Cárcel de El Porvenir, Francisco Morazán
San José.- En las últimas semanas, al menos 42
personas privadas de libertad han sido asesinadas dentro del sistema
penitenciario hondureño. De acuerdo con información confirmada por
organizaciones de derechos humanos, estas masacres ocurrieron el 14
diciembre en la cárcel de máxima seguridad La Tolva, en la que 5
personas fueron asesinadas; el 20 de diciembre en el centro penal de
Tela, Atlántida, en la que al menos 19 personas fueron asesinadas; y el
día de ayer, domingo 22 de diciembre, en el centro penal de El Porvenir,
Francisco Morazán, en que se han registrado alrededor de 18 muerte
violentas. Adicionalmente, numerosas personas han resultado heridas a
partir de estos acontecimientos.
Desde el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
condenamos enérgicamente estos hechos y denunciamos que el Estado de
Honduras ha fallado en su obligación de garantizar el derecho a la vida y
la integridad de las personas privadas de libertad. Todo lo contrario,
las autoridades hondureñas han profundizado las condiciones de riesgo
mediante medidas que violentan estándares internacionales de derechos
humanos.
A raíz de la primera masacre en La Tolva, el Poder Ejecutivo de
Honduras emitió el decreto PCM-068-2019, mediante el cual se declaró
estado de emergencia en el sistema penitenciario nacional; se suspendió
del ejercicio de las funciones a todas las autoridades superiores del
Instituto Nacional Penitenciario y del Instituto Nacional para la
Atención a Menores Infractores por un periodo de seis meses; y se ordenó
la militarización de todos los centros penitenciarios por ese mismo
periodo mediante el nombramiento de una Comisión Interventora integrada
en pleno por la Fuerza de Seguridad Interinstitucional Nacional
(FUSINA).
Aunque la militarización del sistema penitenciario hondureño no es un
hecho novedoso, resulta preocupante que esta sea la respuesta del
Estado ante el recrudecimiento de los hechos de violencia. En lugar de
tomar medidas para proteger a las personas privadas de libertad, con la
incorporación de militares en labores de seguridad y administración
penitenciaria, el Estado, más bien, las expone a nuevas violaciones de
derechos humanos.
Como ya ha indicado la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(Corte IDH) en sus sentencias contra Honduras, así como la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Comité contra la Tortura, y
el Relator Especial de la ONU sobre las Ejecuciones Extrajudiciales,
las fuerzas armadas no están capacitadas para realizar labores de
gestión y custodia penitenciarias, por el contrario, son las autoridades
de carácter civil, debidamente capacitadas en derechos humanos, las que
deben ocupar cargos dentro de la administración carcelaria.
Ante los recientes hechos, las organizaciones y personas defensoras
de derechos humanos han continuado su labor de acompañamiento de las
personas privadas de libertad; sin embargo, como represalia a su trabajo
están enfrentando amenazas contra su vida e integridad, así como
obstáculos a su labor de defensa de derechos humanos. Aunado a esto, las
y los familiares de las víctimas han denunciado que el Estado de
Honduras les ha negado el acceso a la información con respecto la
situación en las cárceles y les ha expuesto a procesos revictimizantes.
Frente a estos hechos, desde CEJIL llamamos al Estado de Honduras a:
Derogar el decreto PCM-068-2019 en que se faculta a las fuerzas
militares a realizar labores de administración penitenciaria por los
próximos seis meses; tomar todas las medidas para erradicar la
militarización que se ha instalado en las cárceles del país; y
garantizar que las autoridades de carácter civil sean las encargadas de
la administración carcelaria.
Crear un mecanismo en que se garantice la participación de sociedad
civil, de la CIDH y de la a Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) para dar respuesta oportuna a
la gestión y administración de los centros penitenciarios, así como
promover la investigación y juzgamiento de los responsables de los
hechos arriba enunciados.
Abstenerse de estigmatizar y obstruir la labor de defensa de derechos
humanos que ejercen personas y organizaciones que acompañan a la
población privada de libertad, y garantizar las condiciones necesarias
para que puedan realizar su labor libres de riesgos.
Dar cumplimiento a lo ordenado por la Corte IDH en las sentencias de los
casos López Álvarez y Pacheco Teruel y otros, emitidas desde 2006 y
2012 respectivamente. En particular a las medidas relativas a:
Adoptar las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra
índole necesarias para mejorar sustancialmente las condiciones de los
centros penitenciarios, adecuándolas a los estándares internacionales
Implementar programas de capacitación al personal civil y policial de los centros penales.
Implementar un programa de capacitación en derechos humanos de los funcionarios que laboren en los centros penitenciarios.
CEJIL enviamos nuestra solidaridad y condolencias a todas las
familias y seres queridos de quienes han sido víctimas de estas
masacres, en particular frente al dolor que puede implicar perder a un
familiar en las épocas festivas. Durante estas fechas nos mantendremos
vigilantes de que el Estado de Honduras tome todas las medidas
necesarias para garantizar la vida, integridad y derechos humanos de la
población privada de libertad.
https://defensoresenlinea.com/cejil-condenamos-masacres-de-al-menos-42-personas-privadas-de-libertad-en-honduras/
miércoles, 25 de diciembre de 2019
CEJIL: condenamos masacres de al menos 42 personas privadas de libertad en Honduras
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