En
los artículos 155, 157 y 160 del Código Penal hondureño, establece para
quienes cometen el delito de calumnia o falsa imputación, prisión de
dos a tres años; mientras que se establece la cárcel de uno a tres años
para quienes sean responsables de Injuria. Y a quienes incurran en
difamación, se impondrá la pena de injuria y calumnia, sumado un tercio.
En
su parte introductoria, el documento titulado “Propuesta para la
despenalización parcial de los Delitos contra el Honor”, C-Libre
menciona que, desde el enfoque de derechos, la convivencia social y
democrática pasa por el equilibrio entre los derechos al honor, a la
intimidad y la propia imagen, con respecto a la libertad de expresión y
el derecho a la información.
Desde
la producción de este documento, hace 12 años, la postura en relación a
los delitos contra el honor es que “no deben castigarse con la cárcel,
sino resolverse por la instancia civil”. Y así no perjudicar la libertad
de expresión, el derecho del público a la información y evitar la
autocensura.
Por
ello, el documento recomienda la aprobación en el país de una Ley de
Protección Civil de los Derechos al Honor, a la Intimidad Personal,
Familiar y a la Propia Imagen. De ello derivarán las acciones civiles
que provengan del ejercicio de libertad de expresión y no de la comisión
de delitos o faltas.
En la actualidad, C-Libre registra desde el año 2003, cerca de 40 procesos penales, de los cuales 15 están dirigidos contra periodistas.
Para ver el documento, click aquí.
http://www.clibrehonduras.com/index.php/noticias/987-conoce-usted-la-propuesta-de-c-libre-para-despenalizar-los-delitos-contra-el-honor
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