viernes, 19 de octubre de 2012

HONDURAS / San Pedro Sula: Dictan auto de prisión contra Sub comisionado Héctor Iván Mejía // Juez determina que oficiales violaron deberes en desalojo

 
Los Tribunales de Justicia de San Pedro Sula dictaron auto de prisión contra los Sub comisionados de la Policía Nacional Héctor Iván Mejía y Daniel Omar Matamoros por el delito de violación de a los deberes de los funcionarios.
19 de Octubre 2011 /  ERIC /  De acuerdo a la denuncia interpuesta por miembros del movimiento amplio por la dignidad y la justicia, un grupo de jóvenes y adultos del frente nacional de resistencia popular desarrollaban una serie de actividades públicas en conmemoración a la fecha cuando fueron reprimidos por elementos de la policía.

Según los hechos, las personas que se encontraban en el Parque Nacional de San Pedro Sula fueron severamente golpeadas por los elementos de la Policía Macional, quienes lanzaron bombas lacrimógenas para poder dispersar a los y las ciudadanas que se hicieron presente, muchos de los cuales fueron detenidos a la fuerza.
Uno de las victimas informó a ultimahora.hn que presentarán un nuevo recurso de apelación en contra de los ambos elementos de seguridad en vista de que la jueza determinó como medida no suspender de su cargo al portavoz de la policía sino que le prohibió acercarse a cualquier actividad que realicen los miembros del FNRP y del Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia.
El movimiento amplio por la dignidad y la justicia de la zona norte y la convergencia de los derechos humanos esta integrado por el centro de derechos de mujeres, jueces por la democracia y el equipo de reflexión, investigación y comunicación (ERIC).

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Juez determina que  oficiales  violaron deberes  en desalojo 

   Tiempo.hn

SAN PEDRO SULA.- Por el delito de violación a los deberes de los funcionarios, el Juzgado Unificado de lo Penal dictó auto de prisión contra el portavoz  de la Secretaría de Seguridad, subcomisionado  Héctor Iván Mejía y el comisionado Daniel Omar Matamoros Ávila.
Sin embargo, los oficiales fueron sobreseídos definitivamente por los delitos de lesiones, daños y detención ilegal, porque no había pruebas de que ellos participaron directamente. La jueza Gloria Vanesa Quezada emitió la resolución ayer, ocho días después de que se realizara la audiencia inicial.
LOS HECHOS
Según la acusación realizada por la Fiscalía Especial de los Derechos Humanos, el 15 de septiembre de 2010 se efectuaron los desfiles de las fiestas patrias en las que  participaron miembros del Frente Nacional de Resistencia Popular. A eso de las 11:00 de la mañana en la quinta avenida y segunda calle del barrio El Centro, exactamente frente a las instalaciones de  Radio Uno, llegó una tanqueta y una caravana de vehículos llenos de policías.
Uno de los vehículos era conducido por el comisionado Daniel Omar Matamoros Ávila. También  llegó al lugar el subcomisionado Héctor Iván Mejía. Según la resolución de la jueza, él hizo uso de su radio de comunicación y momentos después comenzaron a caer bombas lacrimógenas en la entrada de Radio Uno. Señala que la tanqueta de igual forma iba lanzando agua con químicos. Esto, sumado a los gases lacrimógenos afectó a varias personas. Uno de los manifestantes,  Napoleón Ernesto Bardales intentó auxiliar a sus compañeros, pero fue agredido por los policías que hicieron uso de sus toletes y de sus botas, ocasionándole varias lesiones.
También equipos de sonidos utilizados en la marcha pacífica fueron destruidos por los policías. Al final  detuvieron a 38 personas que lograron salir mediante un recurso de habeas corpus, pues sus detenciones fueron ilegales y arbitrarias. De los análisis de los hechos y las pruebas presentadas por el Ministerio Público en la audiencia inicial realizada el 11 de octubre, la juez señaló que el delito de violación a los deberes de los funcionarios consistió no haber empleado mecanismos para que cesara el uso de la fuerza.

MEDIDAS
Los imputados deberán cumplir las medias sustitutivas del artículo 173 del Código Procesal Penal, numerales 8 y 9, que se refieren a no participar en reuniones, no frecuentar lugares ni acercarse o comunicarse con las víctimas o testigos que estuvieron durante el juicio.

DELITO
En el artículo 349 del Código Penal, numeral 3, está el delito de violación de los deberes de los funcionarios que tiene una pena de 3 a 6 años de reclusión, más inhabilitación especial por el doble del tiempo que dure la reclusión. En este caso específico es una penal principal por lo que los oficiales de ser condenados podrían ser inhabilitados.

APELARÁ
El subcomisionado Héctor Iván Mejía envió un mensaje anoche en los que agradece a todos sus amigos “su preocupación por el resultado del juicio incoado en mi contra y la resolución emitida esta tarde en un juzgado de San Pedro Sula”. Luego informó que la fiscalía lo acusaba por detención ilegal, lesiones y por violación a los deberes de los funcionarios, mientras que un acusador privado “quiso acusar por daños”. Después explicó que “la resolución del juzgado es sobreseimiento definitivo por los delitos de lesiones, detención ilegal y daños”, mientras que por el delito “de faltar a los deberes de los funcionarios se decretó auto de prisión, pero se apelará esta última resolución”.

 

                                       

 

 

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