Redacción-CRITERIO.HN - Febrero 4, 2022 Tegucigalpa. – Diversos sectores se han manifestado en contra del “pacto de impunidad” que el Congreso de Luis Redondo presentó como una “amnistía”, provocando total rechazo porque protege a los funcionarios por actos de corrupción, favoreciendo a los acusados de malversación de caudales públicos, violación de los deberes de los funcionarios y otros delitos severos.
Entre los organismos los organismos que se manifestaron en las últimas horas, están el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) y el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), entre otros entes de sociedad civil.
El CNA y el COHEP mediante un documento iniciaron manifestando que, existe un vacío en la titularidad del Poder Legislativo porque todavía está dividido en dos facciones, lo que genera incertidumbre y, según los hechos que se han observado, se ha violentado el derecho de petición, principio de legalidad, libertad de expresión y la facultad de representación soberana.
Sumado a esas situaciones que debilitan la democracia y el Estado de derechos, mencionan que están en contra del reciente «pacto de impunidad» surgido de la aprobación en el Congreso Nacional presidido por Luis Redondo, respecto al decreto «Código Bicentenario para la reconstrucción del Estado de derecho, constitucional, socialista y democrático, para que los hechos no se repitan».
De tal forma, reflexionan que, después de revisar el Artículo 5 sobre los Defensores de Soberanía Nacional, resaltan que en primer lugar debe entenderse que la amnistía extingue las acciones penales y las sanciones impuestas respecto de los delitos que se establecen en la ley.
Explican que la amnistía procede siempre que se compruebe que su sanción sobrevino de situaciones políticas, y los beneficiados no hayan lesionado otros bienes jurídicos en el ejercicio de su libertad de expresión.
De esa forma, destacan que si bien no pueden desconocer que algunos de los funcionarios que fungieron entre 2006-2009 tuvieron y tienen el derecho a la libertad de expresión para manifestar su oposición al golpe de Estado, esto no indica que, si realizaron actos de corrupción o delitos en contra de la Administración Pública, los mismos deberán quedar en impunidad, porque en ese caso estarían generando un precedente que podría ser fundamentado a hechos futuros de 2009.
El escrito señala que entonces, se estaría beneficiando a quienes hoy son responsables de las cuantiosas cifras que en concepto de corrupción el Estado pierde anualmente. Asimismo, establecen que no queda nada claro si con el decreto aprobado se estarían favoreciendo.
Por otro lado, argumentan que el CNA y el COHEP identificaron un total de 68 artículos que hacen referencia a distintos delitos con penas que van de uno a 15 años, que estarían siendo perdonados si se aplica la amnistía contemplada en dicho decreto y, que, en su mayoría, son delitos de corrupción o delitos comunes, es decir, que no son conexos a los delitos políticos.
Por esa razón, explican que resulta inconcebible que sean objeto de amnistía delitos contra la administración pública, delitos contra el patrimonio o propiedad, delitos contra la libertad, la seguridad interior del Estado, la fe pública y otros comunes, bajo la égida de los delitos políticos, puesto que dejará en impunidad actos de corrupción que ocurrieron en el ejercicio de sus funciones y no bajo el golpe de Estado.
Ambos entes pidieron a los congresistas dejar de sesionar mientras no se resuelva la legalidad del Congreso Nacional, pues amabas son inconstitucionales y resaltaron que “lo que ayer era malo, hoy sigue siendo malo”, mencionado también debe evitarse defraudar con acciones lesivas a más de 1.7 millones que votaron con civismo el pasado 28 de noviembre de 2021.
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SE ESCUDAN EN VIOLACIONES A PRESOS POLÍTICOS Y LOS EXILIADOS
Ante las diversas desaprobaciones y cuestionamientos, el diputado e integrante de la Junta Directiva de Redondo, Rasel Tomé, insistió que la amnistía se aplica únicamente a aquellos delitos que tienen motivación política y los comunes conexos y desestimó que se trate de un pacto de impunidad.
Además, Tomé se aferró a sus argumentos y expresó que se trata de la aplicación estricta a que menciona la Constitución de la República, siendo una facultad que también tienen como Congreso “para que los hechos no se repitan y caminar hacia la justicia”, debido a que no pueden condenar el golpe de Estado y dejar a las víctimas exiliadas y olvidar a los presos políticos durante un gobierno democrático.
Inclusive el ex fiscal y actual ministro asesor en materia de Transparencia y Combate a la Corrupción, Edmundo Orellana, reaccionó ante el decreto de amnistía para la Liberación de Presos Políticos y Presos de Conciencia aprobada anoche, y lo calificó como un nuevo “Pacto de Impunidad”.
Ante esto Orellana quien integra el gabinete de la presidenta Xiomara Castro, compartió el decreto de “amnistía” y resaltó las partes del documento que han generado malestar y controversia debido a su ambigüedad.
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LISTA DE DELITOS
Dentro del documento se resaltó el Artículo 5, donde en su primer inciso establece que, a las personas que se desempeñaron como funcionarios, empelados o autoridades electas durante la administración gubernamental del periodo comprendido del 27 de enero de 2006 al 28 de junio de 2009, que fueron victimas del golpe de Estado, requeridos, acusados o procesados criminalmente por oponerse o protestar en contra del golpe de Estado, y por actos propios de ejercicio de su función pública y procesos que fueron políticamente motivados.
La parte que ha generado rechazo menciona que, la amnistía amplia, absoluta e incondicional contempla una serie de delitos, los cuales se enumeran tanto en su grado de ejecución o tentativa:
- Abuso de autoridad
- Violación de los deberes de los funcionarios
- Malversación de caudales públicos
- Negociaciones incompatibles con el ejercicio de sus funciones públicas
- Fraude en perjuicio de la administración pública
- Enriquecimiento ilícito y falsificación de documentos públicos y privados
- Delitos cometidos por los particulares excediéndose en el ejercicio de los derechos que les garantiza la constitución
- Terrorismo, sedición, atentado
- Posesión ilegal de armas de guerra
- Tenencia y almacenamiento de munición de uso no comercial
- Usurpación, daños, robo, incendio
- Privación injusta de la libertad
- Tráfico ilegal de productos o subproductos forestales
- Apropiación de área forestal, roturación y roza
- Obstaculización de planes de manejo o planes operativos
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