ABAJO: Informe por Dr. Juan
Almendares
DOCUMENTAL:
10 minutos, por Steven
Schnoor, danos a la salud y al medio-ambiente causado por Goldcorp en Honduras :
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INFORMACION
Dr. Juan Almendarez, almendarez.bonilla@gmail.com
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OPERACIÓN ENCUBIERTA:
GOLDCORP (ENTRE MARES) & GOBIERNO DE HONDURAS ESCONDEN
INFORMACION
SOBRE NIÑAS, NIÑOS Y ADULTOS CONTAMINADOS
Por Dr. Juan
Almendarez, septiembre de 2011
(El autor es
ex-Decano de la Facultad de Ciencias Médicas y ex-Rector de la Universidad
Nacional Autónoma de Honduras)
* *
*
En mi
calidad de médico, fisiólogo e investigador científico, siendo miembro del
Colegio Médico de Honduras, y bajo el principio de una ciencia con conciencia
social y ética, me permito presentar el resumen de nuestras consideraciones
sobre el Dictamen Forense relacionado con la determinación de metales y otras
sustancias en la sangre y orina de un segmento de la población del Valle de
Siria, Honduras, debido a la operación de la mina de oro de Goldcorp (Entre
Mares).
El Dictamen
Forense es un informe del gobierno de Honduras en base a exámenes de sangre y de
orina realizados por el gobierno de Honduras en 2007. Fue hasta cuatro anos
después que el gobierno de Honduras por fin empezó a revelar los
resultados.
1- PROPÓSITO
Analizar el
Dictamen Forense (Registro de Laboratorio Criminalístico y de Ciencias Forenses:
4046-2007, Registro Laboratorio Químico Toxicológico 1669-2007) del Gobierno de
la Republica de Honduras, referente a datos de laboratorio de 61 personas de la
comunidad de El Pedernal, y una persona de la comunidad de Nueva Palo Ralo, del
Valle de Siria, Honduras, que han estado expuestas a la industria extractiva
minera a cielo abierto a base cianuro – la mina “San Martín” de Goldcorp (Entre
Mares).
2- INTRODUCCIÓN
La
exploración y explotación minera en el Valle de Siria (en los municipios de San
Ignacio, Cedros y El Porvenir), es a partir de 1995 y se intensifica después del
Huracán Mitch (1998). La Ley General de Minería fue aprobada el 30 de noviembre
de 1998, un mes después del Huracán Mitch y fue publicada en la Gaceta el 6 de
febrero de 1999 y se puso en ejecución en el año 2000.
Se aprobó
esa Ley General de Minería sin participación o debate publico, durante una
sesión extraordinaria del Congreso de Honduras, durante la crisis ocasionado por
el Huracán Mitch.
La operación
minera en el Valle de Siria es el proyecto “San Martín” cuya empresa propietaria
inicial era la Glamis Gold Limitada y posteriormente Goldcorp Inc. En Honduras
el proyecto San Martín (explotación minera intensiva a cielo abierto, a base de
cianuro) aparece registrado bajo la Empresa Sociedad Minerales Entre Mares
Honduras, S.A. , subsidiaria de la Goldcorp Inc. El contrato de concesión minera
fue firmado el 10 de Enero del 2000.
En la décima
cláusula de la concesión minera proyecto San Martín, se cita lo
siguiente:
“El presente contrato se cancelará por: Cuando se afecte o
perjudique el agua, el aire, fauna, flora, a la comunidad y en general al
sistema ecológico nacional, será motivo suficiente para que la Dirección de
Fomento a la Minería dé por cancelado el presente contrato de Concesión
Minera.”
El área
concesionada a Goldcorp (Entre Mares) consiste en 23,000 hectáreas en el Valle
de Siria, que comprende las jurisdicciones de los municipios de San Ignacio, El
Porvenir y Cedros.
UNA ONZA = 20 TONELADAS DE ROCA y TIERRA
Para extraer
una onza de oro, la minera remueve 20 toneladas de roca y tierra; usa entre 200
a 320 galones de agua por minuto. La empresa ha llegado a emplear mas de 60 mil
galones diarios de agua durante las operaciones. En términos del agua, el
resultado fue la contaminación y la carencia de agua en las comunidades y, por
esto, un impacto negativo en la salud humana y animal, y el agravar la
pobreza.
ESTUDIOS ANTERIORES
En 2004, se
detecto la contaminación de arsénico (DEFOMIN 2004) en la Nueva Palo Ralo
durante cuatro años, proveniente de un pozo para agua de consumo humano.
Pobladores estuvieron tomando agua contaminada con arsénico que excedían
significativamente las cifras de la Organización Mundial de la Salud
(OMS).
Nueva Palo
Ralo es una comunidad desplazada por Goldcorp (Entre Mares); como parte de la
reubicación obligada de la Nueva Palo Ralo, la compañía Goldcorp construyo este
pozo, y unos 4 a 5 años después, lo cerró, sin mayor comunicación a los
pobladores.
En 2006, un
análisis de agua de consumo humano de la comunidad del Pedernal (F. Bianchini
2006) revelo las cifras de:
•
Arsénico 330
ug/L (OMS valor normal 10 ug/L)
•
Plomo 160
ug/L (OMS 10 ug/L)
•
Cromo
hexavalente 220 ug/L (OMS 50ug/L)
El plomo y
el arsénico también fueron determinados en sangre en diez personas de El
Pedernal y Nueva Palo Ralo quienes, en el 100% de los casos, presentaban cifras
consideradas peligrosas por la OMS.
Una niña de
Nueva Palo Ralo tenia valores en sangre (F. Bianchini 2006) de 173 ug/dl Plomo y
263 ug/dl de Arsénico. La niña presentaba parálisis motora en miembros
inferiores de carácter progresivo ascendente y murió a los cinco años de edad el
25 de septiembre 2010.
En
septiembre 2006, como respuesta a los estudios de Bianchini, la Secretaría de
Recursos Naturales y Ambiente(SERNA) ratificó la contaminación del Valle de
Siria. El 25 de julio del 2007, la SERNA penalizó a la Entre Mares (Goldcorp)
al pago de una multa de un millón de lempiras, por medio de la resolución
administrativa 30-R 2007, por contaminar el medio ambiente.
En 2008,
además, monitoreos de la calidad de agua por parte del gobierno (Laboratorio de
Calidad de Agua y de Contaminantes Químicos – (CESCO), en enero, febrero, marzo
de 2008) y por parte de Caritas (Iglesia Católica) determinaron la existencia de
cifras por arriba de lo normal de Plomo, Cadmio y Calcio en el agua de consumo
humano de El Pedernal y el Escanito. No investigaron
arsénico.
DENUNCIAS DE CONTAMINACIÓN Y PROBLEMAS DE SALUD DESDE EL
PRINCIPIO
Desde la
aprobación del proyecto San Martín, el Comité Ambiental del Valle de Siria – y
varias organizaciones Hondureñas - han protestado mediante movilizaciones y
gestiones formales ante el Congreso Nacional, Ministerio Publico, Secretaria de
Salud, Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA); sin embargo se ha
hecho caso omiso a las denuncias y se negado información sobre la contaminación
ambiental y humana.
Desde 2004,
Derechos en Acción (Rights Action) - y otras organizaciones internacionales -
han denunciado los diversos daños al ambiente y a la salud, ante Goldcorp Inc.
en Canadá, ante varios de los inversionistas institucionales en Goldcorp, ante
la prensa, y ante el Parlamento Canadiense y oficiales de sucesivos gobiernos
Canadienses; igual se ha hecho caso omiso a las denuncias.
ESTUDIO DEL GOBIERNO DE HONDURAS – 2007
Las
presiones de la comunidad nacional e internacional sobre el impacto de la
minería en la salud y en el medio-ambiente obligaron al gobierno de Honduras, en
el 2007, a realizar un estudio en 62 personas … pero los resultados de estos
exámenes no fueron entregados a las victimas hasta en abril del
2011!
En febrero
2008, Goldcorp (Entre Mares) anuncio su Plan de Cierre, formalizando el proceso
en abril del mismo año, sin tomar en cuenta las opiniones de las comunidades en
cuanto a los daños al medio-ambiente y a la salud; ignorando los resultados del
Estudio Formal del gobierno de Honduras, de 2007 – cuyos resultados se encubrían
hasta 2011.
(Aun cuando
se ha hablado ampliamente del Plan de Cierre, casi todo el mundo cree que
Goldcorp (Entre Mares) tenia en 2008, y tiene aun hoy día, el deseo y la
intención de seguir minando en Honduras y en la Valle de
Siria.)
La operación
del Plan de Cierre fue duramente criticada en noviembre 2008 por la visita a la
zona de impacto minero por Dr. Paúl Younger, Profesor de Ingeniería Geoquímica
de la Universidad de New Castle, Inglaterra, quien declaró el peligro del
drenaje ácido que había producido Goldcorp (Entre Mares), y que estaba
ocasionando la contaminación de metales pesados que podría perdurar
por más de un
siglo.
3- SÍNTESIS DEL DICTAMEN FORENSE - 2007
La Dirección
de Medicina Forense Laboratorio Criminalístico y de Ciencias Forenses, Luis
Vidal Ramos Reina, emitió un Dictamen Forense el 16 de octubre del 2007 sobre el
análisis de muestras de sangre y orina de 61 personas del Pedernal y un caso del
Nueva Palo Ralo, con el objeto de determinar la contaminación de metales pesados
y otras sustancias químicas. Los análisis fueron realizados el 16 de agosto del
2007 y … entregados hasta cuatro años después a las personas
examinadas.
Se
determinaron las concentraciones peligrosas de: cianuro, plomo, mercurio y
arsénico. La muestra se dividió en dos grupos:
El grupo de
“casos”, los que presentaban manifestaciones clínicas de enfermedad, y el grupo
de “referencias”, los que no tenían tales manifestaciones tan
drásticas.
Se
organizaron los datos de tal forma que separamos 61 “casos” y “referencias” del
Pedernal y un caso de Nueva Palo Ralo, lo que representan los 62 casos
estudiados, y dividimos la población en niños y niñas (67%), y adultos: hombres
y mujeres que representan el 33% del total de la muestra del
Pedernal.
Algunos
valores de Plomo en niños son mayores de 30 ug/dl.
Solo
presentamos los datos de plomo porque fue el único metal estudiado en la sangre.
Desconocemos porque no estudiaron el arsénico y el mercurio en la
sangre.
Las
concentraciones de plomo tanto en los casos, como en las referencias, exceden
los valores de la OMS de 10 ug/dl (ver cuadro No 1 y cuadro
No2).
CUADRO NO.
1
Resultado de
toma de muestras en niños y niñas (Pedernal)
Tamaño de la
muestra: 41 (20 niños y 21 niñas)
Numero de
casos: 18 (8 niños y 10 niñas)
Numero de
referencias: 23 (12 niños y 11 niñas)
CATEGORÍAS VALORES PROMEDIO DE PLOMO EN
SANGRE, UG/DL
Casos
13,61
Referencias
12,97
Niñas
14,08
Niños
12,38
Niñas/Casos
14,17
Niños/Casos
12,90
Niñas/Referencias
13,99
Niños/Referencias
12,04
CUADRO NO
2
Resultado de
toma de muestras en adultos (Pedernal)
Tamaño de la
muestra: 20 (6 hombres y 14 mujeres)
Numero de
casos: 14 (5 hombres y 9 mujeres)
Numero de
referencias: 6 (1 hombre y 5 mujeres)
CATEGORIES VALORES PROMEDIO DE PLOMO EN
SANGRE, UG/DL
Casos
12,47
Referencias
11,47
Mujeres
11,33
Hombres
14,12
Mujeres/Casos
11,30
Hombres/Casos
14,56
Mujeres/Referencias
11,39
Hombre/Referencias
11,87
En el caso
de Nueva Palo Ralo (los pobladores nos han autorizado a dar esta información),
los valores de plomo en sangre son 13.4 ug/dl; sin embargo los valores en
estudios previos eran peligrosos a la salud según las cifras de la OMS tanto
para el plomo como de arsénico en sangre,(F. Bianchini 2006).
La
evaluación clínica de este caso presenta hiperpigmentación, trastornos de
coordinación, parestesias compatibles con intoxicación crónica de arsénico y
plomo.
El Dictamen
Forense concluye, en cuanto al Plomo:
“El valor promedio de plomo en sangre total en el grupo
identificado “caso” es de 13,33 ug/dl, y no presenta diferencias significativas
con el grupo identificado como “referencia” que tiene un valor promedio de 12,38
ug/dl.”
“Algunos pacientes de ambos grupos sobrepasan a los valores de
referencias externos, según lo indicado para su edad u otras
condiciones.”
“Entre los valores de referencia que cita el Dictamen Forense, se
encuentran los del CDC (Centro de Prevención y Control de Enfermedades, de los
Estados Unidos de America) y de la OMS para adultos.
4- OBSERVACIONES E INTERPRETACIÓN DEL DICTAMEN
FORENSE
No existe la
línea de base con respecto a las concentraciones de metales pesados,
semi-metales u otras sustancias químicas antes de la explotación minera por
Goldcorp (Entre-Mares).
En
reiteradas ocasiones tanto DEFOMIN, CESCO (organismos del Estado de Honduras),
como los estudios de F. Bianchini y el Dictamen Forense en mención, dan
evidencia de que existe la presencia de metales pesados en el agua de consumo
humano como en la sangre de las personas expuestas a la industria minera en el
Valle de Siria que exceden las cifras recomendadas por la OMS y ponen en peligro
la salud.
El Dictamen
Forense solo contempla la determinación de plomo en sangre, arsénico y mercurio
en orina. Sin embargo de acuerdo a los criterios técnicos era obligado practicar
la detección de mercurio, arsénico en sangre y también de otros metales como
cadmio, manganeso, cromo, níquel, que existen antecedentes de estar elevados en
el agua de consumo humano.
La
no-detección sistemática tanto de cianuro, metales y semi-metales y el no
seguimiento de las condiciones de salud de la población expuesta refleja no solo
incapacidad del Estado en el monitoreo, sino de una gran irresponsabilidad tanto
del Gobierno como de la empresa Goldcorp (Entre Mares) con respecto a la vida
humana y a la salud ambiental. Mas allá de esta irresponsabilidad, demuestra
que conjuntamente participaron en encubrir, durante 4 años, esta información;
empeorando así la situación de salud de las personas afectadas y dañadas por la
operación minera de Goldcorp.
Nuestros
propios estudios clínicos en comunidades afectadas por la mina de oro de
Goldcorp, durante los últimos diez años, sobre graves problemas de salud en
piel, cabello, vías respiratorias, sistema nervioso, ojos, son explicables por
la contaminación de metales pesados y potencialmente peligrosos para la salud de
la presente y futura generación.
El plan de
cierre de Goldcorp (Entre Mares) se realizo post factum, o sea después del
desastre minero durante casi una década. Se ignoro los resultados de todos los
estudios anteriores. Se ignoro (y se escondió) los resultados del estudio
gubernamental de 2007. No se considero al Comité Ambiental del Valle de Siria,
ni tampoco a profesionales de la salud y la ecología.
A parte de
todo lo arriba expuesto, de acuerdo a técnicos nacionales e internacionales,
existe drenaje acido ocasionado por la empresa minera que de no corregirse
afectara al Valle de Siria por mas de un siglo con la consecuente liberación de
metales pesados.
No obstante
que Goldcorp (Entre Mares) fue multada por un millón de lempiras (casi 50 mil
dólares) por la Ministra de Recursos Naturales y Ambiente por contaminación, fue
eximida de pago por la Corte Suprema de Justicia porque DEFOMIN no evidencio
contaminación. Lo cual indica corrupción tanto por la empresa como por la
institución del Estado.
EL OCULTAMIENTO DOLOROSO DE LA INFORMACIÓN DE LOS DATOS DE
LABORATORIO DE LAS PERSONAS EXAMINADAS
Los datos
del plomo, según las recomendaciones del CDC y de la OMS, eran suficientes para
indicar un estudio mas serio y responsable y dar seguimiento a los casos, sobre
todo a los niños i niñas que, al estar en crecimiento óseo y cerebral, están
mas
expuestos
dañinos severos sobre todo por el plomo.
5- CONCLUSIONES
Que el
Dictamen Forense, según las recomendaciones del CDC y de la OMS, indica que
existe contaminación seria de plomo en las personas examinadas del
Pedernal.
Que la
ausencia de estudios del gobierno en sangre de mercurio, arsénico y otros
metales y semimetales es incomprensible y parece ser de negligencia intencional
- urge realizar estos estudios.
Que existe
responsabilidad jurídica, ética y social de parte del gobierno de Honduras y de
parte de Goldcorp Inc. al ocultar la información por casi cuatro años a las
personas a quienes se le practicaron los exámenes de
laboratorio.
En base a
estudios previos de laboratorio, clínicos y a la existencia de drenaje acido, la
situación de daños ambientales y en la salud humana son graves y potencialmente
con el curso de los años serán mas severos.
6- RECOMENDACIONES
Practicar un
estudio epidemiológico y ecotóxico en la población y ambiente del Valle de
Siria, valorando metales pesados, semimetales y otras sustancias químicas tanto
en el agua superficial, subterránea, suelos y polvo; así como un monitoreo
sistemático de los habitantes del San Ignacio, el Porvenir y Cedros y áreas que
han sido objeto del impacto minero.
Practicar un
estudio epidemiológico longitudinal (cohorte) para evaluar los daños a la salud
física y mental por plomo, arsénico y otros metales y
semimetales.
Investigar
la muerte prematura de la niña de Nueva Palo Ralo quien presentaba cifras altas
de plomo y cianuro.
Indemnizar,
por parte de la empresa Goldcorp Inc., a la población del Valle de Siria por
daños a la salud humana, vegetal y animal así como otros impactos ambientales
sociales y económicos. El plan de indemnización tiene que ser una combinación
de compensación económica a las familias y comunidades dañadas, y de un plan de
atención medica a corto y largo plazo, según los síntomas y necesidades médicas,
psicológicas y sociales de cada persona y familia afectada.
* *
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Por Dr. Juan
Almendarez, septiembre de 2011
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