
Tiempo atrás, López se encontraba
privado de su libertad en un módulo de máxima seguridad en la
Penitenciaría Nacional, pero debido a amenazas proferidas en su contra,
fue trasladado al Primer Batallón de Infantería, ubicado en la aldea Las
Casitas del Distrito Central.
El recurso de Hábeas Corpus del COFADEH,
busca que de inmediato Angelo Roberto López sea trasladado al Primer
Batallón de Infantería o en su defecto al Segundo Batallón Táctico
Especial Aerotransportado, ubicado en la comunidad de Támara, Francisco
Morazán.
La procuradora de derechos humanos del
COFADEH, Karol Cárdenas interpuso el recurso ante el Juzgado Primero de
Letras de la Sección Judicial del departamento de Francisco Morazán, a
favor de Angelo Roberto López quien “arbitrariamente” y por órdenes del
Instituto Nacional Penitenciario; fue transferido al módulo de máxima
seguridad de la Penitenciaría Nacional.
El pasado 20 de agosto alrededor de las
2:30 de la tarde, López fue sacado por agentes del Instituto
Penitenciario y efectivos de la Policía Militar de Orden Público (PMOP)
de una de las bartolinas del anexo destinado a privados de libertad del
Primer Batallón de Infantería, localizado en las afueras de la capital
de la República, y trasladado a la Penitenciaría Nacional de Támara,
departamento de Francisco Morazán.
El 19 de junio de 2020, el Ministerio
Publico, a través de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos realizó
una visita al Primer Batallón de Infantería específicamente al anexo
penitenciario, para atender una denuncia por actos de tortura en contra
de Ángelo Roberto López, y que habrían sido ejecutadas por oficiales de
dicho batallón.
En agosto de 2018, Ángelo Roberto López,
fue trasladado de la Penitenciaría Nacional al anexo penitenciario del
Primer Batallón de Infantería por el riesgo que corría su vida.
Pero, pese a éstos antecedentes, las
autoridades del Instituto Nacional Penitenciario, ahora ordenan
transferir de nuevo a Angelo Roberto López, al mismo lugar, donde se
denunció que su vida corría peligro.
“Trasladarlo abruptamente de nuevo al
sitio donde su vida está en riesgo, es una decisión desafortunada y un
acto de represalia por los hechos denunciados y no una protección a su
integridad física, de toda forma de tortura y malos tratos”, señala el
COFADEH.
El recurso señala que la Corte
Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que “en los términos
del artículo 5.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, toda
persona privada de libertad tiene derecho a vivir en condiciones de
detención compatibles con su dignidad personal y el Estado debe
garantizarle el derecho a la vida y a la integridad personal.
En consecuencia, el Estado, como
responsable de los establecimientos de detención, es el garante de estos
derechos de los detenidos” (Corte IDH, caso Neira Alegría y otros,
sentencia del 19 de enero de 1995, párr. 60)
Además Reglas Mínimas de Naciones
Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, también llamadas “Reglas
Nelson Mandela”, establecen el principio de respeto a la dignidad humana
y la prohibición inderogable de la tortura y de otros tratos o penas
crueles, inhumanas o degradantes (regla 1).
Esta regla toma noción de que la
privación de la libertad equivale a separar a una persona del mundo
exterior, y de que ello es algo aflictivo por el hecho mismo de que
despoja a la persona de su derecho a la autodeterminación, ordenándose
que el sistema penitenciario no deberá agravar los sufrimientos
inherentes a tal situación (regla 3).También es necesario (regla 56), y
que se prevean salvaguardas para que dichas presentaciones puedan ser
realizadas de manera segura y confidencial (regla 57).
En el recurso de Hábeas Corpus
Correctivo, el COFADEH pide al Juzgado Primero de Letras de la Sección
Judicial del departamento de Francisco Morazán, que se nombre Juez
Ejecutor el cual deberá apersonarse ante las instalaciones del Centro
Penitenciario de Tamara , específicamente al módulo de máxima Seguridad,
verificar las condiciones carcelarias, ordenando inmediatamente el
traslado del interno Ángelo Roberto López al Primer Batallón de
Infantería o al Segundo Batallón Táctico con el fin de garantizar la
vida e integridad física del joven Ángelo Roberto López.
Los familiares de López denunciaron, que
tanto el Mecanismo y Comité Nacional de Prevención contra la Tortura,
Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes (MNP-CONAPREV), como el
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de Honduras (CONADEH),
conocieron de ésta denuncia, pero que no recibieron ninguna respuesta.
Hasta el momento, tanto la familia del
joven como el COFADEH, han acudido a la Dirección del Instituto
Penitenciario Nacional, ante los Juzgados de Ejecución y al Ministerio
Publico, sin obtener la protección pertinente para la vida e
Integridad de Ángelo Roberto López.
https://www.defensoresenlinea.com/decision-arbitraria-del-inp-podria-poner-en-peligro-la-vida-de-un-privado-de-libertad/
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