miércoles, 1 de junio de 2016

Honduras: Dirigente magisterial criminalizado por supuesto apoyo a protestas estudiantiles

Dirigente magisterial criminalizado por supuesto apoyo a protestas estudiantiles
Escrito por Redacción conexihon | Mayo 31 del 2016
Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- El Ministro de Educación, Marlon Escoto, a través de autoridades de esta dependencia, inició el proceso para la destitución del presidente del Colegio de Profesores de Educación Media (COPEMH), Jaime Atilio Rodríguez.
Ese anunció trascendió por medios de comunicación locales que reportaron que el ministro Escoto estigmatizó y criminalizó a Rodríguez como “promotor de una campaña” contra el estatal programa de Alfabetización, impulsado por la Secretaría de Educación, además alegan que abandonó su plaza de trabajo aunque ha estado cumpliendo su labor como dirigente gremial.
 Los estudiantes de secundaria mantienen tomados diferentes institutos públicos a nivel nacional desde hace varias semanas en protesta porque consideran que este programa les afecta su seguridad y su economía.
De acuerdo con publicaciones periodísticas, a Rodríguez le habían quitado la licencia con goce de sueldo, mediante un oficio en el que, entre otras cosas, manda a revocar los efectos del acuerdo 1728-DDEFMM-2016 del 24 de febrero de 2016. El citado acuerdo le otorgaba una licencia con goce de sueldo para desempeñar su labor como líder de una organización gremial.
C-Libre recuerda al gobierno que la libertad de expresión es un derecho humano fundamental, tutelado por instancias nacionales e internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
De acuerdo con la norma internacional, vigente en la legislación interna, el derecho a protesta forma parte del derecho a la libertad de expresión.
 La Convención Americana establece en su a artículo 13 que “toda persona tiene derecho a la libertad de  pensamiento  y  de  expresión.  Este  derecho  comprende  la  libertad  de  buscar,  recibir  y  difundir  informaciones  e  ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por  cualquier  otro  procedimiento  de  su  elección”.
“El  ejercicio  del  derecho  previsto  en  el  inciso  precedente  no puede  estar  sujeto  a  previa  censura  sino  a  responsabilidad es  ulteriores,  las  que  deben  estar  expresamente  fijadas por  la  ley  y  ser  necesarias  para  asegurar:  (a)  el  respeto  a  los  derechos  o  a  la  reputación  de  los  demás,  o  (b)  la  protección  de  la  seguridad  nacional,  el  orden  público  o  la  salud  o  la  moral  públicas”.  
Adicionalmente, la acción del ministro “se puede catalogar como una injerencia antisindical que violenta el convenio 87 y 98. El Estado está obligado a proteger, además de que el Estatuto del Docente lo establece, lo establecen también sus leyes orgánicas que son como sus contratos colectivos” para los maestros, señaló el especialista en derecho laboral, Fredín Fúnez.
Los dirigentes magisteriales están protegidos por el fuero sindical, según el experto. “Por el desempeño de cargos en sus organizaciones gremiales”, dicha protección es basada en el convenio 87 y 98 de la  Organización Internacional del Trabajo (OIT), que salvaguarda a toda organización que tiene como objetivo o finalidad la defensa de los trabajadores. El fuero sindical es definido como el conjunto de normas tendiente a garantizar la estabilidad en el empleo del trabajador o dirigente, con el objeto de asegurarle el ejercicio normal de sus actividades sindicales". 
http://conexihon.hn/site/noticia/libertad-de-expresi%C3%B3n/dirigente-magisterial-criminalizado-por-supuesto-apoyo-protestas

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