sábado, 25 de abril de 2020

Congreso Nacional aprueba confusa excarcelación de privados de libertad // Otras informaciones en Criterio.hn

Por: Redacción CRITERIO.HN 
Abril 24,2020 / redaccion@criterio.hn
Tegucigalpa. Durante la sesión virtual legislativa, el Congreso Nacional reformó este viernes, el Código Procesal Penal como una medida orientada a reducir la aglomeración penitenciaria en las cárceles hondureñas para evitar la propagación del Covid-19.

                  Específicamente, el legislativo modificó el artículo 184 del Código Procesal Penal para otorgar prisión domiciliaria a privados de libertad en riesgo de contraer el Covid-19, aunque el texto que contiene la nueva disposición no precisa con claridad algunos puntos importantes como el tipo de reclusos que no serán beneficiados con la reforma.
                 En ese sentido, inicialmente la reforma que sufrió el 184, contempla en su artículo 4 que, entre los favorecidos con la nueva disposición penal, se encuentra: “personas diabéticas, hipertensas, pacientes inmunosuprimidos o con VIH, pacientes oncológicos, con enfermedades autoinmunes, insuficiencia cardiaca e insuficiencia renal crónica”.

Por lo que una vez identificada la enfermedad de base en los reclusos que hayan solicitado prisión domiciliaria, la ley establece que los órganos jurisdiccionales              “procederá a realizar la revisión conforme lo señala al artículo transitorio anterior, sustituyendo la medida cautelar por el arresto en su propio domicilio o en el de otra persona que lo consienta”.

No obstante, el contenido de la reforma apunta que el mecanismo aprobado no beneficiará a personas procesadas por delitos organizados. Por eso “No son aplicables, cuando la persona está siendo procesada por pertenecer a un grupo delictivo organizado o haber cometido el delito en el marco de un grupo delictivo organizado o cuando exista el riesgo infundado que el imputado pertenece al mismo”, reza el texto.

En ese caso, se establece que “la revisión de la prisión preventiva se limitará a ordenar al Instituto Penitenciario a adoptar medidas que minimicen el riesgo a la salud”.  

Sobre lo anterior, el Artículo 5 de la reforma amplia que para los privados que no sean acogidos por las nuevas disposiciones, aunque tengan enfermedades de base, “se ordena al Instituto Nacional Penitenciario, el acondicionamiento de espacios especiales con las medidas de protección adecuadas pare evitar los contagios de Covid-19”.

Cabe agregar que la votación de la reforma que fue propuesta por del diputado del Partido Nacional, Tommy Zambrano, quedo distribuida con 67 a favor, 33 en contra y 4 abstenciones.  

Nota relacionada Medidas de excarcelación en Honduras podrían favorecer al poder político y económico

Como medida para contener la propagación del coronavirus (Covid-19) la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos de la Naciones Unidas (OACNUDH), recomendó a los estados a que procedan a la excarcelación o liberación de privados de libertad, pero observando algunas restricciones.

En Honduras, debido a la colusión y a la aplicación de la justicia de manera selectiva se corre el riesgo que los corruptos, ligados al poder económico y político, sean liberados utilizando la recomendación de las Naciones Unidas, pero es un riesgo que hay que asumir para beneficiar a personas que, si merecen ser liberadas por su vulnerabilidad, dijo a CRITERIO.HN el experto en derechos humanos, Joaquín Mejía, el 10 de abril cuando se comenzaba a hablar del tema.

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