohibición contenida en el Art. 107 constitucional.7. No se aclara si las personas que habitan dichas zonas son hondureñas o cuál será la nacionalidad que adoptarán porque en la reforma constitucional se prevé su propia legislación; las leyes que regirán en estas zonas no serán las mismas que se encuentran vigentes en el territorio de Honduras.Artículos de la constitución que serían modificados294: Incorpora a la organización territorial del país las zonas sujetas a regímenes especiales.303: Consideramos que las zonas sujetas a regímenes especiales podrán estar sujetas a jurisdicciones especiales que deberán formar parte del Poder Judicial.329 La creación de los regímenes especiales se contempla como una adición al artículo 329 de la Constitución. Las particularidades de estos regímenes especiales son las siguientes:A:Se propone la creación de 12 regímenes especiales, que son: Centros financieros internacionales, centros logísticos internacionales, ciudades autónomas, cortes comerciales internacionales, distritos especiales de inversión, distritos energéticos renovables, zonas económicas especiales, zonas sujetas a un sistema jurídico especial, zonas agroindustriales especiales, zonas turísticas especiales, zonas mineras sociales y zonas forestales sociales.
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