Honduras: Aumento en algunos productos obedece a altos costos de producción, energía y combustible, señala la Fenagh // Publicado en La Gaceta decreto que da independencia a la Uferco
La presidenta de la Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos
de Honduras (Fenagh), Anabel Gallardo, manifestó este jueves que el
aumento al costo de algunos productos alimenticios obedece al alza en
costos de producción, energía eléctrica y combustible.
Gallardo expresó que el sector agroalimentario ha sufrido incrementos
en los costos de producción como fertilizantes, combustibles, energía
eléctrica y “yo creo que para garantizar los alimentos de la población
se debe entender que los productores deben recibir un precio para que
nos incentive a seguir produciendo”
Sin embargo, reconoció que no se puede abusar del consumidor y
sobrevalorar la producción, por eso “debemos trabajar en el tema de la
comercialización, tratar de eliminar algunos eslabones de
comercialización para poder bajar esos costos”.
Además, explicó que los costos de producción varían dependiente del
rubro, especificó que en el sector agro ha habido incrementos de hasta
un 45%.
“Creo que el país tiene suficientes tierras y recursos para
producir, lo importante es que se garantice el financiamiento para los
productores y la asistencia para asegurar la alimentación al pueblo
hondureño”, concluyó.
En este sentido, el decreto número 67-2022 será vigente (a partir del
15 de junio) hasta que tome posición un nuevo fiscal general y adjunto y
todas las disposiciones que contraigan el mismo quedarán en suspenso
por dicho plazo de tiempo.
Con esta acción, el titular de la Uferco no tendrá que solicitar
aprobación de ninguna autoridad, pero deberá informar al director
general de fiscales sobre investigaciones, denuncias y requerimientos
que proceda a ejercer.
La publicación en La Gaceta consta de siete artículos destacando el
primer artículo que establece que la Uferco podrá ejercer la acción
púbica penal en los casos de corrupción pública de alto impacto y redes
de corrupción sin que deba someter su decisión a la aprobación previa
del Fiscal General ni de ninguna otra autoridad.
En el mismo artículo establece que el jefe de la Uferco debe informar
al director general de fiscales sobre las investigaciones que inicie de
oficio o instancia de denunciantes y de los requerimientos fiscales que
presente a los órganos jurisdiccionales.
También la Uferco podrá pedir información, documentación y evidencia
que requiera o necesita de la Unidad de Inteligencia Financiera de la
Comisión Nacional de Banca y Seguros (CNBS) y del Tribunal Superior de
Cuentas (TSC).
Advirtió que cualquiera que se niegue a entregar información
requerida será castigado con una multa de 200 salarios mínimos e
incurrirá en responsabilidad penal.
El artículo 2 indica que los fiscales adscritos a la Uferco podrán
informar a la población y los medios de comunicación sobre los
requerimientos fiscales que presenten, salvo aquella información que por
su naturaleza debe ser reservada para la etapa del juicio oral.
El personal no podrá ser trasladado de sus cargos mientras dure la
vigencia del decreto y no serán sancionados de manera disciplinaria por
las investigaciones que realicen ni por el ejercicio de la acción penal
pública, a excepción de conductas que riñen con la ética y el eficiente
desempeño.
No obstante, el coordinador de la Uferco podrá solicitar la
restitución, remoción o traslado cuando lo considere conveniente o
pertinente derivado del incumplimiento de las responsabilidades de los
fiscales.
El artículo 5 ordena que se aumentará un 10 % los recursos
financieros que mensualmente se ejecutan en el cumplimiento de las
funciones de la Uferco, que será utilizado en capacitaciones, compra de
equipo o cualquier necesidad para su desempeño.
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