Escrito por OFRANEH | Septiembre 7 del 2015 Secciones: Pueblos Indigenas
Sambo Creek, Atlántida (Conexihon).-
El pasado de 22 y 25 de agosto la Corte Interamericana de Derechos
humanos (Corte IDH) realizó una visita in situ a las comunidades
Garífunas de Triunfo de la Cruz y Punta Piedra, en el marco de los casos
que ha venido ventilando la OFRANEH ante el Sistema Interamericano de
Derechos Humanos, por los despojos territoriales perpetrados en contra
de las comunidades Garifunas y la denegación del Derecho a la Consulta,
Previa, Libre e Informada.
Triunfo
de la Cruz y Punta Piedra, al igual que la mayoría de las comunidades
Garífunas han sufrido un saqueo histórico por parte de la elite de
poder, que en contubernio con el Estado de Honduras y sus instituciones
se han dedicado de forma premedita a apoderase tanto de los hábitats
funcionales de las comunidades como de terrenos dentro de las
comunidades, en nombre de un supuesto desarrollo turístico y la
expansión de los cultivos de agrocombustibles.
A
partir de la década de los años 90, se dio inicio a un proceso de
titulación parcial supuestamente a beneficio del pueblo Garífuna, al
mismo tiempo que se emitió la Ley de Municipalidades, con la cual se
incluyeron mucha de las comunidades dentro de los cascos urbanos de las
municipalidades, situación que ha conllevado a un despojo del territorio
ancestral.
Los
títulos emitidos a favor del pueblo Garífuna por el Instituto Nacional
Agrario (INA), excluyeron los habitas funcionales, los que pasaron a ser
tuteladas por instituciones del Estado, supuestamente encargadas de
velar por los recursos forestales y marinos.
El
saqueo sistemático de nuestro territorio esta íntimamente ligada a la
corrupción imperante en el país, la que se recrudeció de forma
exponencial a partir del golpe de estado del año 2009, ante la
demolición del estado de ley y el asalto perpetrado a las instituciones
desde el Congreso Nacional.
La presencia de los delegados de la Corte IDH y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en las comunidades
Triunfo
de la Cruz y Punta Piedra recibieron de forma efusiva las delegaciones
de juristas internacionales, ante el largo lapso transcurrido entre los
despojos y la posible resolución a los conflictos a través de las
sentencias que emitirá la Corte IDH, las que tendrán una enorme
trascendencia para los Garífunas y demás pueblos indígenas del
continente.
Miembros
de las comunidades rindieron declaraciones sobre las violaciones a sus
derechos territoriales ancestrales y solicitaron a la la Corte IDH la
resolución de los conflictos, que el Estado de Honduras se ha negado de
solucionar, ante el contubernio existente entre empresarios y políticos.
Las
comunidades resaltaron el racismo existente en Honduras, sus múltiples
manifestaciones y la falta de sutileza del Estado en el manejo de las
relaciones ínter raciales, las que mas bien ha exacerbado, destruyendo
el frágil tejido social. El Alcalde de Tela, el Sr. Mario Fuentes,
insistió en negar la existencia del el racismo en Tela, eal mismo tiempo
que acarreó a los miembros del sindicato de su Municipalidad, a los que
se les canceló una deuda con 22 manzanas de tierra, pertenecientes a la
comunidad de Triunfo de la Cruz; y hasta la fecha los ex trabajadores
de la municipalidad insisten en ser los legítimos propietarios de los
terrenos comunitarios.
La
Corte IDH pudo constatar los diversos señalamientos de usurpación,
muchos de ellos cometidos hace más de dos décadas, además de visitar el
Parque Nacional Punta Hizopo, el que ha sido manejado como una propiedad
privada del extinto Miguel Facusse. Punta Hizopo forma parte del
hábitat funcional de Triunfo, comunidad que no fue consultada para la
creación de un parque nacional, como lo indica el Convenio 169 de la
OIT.
Además
la comitiva de la Corte IDH y la Comisión Interamericana, visitó el
territorio de Punta Piedra y Cusuna en donde Ramón Lobo – hermano del ex
presidente Porfirio Lobo- pretende imponer un proyecto de extracción de
hierro, al que las comunidades Garífunas del Municipio de Iriona se
opone de forma rotunda. Finalmente se movilizaron a Río Miel, comunidad
mestiza que surgió de la invasión a la comunidad Garífuna de Punta
piedra, promovida por el general Castro Kabus en el año de 1992.
La restitución del estado de derecho como un imperativo
Buena
parte de la problemática del pueblo Garífuna, surge de la inexistencia
de un Estado de ley en el país, en el cual las leyes son creadas o
retorcidas a la medida de los intereses de la elite de poder.
Honduras
se ha destacado por su corrupción y el desacato a las layes
institucionalizado por las dictaduras militares y civiles que ha
sufrido. A partir del golpe a la Corte Constitucional (12-12-12)
promovido desde el Congreso nacional por el actual mandatario Juan
Hernandez, la crisis del estado de derecho se incrementó. El golpe fue
originado por el fallo en contra de las ciudades modelos, emitido en
octubre de 2012 por la Corte de lo Constitucional, dando de esta forma
un golpe mortal a uno de los pilares económicos de la dictadura civil
nacionalista, la que a través de las Ciudades Modelo ha pretendido
subastar el país al capital extranjero.
La
espiral de violencia en la que se ha sumido Honduras se encuentra
relacionada de forma directa con la impunidad y colapso del estado de
derecho. De ahí que se convierte en un imperativo la restitución del
estado de ley, el cual ha sucumbido en manos de un grupúsculo dedicado
al saqueo de las instituciones estatales.
Las sentencias de la Corte Interamericana sobre las demandas de las comunidades Garifunas de Punta Piedra y Triunfo de la Cruz.
El
caso de Punta Piedra constituye una oportunidad para profundizar la
jurisprudencia del sistema interamericano de derechos humanos sobre la
obligación del Estado de crear las condiciones para que la propiedad de
los pueblos indígenas sobre sus tierras, territorios y recursos
naturales pueda ser ejercida de manera pacífica y sin amenazas a su
forma de vida, organización social, usos y costumbres tradicionales.
Adicionalmente, se podrá profundizar la jurisprudencia en cuanto al
derecho a la tutela judicial efectiva de los pueblos indígenas cuando, a
pesar de contar con un título de propiedad en su favor, no cuentan con
mecanismos coercitivos para hacer valer sus derechos frente a amenazas e
invasiones de terceros no indígenas.
En
el caso del Caso de Triunfo de la Cruz lo que se espera es que se
genere una sentencia no solamente para que se le restituyan las tierras a
la comunidad de Triunfo de La Cruz sino que se implemente en el país
una Ley sobre la Consulta y Consentimiento Previo Libre e Informado que
se requiere para que los proyectos a implementar sean consultados con
las comunidades.
http://conexihon.hn/site/noticia/derechos-humanos/pueblos-indigenas/honduras-visita-de-la-corte-idh-comunidades-gar%C3%ADfunas-y
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