sábado, 4 de marzo de 2023

Honduras: Aprobación de Ley de Extradición evitará que Poder Judicial revoque el auto acordado: Odir Fernández // Otras informaciones en Criterio.hn

La propuesta de ley
, elaborada por la Maestría de Derecho Penal y Procesal Penal de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), toma en cuenta gran parte del procedimiento descrito en el auto acordado.                     CRITERIO.HN marzo 4, 2023                                                                                                Por: Katerin Galo                                                                                                               Tegucigalpa. –En Honduras no existe una ley que regule los procesos de extradición, razón por la cual las 36 solicitudes de extradición ejecutadas se han hecho por medio de un auto acordado, disposición que el Poder Judicial podría revocar, advierte el especialista en Derecho Penal Odir Fernández, quien ante esta falencia sugiere la aprobación de una ley especial.

El jueves 2 de marzo la Maestría de Derecho Penal y Procesal Penal de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), que coordina el especialista en Derecho Penal, Odir Fernández, remitió al Congreso Nacional una propuesta de Ley de Extradición.

Fernández explicó que la propuesta de Ley enviada al Poder Legislativo contempla varios aspectos del auto acordado, pero ya como una norma con la que se puede llevar a cabo de manera legal las extradiciones.

En días recientes varios especialistas en materia legal, entrevistados por Criterio.hn, coincidieron en la necesidad de crear y aprobar una normativa que reglamente los procesos de solicitudes para extraditar hondureños a otros países para ser juzgados.

En una entrevista con Criterio.hn, Odir Fernández contó que la Maestría de Derecho Penal y Procesal Penal ha venido trabajando en una serie de propuestas de ley y una de ellas es precisamente la Ley de Extradición, la que se elaboró desde el año pasado, pero en vista que ha surgido el tema de aprobar una norma sobre los procesos de extradición, han tomado a bien enviar una propuesta ante la falta de una normativa de extradiciones.

En Honduras no existe un precepto legal sobre las extradiciones, únicamente se cuenta con un auto acordado que fue aprobado en el 2012 y ratificado en el 2013.

En virtud de la ausencia de un marco jurídico, Fernández señala que hay una necesidad de crear y aprobar una Ley de Extradición, puesto que el auto acordado no es una ley como tal, sino que es una disposición reglamentaria que emite la Corte Suprema de Justicia.

Esta disposición reglamentaria puede revocarse o suprimirse por parte de los magistrados y magistradas del Poder Judicial, advirtió Fernández, quien consideró que esta falencia se puede evitar al aprobar una Ley de Extradición, razón por la cual se ha enviado al Congreso Nacional una propuesta de ley para que sea considerada por el pleno de diputados.

Con el auto acordado que ha funcionado desde el año 2013 se ha extraditado a 36 hondureños, entre ellos al expresidente Juan Orlando Hernández (2014-2018 y 2018-2022); a su hermano y exdiputado por el Partido Nacional, Juan Antonio “Tony” Hernández; al exdirector de la Policía Nacional, Juan Carlos Bonilla y otros personajes que han participado en tráfico de drogas.

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RECURSO DE APELACIÓN

El auto acordado designa a un juez natural para el conocimiento de las extradiciones y es el encargado de conceder o no la solicitud de extradición

Con relación a los recursos de apelación presentados por la defensa del extraditable, según el auto acordado, son conocidos y resueltos por el pleno del Poder Judicial, sin embargo, esto no sucede, y es uno de los requisitos que esta nueva ley busca se cumpla.

El proyecto de ley contempla la designación de uno de los 15 magistrados de la Corte como juez natural para el conocimiento de las solicitudes de extradición. Del mismo modo el pleno de la Corte conocerá el recurso de apelación que se interponga en contra de la resolución final dictada por el juez natural con la exclusión de este, por lo que la decisión final se pondrá en conocimiento del Estado requirente o requerido por medio de la respectiva autoridad central del tratado o en su defecto por medio del Poder Ejecutivo

Además, la apelación se interpondrá dentro de los tres días siguientes a la respectiva notificación, siguiendo el procedimiento señalado en el Código Procesal Penal.

La apelación será resuelta por la Corte Suprema de Justicia, en los plazos y conforme el procedimiento fijado en el Código Procesal Penal. Contra la resolución de apelación emitida por el Poder Judicial no cabrá recurso alguno.

Asimismo, las medidas cautelares impuestas a la persona reclamada podrán extenderse extraordinariamente por el tiempo en que dure el trámite del recurso de apelación, aun cuando hubiese superado el plazo ordinario de dos meses. Las medidas podrán ser revisadas de oficio o a petición de parte.

Odir Fernández considera que se debe limitar el tiempo de los recursos de apelación para que se siga avanzando con los tramites de la extradición. En ese sentido, recordó  que en el proceso de extradición del exmandatario Juan Orlando Hernández todo mundo estaba con la incertidumbre si se resolvía o no se resolvía o se declaraba a favor el recurso de apelación.

“Entonces eso le pone un límite a los recursos de apelación que, finalmente ya provoca la extradición, entonces que se involucre todo el pleno del Poder Judicial”, expone.

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CASOS EN LOS QUE NO PROCEDE LA EXTRADICIÓN

En el propuesta de ley también se detalla los casos en los que no procede la extradición de hondureños. Estos son: cuando el Estado requirente no tenga competencia para el conocimiento de los hechos imputados al sujeto reclamado.

El segundo punto señala que cuando los delitos hayan sido cometidos en perjuicio del Estado de Honduras o en un lugar en donde este ejerza su jurisdicción, cuando la solicitud de extradición se fundamente en delitos cometidos por personas que estén siendo juzgadas o cumpliendo pena por los mismos hechos en el Estado requerido o cuando como consecuencia del proceso, en que se juzgan los mismos, se haya dictado sentencia absolutoria, otorgado indulto, amnistía o se haya cumplido la condena impuesta.

También contempla que el hecho imputado no fuere delito, según la ley penal hondureña o si el delito sea político o conexo con el delito común, según la ley del Estado requerido, o se trate de un delito de orden militar, entre otros.

La propuesta de ley de la UNAH ha sido rechazada por los diputados del Partido Nacional y Partido Salvador de Honduras (PSH), entre otros sectores, que arguementan que esta dilataría las extradiciones.

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