domingo, 19 de enero de 2014

HONDURAS: Elecciones primarias y generales se realizarán en el mismo año a partir de 2017 // Diputados aprueban nueva Ley Orgánica del Congreso Nacional


Autor del articulo: Proceso Digital / 19 de Enero 2014 - 16:50
Tegucigalpa- El Congreso Nacional reformó este domingo la Ley Electoral en la cual estableció que las elecciones primarias y los comicios generales se realizarán el mismo año, y en ese sentido, se estableció que las primarias se celebrarán el segundo domingo de marzo.
El martes, la diputada nacionalista Wesly Vásquez, presentó una iniciativa de reformas a la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, encaminada a realizar las elecciones primarias y las generales durante el mismo año, así como otras modificaciones a la legislación.

La congresista propuso que los comicios primarios e internos se realicen en mayo y posteriormente en noviembre del mismo año las elecciones generales, con el objetivo de disminuir el ruido electoral y las campañas políticas prematuras y millonarias.


En ese sentido, se nombró una comisión dictaminadora para analizar la iniciativa de la diputada, la que fue encabezada por el diputado Antonio Rivera Callejas, e integrada por Ricardo Díaz, Rolando Dubón Bueso, Yani Rosenthal, Yuri Sabas, Norma Caderón, Lorena Herrera, Germán Leitzelar, Marvin Ponce y Orle Solís.

Al conocer las correcciones realizadas por la comisión dictaminadora la diputada Vásquez retiro su iniciativa y se apegó al dictamen de la comisión especial que sugirió reformar únicamente el mes y la fecha que se realizarán las elecciones primarias a partir del proceso electoral de 2017.

El diputado Rodolfo Zelaya pidió dispensa de dos debates, por lo que la reforma se aprobó en un único debate. Las demás propuestas como la elección de diputados mediante los distritos electorales, cocientes electorales, miembros de mesas electorales, traslados y segunda vuelta, serán temas que quedarán para ser discutidos por el próximo Congreso Nacional ya que para aprobarlos se requiere de mayoría calificada.

El artículo 113 de la Ley Electoral sobre las prácticas de elecciones primarias, establece que los partidos políticos están obligados a realizar elecciones primarias para la escogencia de sus candidatos y candidatas a elección popular las que se llevarán a cabo el último domingo del mes de marzo del año que se practica las elecciones generales.

Las elecciones se llevarán a cabo bajo la dirección, control y supervisión del Tribunal Supremo Electoral (TSE), con el apoyo de la comisión electoral del partido respectivo.

En ese sentido, se discutió la reforma al artículo 113, la que fue aprobada, estableciéndose que las elecciones internas se realicen en la segunda semana de marzo en vez de la última, sugerido por la diputada presidenta Lena Gutiérrez.

Asimismo, el diputado Erick Rodríguez pidió agregar el siguiente párrafo: salvo en lo descrito en el artículo 118 de la Ley Electoral.

En la sesión se conoció la opinión del TSE que emitió un punto de acta donde recomienda que las elecciones primarias se celebren en el primer trimestre del año que se practiquen los comicios generales ya que el proyecto original presentado por la diputada Vásquez, establecía que las primarias se practicaran en mayo.

"Hicimos caso a la opinión no vinculante, pero aún así ilustrativa del Tribunal Supremo Electoral y nos encaminamos a aprobar que sean el segundo domingo de marzo", arguyó el presidente de la comisión dictaminadora, Antonio Rivera Callejas.

Sobre eventuales contrariedades porque las elecciones primarias podrían caer dentro de la Semana Santa, Rivera Callejas, arguyó que ni en el 2017, 2021 ni 2025, la Semana Mayor caerá en el segundo domingo de marzo y si eso sucede en 2029, se hará la reforma un año antes.

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Diputados aprueban nueva Ley Orgánica del Congreso Nacional


 Autor del articulo: Proceso Digital / 19 de  Enero 2014 - 15:44

Tegucigalpa- Los diputados se regirán a partir de la próxima legislatura por una Ley Orgánica del Congreso Nacional que sustituye el antiguo Reglamento Interno que estuvo vigente desde el 24 de junio de 1982.
El Reglamente Interno del Poder Legislativo era cuestionado por los diferentes sectores ya que le otorgaba amplios poderes al presidente del Congreso Nacional y en ese sentido, los diputados en un sólo debate, aprobaron este domingo su nueva ley orgánica.

La nueva ley orgánica deroga el reglamento interno, aprobado mediante el decreto 24, del 18 de junio de 1982.

La nueva Ley Orgánica del Congreso Nacional contiene 91 artículos y la misma quedará establecida constitucionalmente.

La ley integral comprende todo el accionar del Congreso Nacional, en dicha ley quedó consignados algunos beneficios para los empleados del Poder Legislativo.

Asimismo, en la discusión quedó establecido que los nuevos diputados serán capacitados constantemente en las normas parlamentarias.

En la ley orgánica también se reduce el número de comisiones que conllevan a una restructuración administrativa y de auditoría.

La ley tiene por objeto regular la organización, el funcionamiento, los procedimientos legislativos y el ejercicio de las atribuciones que, de conformidad con la Constitución de la República, le corresponden al Poder Legislativo.

También deja fuera el procedimiento de ceremonias de instalación del Congreso Nacional, que incluía la obligación del presidente de la República y del titular de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a brindar su informe anual.

Se establece que el Poder Legislativo se ejerce por un Congreso Nacional, integrado por 128 diputados, que serán elegidos por un período de cuatro años, mediante sufragio directo por el pueblo.

Agrega que la sede del Congreso Nacional estará en la capital de la República, sin embargo, podrá trasladarla o realizar sesiones en otro lugar del país.

Sobre la instalación del Congreso Nacional, el artículo 4 indica que los diputados se reunirán en sesiones preparatorias el 21 de enero del año, inmediatamente después de las elecciones generales en la cuales resultaron electos. La primera sesión preparatoria será presidida por el ministro del Interior y Población.

En la primera sesión preparatoria, los diputados, con la concurrencia de al menos cinco de ellos, organizarán la junta directiva provisional, cuyos miembros prestarán la promesa de ley ante el ministro del Interior y Población, señala la nueva disposición.

Añade que en la última sesión preparatoria del 23 de enero del año, inmediatamente posterior a las elecciones generales, los diputados elegirán a la junta directiva en propiedad.

Entre los cambios al reglamento interno figura que el presidente del Congreso Nacional será elegido por cuatro años y no por dos como establecía la ley.

El pleno del Congreso Nacional es la máxima autoridad y de decisión del Poder Legislativo y estará integrado por la totalidad de los diputados propietarios y por los diputados suplentes que fueren incorporados por el presidente de Congreso Nacional.

El pleno, para su instalación y funcionamiento, requerirá de la mitad más uno de los diputados que lo integran. Le corresponde el ejercicio de las facultades establecidas en la Constitución de la República y en las leyes.

Asimismo, la junta directiva es el órgano máximo de dirección ejecutiva del Congreso Nacional y podrá ser provisional y en propiedad. La primera estará integrada por un presidente, un vicepresidente y un secretario; y la segunda, por un presidente, seis vicepresidentes, al menos dos secretarios y dos prosecretarios.

Entre las atribuciones del presidente del Congreso Nacional, no hay cambios conforme al reglamento anterior, por lo que podrá decidir con su voto de calidad los empates que resultaren de las votaciones en el pleno; establecer la agenda para las sesiones del pleno, pudiéndola modificar cuando sea conveniente; nombrar al gerente administrativo, disponer de la administración del Poder Legislativo, como sea conveniente; autorizar erogaciones del presupuesto, integrar a los diputados suplentes, turnar proyectos a las comisiones y organizar las mismas.

También tienen iniciativa de ley: los diputados, el presidente de la República, por medio de los secretarios de Estado; la Corte Suprema de Justicia, en asuntos de su competencia; el Tribunal Supremo Electoral, en asuntos de su competencia; y los ciudadanos, de conformidad a la Ley de Mecanismo de Participación Ciudadana.

De acuerdo con los cambios, la junta directiva tendrá la facultad de determinar cuándo una votación será secreta. Las mismas pueden hacerse levantando la mano o de forma electrónica. La misma tiene por objeto evitar que los diputados sean expuestos públicamente cuando voten en contra o a favor de una iniciativa polémica.

Los diputados criticaron que la Ley Orgánica es muy similar al reglamento ya que siempre deja poderes al titular de ese Poder del Estado.

Entre otros, los diputados Germán Leitzelar y Luis Fernando Lobo pidieron la palabra para introducir artículos nuevos, pero los mismos no se tomaron en consideración.

En cuanto al canal de televisión del Congreso Nacional, no quedó dentro de la Ley Orgánica, se estableció que el mismo será gerenciado por la presidencia del Poder Legislativo.

En la discusión y aprobación de la nueva normativa, tuvo una gran participación el veterano diputado y abogado constitucionalista, Oswaldo Ramos Soto quien ha sido reelecto para un nuevo período por el Partido Nacional.

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