Domingo, 07 Octubre 2018 21:49
Written by
Dina Meza
Amnistía Internacional ha publicado la investigación “Américas: Situación de los Mecanismos de Protección para Defensores y Defensoras de los Derechos Humanos”, donde aborda las problemáticas existentes en los mecanismos de protección de las Américas, entre ellos el de Honduras, el cual carece de graves falencias que coloca grandes obstáculos en la desarticulación de los ataques a las personas defensoras de los derechos humanos.
En el continente americano, algunos países han establecido mecanismos de protección nacionales como medida para garantizar la seguridad de las personas defensoras de derechos humanos, así como la de otros grupos, como sindicalistas, periodistas y operadores de justicia. El propósito de este breve documento es presentar una evaluación de Amnistía Internacional sobre la implementación de los mecanismos nacionales en Brasil, Colombia, Honduras y México, así como evaluar las políticas públicas de protección de personas defensoras en Guatemala. Este análisis es el resultado de años de observación por Amnistía Internacional sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en la región y en su estrecha colaboración con las organizaciones de la sociedad civil y los movimientos sociales de cada país, señala el documento.
Amnistía Internacional ha publicado la investigación “Américas: Situación de los Mecanismos de Protección para Defensores y Defensoras de los Derechos Humanos”, donde aborda las problemáticas existentes en los mecanismos de protección de las Américas, entre ellos el de Honduras, el cual carece de graves falencias que coloca grandes obstáculos en la desarticulación de los ataques a las personas defensoras de los derechos humanos.
En el continente americano, algunos países han establecido mecanismos de protección nacionales como medida para garantizar la seguridad de las personas defensoras de derechos humanos, así como la de otros grupos, como sindicalistas, periodistas y operadores de justicia. El propósito de este breve documento es presentar una evaluación de Amnistía Internacional sobre la implementación de los mecanismos nacionales en Brasil, Colombia, Honduras y México, así como evaluar las políticas públicas de protección de personas defensoras en Guatemala. Este análisis es el resultado de años de observación por Amnistía Internacional sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en la región y en su estrecha colaboración con las organizaciones de la sociedad civil y los movimientos sociales de cada país, señala el documento.
Al final del texto de la investigación Amnistía Internacional señala recomendaciones a los Estados entre las que figuran una perspectiva integral de protección para las personas defensoras de derechos humanos; que las medidas de protección se decidan con las personas afectadas y que se destaque públicamente la labor legítima de quienes defienden los derechos fundamentales, entre otras recomendaciones.
Honduras: El Estado ya identificó las amenazas pero no las investiga
Amnistía Internacional describe que fue informado por el Estado de Honduras a través del Ministerio de Gobernación que “se ha identificado que los principales patrones de amenazas o ataques contra personas defensoras son el seguimiento por vehículos desconocidos, amenazas a través de redes sociales, sabotaje de sus vehículos personales, así como amenazas anónimas”.
Agrega que según información brindada por la Dirección General del Sistema de Justicia, el Sistema de Protección recibió, en los dos primeros meses de 2018, 262 solicitudes de protección de las cuales 173 se encontraban en trámite y 67 fueron denegadas por no cumplir con los requisitos establecidos en la ley de protección.
Sin embargo en la investigación queda al descubierto lo que se ha venido señalando por parte de defensores y defensoras de derechos humanos en Honduras sobre el triste papel que juega el Ministerio Público que linda con la complicidad de los perpetradores pues a pesar de tener conocimiento de los ataques, ninguna investigación se ha realizado que lleve a los responsables a tener sanciones de desmontarían los patrones de ataques y se rompería con el círculo de la impunidad.
Esta entidad que forma parte de los actores estatales dentro de la Ley de Protección para Defensores y Defensoras de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia, tiene además una precaria participación en el Consejo Nacional de Protección, en la mayoría de los casos ninguna persona es enviada para que participe de las reuniones y en el Comité Técnico llega pero pareciera que no asiste debido a que a pesar que allí los beneficiarios de la Ley señalan que sus expedientes “han desaparecido” o que sus denuncias no tienen avances investigativos, ni siquiera se opina nada y no hay rectificación de los errores.
“La organización ha tenido conocimiento que los representantes de esta institución no asisten sistemáticamente a las reuniones del Consejo Nacional”, destaca Amnistía Internacional al referirse a la Fiscalía.
Para Amnistía Internacional un mejor funcionamiento del Sistema quedaría asegurado si se refuerza la coordinación con la Fiscalía para lograr una investigación pronta y efectiva sobre los ataques y amenazas en contra de defensores y defensoras de derechos humanos.
Qué pasa en otros países?
En abril de 2016, se emitió el decreto 8724 que institucionalizó el Programa Nacional de Defensores de Derechos Humanos. 8 Según el Comité Brasileño de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, el decreto ha debilitado la protección de personas defensoras, ya que suprimió la participación de la sociedad civil en la coordinación nacional del programa, que desde su creación participaba en el proceso de análisis de riesgo, proponía estrategias de protección y de enfrentamiento a las cuestiones estructurales, y deliberaba en los casos de inclusión y exclusión del Programa.
En Colombia el mecanismo ha hecho algunos avances en relación con la adopción de un protocolo para la implementación de un plan de protección colectiva para personas defensoras y brindar protección a todo un grupo o comunidad en riesgo. Sin embargo, las medidas previstas siguen siendo principalmente individuales y ofrecidas por miembros de la policía.
Algunas organizaciones de la sociedad civil han denunciado que las medidas individuales como la asignación de un chaleco blindado no tienen en consideración el contexto, los enfoques diferenciales, etario y de género y en ocasiones, pueden acentuar el riesgo de las personas protegidas en zonas de conflicto armado. De igual manera este tipo de medidas no producirían efecto positivo toda vez que los riesgos son de carácter colectivo que no se mitigan mediante estas medidas físicas e individuales.
En Guatemala no existe un mecanismo único de protección como lo hay en los países antes mencionados. Sin embargo, la Comisión Presidencial sobre Derechos Humanos (COPREDEH), el Viceministerio de Gobernación, y el Ministerio Público poseen divisiones internas encargadas de la protección de personas defensoras de derechos humanos y de analizar patrones de ataques con el fin de adoptar medidas dirigidas a abordar sus causas estructurales.
En 2008, el Ministerio de Gobernación creó, mediante el Acuerdo Ministerial No. 103-2008, la Instancia de Análisis de Ataques Contra Defensores de Derechos Humanos con el objetivo de determinar y analizar los patrones de ataques contra defensores y defensoras de los derechos humanos. La instancia está conformada por un representante del Ministerio de Gobernación, un representante de la Dirección General de Inteligencia Civil y el jefe de la Unidad de Derechos Humanos de la Policía Civil.
Por su parte, la Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos (UDEFEGUA) informó a Amnistía Internacional que considera que la Instancia está institucionalmente desmantelada y que ya no cuenta con los recursos necesarios para garantizar la protección efectiva de defensores y defensoras de derechos humanos. UDEFEGUA lamenta que la mayoría de los casos que han sido incorporados dentro de su atención son policías y alcaldes considerados como operadores de justica, lo que, según la organización, resta atención a defensores en riesgo y permite priorizar sólo aquellos casos en donde la presión se ejerce de forma directa.
En lo que respecta al Mecanismo de Protección de México Amnistía Internacional ha notado que el enfoque mayoritario del Mecanismo al momento de brindar protección a quienes se encuentran en riesgo es muy restringido, pues éste está limitado a un catálogo de medidas que poseen un enfoque policial y reactivo, en vez de buscar medidas estructurales que aborden las causas subyacentes de la violencia contra defensores y periodistas. Además, se tienen en cuenta en los casos a todos los actores pertinentes en situación de riesgo, como la organización a la que está afiliada la persona o su familia.
RECOMENDACIONES
Amnistía Internacional valora los esfuerzos para la creación y establecimiento de herramientas para la protección de las defensoras y defensores de derechos humanos en la región. Sin embargo, la organización considera que la creación de mecanismos efectivos e inmediatos de protección debe venir acompañado de una política pública integral que atienda las causas estructurales que generan un contexto de riesgo para defensores y defensoras de derechos humanos.
Esta política debe contemplar un enfoque diferenciado que tenga en cuenta las necesidades de protección de personas defensoras de derechos humanos (género, etnia, edad etc.).
También debe existir un compromiso público de los Estados y de otros sectores responsables para garantizar la defensa de los derechos humanos sin temor a represalias.
En ese sentido, Amnistía recomienda a los Estados que:
• Incorporen una perspectiva integral sobre la protección de las personas defensoras de los derechos humanos en la legislación, planes, programas y políticas que se creen en la materia, de tal modo que se tomen medidas para combatir las causas estructurales que incrementan los riesgos y ataques contra estas personas, tales como la impunidad, la estigmatización y la discriminación.
• Reconozcan públicamente, desde los más altos niveles de las autoridades locales y nacionales, la labor legítima que realizan las personas defensoras de derechos humanos.
• Promuevan y difundan ampliamente la Declaración de las Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos.
• Implementen campañas públicas de difusión de las herramientas de protección de personas defensoras.
• Garanticen amplios procesos participativos de la sociedad civil durante la adopción de normativas y mecanismos de protección para personas defensoras de derechos humanos
. • Adopten enfoques preventivos y colectivos dentro de las estrategias de protección que se ofrecen a personas defensoras de derechos humanos.
• Aseguren que las medidas de protección adoptadas se decidan en consulta con las personas afectadas y de acuerdo a sus deseos.
Capaciten de forma constante y continua a funcionarios y funcionarias públicos sobre el marco internacional del derecho a defender derechos humanos.
• Asignen los recursos humanos, físicos y financieros para la ejecución de las actividades necesarias para la protección de personas defensoras.
• Fortalezcan la coordinación entre los mecanismos y las autoridades a cargo de investigación penal, con el objetivo de coordinar e impulsar investigaciones de forma pronta, exhaustiva, independiente e imparcial a los ataques, amenazas y agresiones contra defensoras y defensores de derechos humanos, y lleven ante la justicia a los responsables tanto de carácter material como intelectual.
Lea el estudio completo Aquí
http://www.pasosdeanimalgrande.com/index.php/es/contexto/item/2300-amnistia-internacional-publica-estudio-sobre-la-situacion-de-los-mecanismos-de-proteccion-para-defensores-y-defensoras-de-ddhh
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