miércoles, 24 de julio de 2019

Honduras: “Basta de intromisiones a la independencia judicial”: dicen jueces por la democracia a JOH // Más informaciones en Criterio.hn

Por: Redacción CRITERIO 
Julio 24,2019 /  redaccion@criterio.hn

Tegucigalpa.- En un entorno institucional democrático las decisiones de los jueces y juezas se respetan y se acatan, y en caso de inconformidad con las mismas se recurren en tiempo y forma. Ese es el procedimiento tanto para los ciudadanos como para las autoridades.


                  Por ello causan alarma las declaraciones del Presidente de la República cuando ataca las resoluciones que en meses recientes dictaron dos juezas de ejecución de penas de San Pedro Sula y El Progreso, Yoro, dicen los Jueces por la Democracia en un comunicado emitido este miércoles.

Señalan que pretender mediante la cobertura mediática influir en los y las juzgadoras es definitivamente un camino equivocado. Y claramente un irrespeto a la independencia judicial y al principio de separación de poderes. Siendo reprochable que, ante lo actuado por la autoridad jurisdiccional, el titular del Poder Ejecutivo exprese: «Pero lo que ordenó el sistema judicial a través de estos dos jueces fue que salieran», lamentó el Presidente Hernández, y dijo que «aquí se presenta un dilema jurídico: ¿Quién tiene la razón?»

La respuesta es sencilla, la razón la tienen las juezas de ejecución de penas que dictaron resoluciones ordenando la clasificación de los reclusos en categorías de mínima, media y máxima seguridad y que estimaron que los privados de libertad del centro penitenciario de Ilama, conocido como “El Pozo”, estaban siendo sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes, señalan los Jueces por la Democracia.

La resolución en discusión no hace más que resolver o estimar con lugar la queja de decenas de reclusos que acudieron a los juzgados de ejecución de penas en amparo para que cesaran los malos tratos en su contra, y en un acto de tutela judicial efectiva se ordena declarar nulo el acto administrativo mediante el cual se impone la sanción disciplinaria de ENCIERRO COLECTIVO PERMANENTE de los reclusos de “el pozo”, a quienes mantenían en las sus celdas sin posibilidad de salir al área de recreación del mismo modulo.

Asimismo, esta resolución es relevante por la protección de derechos de los privados de libertad al ordenar:
  • El DESENCIERRO de los centenares de reclusos que se encuentran en ENCIERRO COLECTIVO PERMANENTE, debiendo establecerse como mínimo 8 horas diarias de tratamiento y formativas y 8 horas para el descanso.
  • El cese inmediato de actos violentos por parte de la autoridad militar, especialmente lo concerniente a lanzarles bombas lacrimógenas y balas de goma
  • Garantizar a los reclusos el derecho a la alimentación y a agua embolsada por ser de deficiente calidad la que abastece el centro penitenciario.
En lugar de atacar tendenciosamente las resoluciones judiciales, el Poder Ejecutivo y la autoridad penitenciaria debe situarse en su rol de garantes de la vida y la seguridad de la población penitenciaria, y aprovechar estas decisiones jurisdiccionales para enmendar las graves violaciones de derechos humanos que en aras de la seguridad acontecen en los centros penitenciarios, reza el comunicado.

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Así las cosas, quizá es el momento para que el Presidente de la Corte Suprema de Justicia decida no seguir siendo parte del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, por las consecuencias que acarrea integrar este órgano en donde se discuten y deciden asuntos y políticas estatales de seguridad que, por su contenido e impacto afectan de manera directa o indirecta la independencia del Poder Judicial.

https://criterio.hn/2019/07/24/basta-de-intromisiones-a-la-independencia-judicial-dicen-jueces-por-la-democracia-a-joh/amp/

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