19 de Marzo de 2014-10:13AM
- Redacción:
Norma Pineda. Redacción La Prensa
norma.pineda@laprensa.hn
San Pedro Sula, Honduras.
El Congreso Nacional reformó el artículo 23 de la Ley contra
la Violencia Doméstica y que establece que no se podrán publicar procesos
sobre este delito
San Pedro Sula, Honduras.
Las
organizaciones que luchan por los derechos de la mujer lamentan que se
estén aplicando leyes en Honduras que protegen a los agresores.
El Congreso
Nacional reformó hace unos meses la Ley contra la Violencia Doméstica e
impide que los medios de comunicación hagan públicos los procesos sobre
este delito.
El 6 de
septiembre de 2013, el Legislativo reformó el artículo 23 de la referida
norma, en la que se indica, en el inciso ocho, que los medios de
comunicación se abstendrán de publicar o divulgar información
relacionada con los procesos de violencia doméstica, sean estos
realizados en sede administrativa o judicial.
El numeral
señala que los medios de comunicación que publiquen noticias de
violencia doméstica serán sancionados con una multa de 10 a 25 salarios
mínimos en su valor más alto.
También
sanciona a los funcionarios administrativos o judiciales que revelen
información que viole el derecho a la intimidad de la víctima.
En el Juzgado
contra la Violencia Doméstica fueron interpuestas en los dos primeros
meses del año 561 denuncias, de las cuales 484 corresponden a mujeres
agredidas y 77 a hombres. El año pasado en esta sede judicial llegaron a
denunciar 3,036 mujeres y 420 hombres.
La diputada
Welsy Vásquez expresó que, como periodista, la considera una violación a
la libertad de expresión en Honduras. “No estuve en la discusión de esa
ley, pero al leerla considero que es una clara violación y hasta habla
de multar a los medios de comunicación. Creo que algo incorrecto porque
el deber de los medios es informar. ¿Qué tal si se trata de un
funcionario público que haya cometido violencia doméstica? No se tendrá
acceso a esa información”.
La
parlamentaria agregó que algo se esconde tras la reforma del artículo 23
de la Ley contra la Violencia Doméstica. “Según las estadísticas que
manejo hay un informe que indica que el 10% de los funcionarios públicos
habrían cometido violencia doméstica y habrían sido denunciados en el
Ministerio Público”.
Yadira Minero,
coordinadora del programa Mujer y Trabajo Digno, del Centro de Derechos
de Mujeres), comentó que la reforma no se socializó con las
organizaciones que defienden los derechos de las mujeres e indicó que no
se hizo ninguna publicidad, sino que solo se publicó.
“Consideramos
que tiene la receta de que no se denuncien muchos funcionarios públicos o
gente de poder en el país y que no quieren que la gente se dé cuenta.
Toda persona que sea funcionario o que lo ostente se debe revisar si hay
denuncias en su contra, no solo de violencia doméstica, para saber si
tiene suficiente ética”.
Minero dijo que
la mujer que denuncia ante un medio su caso es porque quiere que se
conozca sobre la violencia a la que es sometida.
“La sanción es
mucho más fuerte para quien hace la publicación que lo que establece la
Ley para el agresor. El trasfondo es proteger a las personas que están
ostentado el poder en este país y que tienen denuncias por violencia
doméstica”.
Laura Rivera,
coordinadora del Juzgado Especial contra la Violencia Doméstica,
manifestó que sí hay un control contra los medios de comunicación que
“va más que todo a proteger los derechos de la intimidad tanto de la
víctima como de su familia”.
“No se puede
publicar el contenido de las denuncias que obran en sede administrativa y
entendemos las denuncias que están en la DNIC y en las estaciones de la
Policía y Ministerio Público”, explicó la jueza.
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