Escrito por Redacción en Miércoles, 5 de febrero 2014 - 13:28
Alvarado quien es el director del noticiario "Mi Nación", también podría ser sentenciado a un año cuatro meses de arresto por ser la persona señalada como el "autor penalmente responsable del delito consumado de Difamación por expresiones constitutivas de injurias en perjuicio de la señora Belinda Flores".
El hecho se produjo en el año 2006
cuando el periodista facilitó su espacio informativo al catedrático
universitario de la Facultad de Ciencias Económicas Carlos Gustavo
Villela, para denunciar el tráfico de equivalencias por parte de la
Decana de la Facultad de Economía de la UNAH, Belinda Flores.
De igual manera Alvarado brindó
cobertura a un oficio emitido por la Asociación de Docentes de la
Universidad Nacional Autónoma de Honduras (ADUNAH), en donde también se
manifestaba el malestar por parte de la Asamblea ante el mal
procedimiento administrativo de la Decana.
Por informar sobre este hecho el
periodista Alvarado fue querellado por la señora Belinda Flores por el
delito de difamación por expresiones de injurias según consta en el
expediente TST/P/FM-(11)-116 del Tribunal de Sentencias de Tegucigalpa.
Este mismo Tribunal dictó Sentencia Absolutoria a favor del acusado el
25 de marzo del 2012.
Ante esta decisión del Tribunal la
señora Belinda Flores, interpuso un recurso de casación, supuestamente,
por interpretación errónea del artículo 160 del Código Penal y en base a
los argumentos de este recurso la Corte Suprema de Justicia, por
unanimidad de votos de la Sala de lo Penal declara con lugar el recurso
de casación y señala que:
"Se debe de condenar y se condena al
señor Julio Ernesto Alvarado como autor penalmente responsable del
delito consumado de difamación por expresiones constitutivas de
injurias, en perjuicio de la señora Belinda Flores imponiéndole una pena
principal de un año cuatro meses de reclusión".
La Sentencia también establece la
inhabilitación del periodista para ejercer el periodismo por el mismo
tiempo de la condena principal. Cabe señalar que esta sentencia aún no
está en firme./Fuente: Comité por la Libre Expresión (C-Libre).
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El escándalo que tiene al borde de prisión al periodista Julio Ernesto Alvarado
• Uno de los argumentos de la Corte Suprema de Justicia es que “se procederá a formular reproche contra quienes abusando del derecho a la libertad de expresión comprometan la seguridad del Estado.
Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).-
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) sentenció como hechos probados que
la decana de la Facultad de Ciencias Económicas, Belinda Flores, cometió
un acto irregular mientras fungió como secretaria general de la
dependencia que ahora dirige. Por
esos hechos probados, a través de un recurso de casación, la Corte
Suprema de Justicia liberó del delito de difamación al presidente de la
Asociación de Docentes de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras
(Adunah), Guillermo Ayes, y al maestro Carlos Gustavo Villela.

Aunque la sentencia de la Corte
Suprema aún no está firme, este veredicto dictado por la Sala Penal -en
nombre del Poder Judicial- refrenda el fallo del Tribunal de Sentencias
de Francisco Morazán. El Tribunal de
Sentencias “dio por probado que la señora Belinda Flores de Mendoza,
funcionaria pública extendió equivalencias de asignaturas a alumnos de
la Facultad de Ciencias Económicas, bajo la forma de compensación, sin
seguir los procedimientos establecidos por el Consejo Universitario,
ello implica un acto irregular, proceder meritorio de reproche público”,
dice el hecho probado quinto, en debate oral y público.
En un país con nueve de cada diez
casos impunes, la irregularidad cometida por Flores que trascendió desde
2006 no sería noticia nuevamente sino es porque ahora está demostrada
ante el máximo tribunal y porque la Corte libera a las fuentes de
información del periodista, Julio Ernesto Alvarado. Pero
en un hecho sin precedentes, el comunicador es inhabilitado para
ejercer la profesión, por un año y cuatro meses que dura la condena
principal de prisión que debería cumplir en la Penitenciaría Nacional,
unos 20 kilómetros al norte de la capital.
Aunque el delito es conmutable, es
decir que el periodista puede pagar 10 lempiras por cada día que debía
estar preso para evitar ir a la cárcel, no podría ejercer su libertad de
expresión si la condena queda firme. En
el Tribunal de Sentencias, Alvarado fue declarado inocente, empero la
Corte Suprema –a través de la Sala Penal- le dio vuelta al juicio que
sigue su curso procesal y si queda firme, otros periodistas podrían
correr la misma suerte.
El escándalo
Este caso tuvo su origen en las
denuncias que Villela hizo cuando Belinda Flores optaba a ser electa
decana y acudió al programa Mi Nación del periodista Alvarado. A las
denuncias de Villela se sumaron los cuestionamientos de Ayes.
Uno de los informes de la UNAH, dados a
la Secretaría General cita que “se detectaron algunas irregularidades
en la tramitación de equivalencias en la Facultad de Ciencias Económicas
en 5 casos en que se documentó al secretario general, al abogado Adalid
Rodríguez, sobre personas que no ingresaron sus equivalencias a través
de Secretaría general como corresponde sino que se llevaron a la oficina
de Registro con el visto bueno del secretario de la Facultad. Por la
naturaleza del contenido no compatible de las asignaturas aprobadas por
equivalencia, las mismas no procedían”.
El 16 de marzo de 2006, se acordó
nombrar una comisión especial para supervisar, inventariar e informar
sobre los documentos que se tramitan en la Secretaría General de la UNAH
para garantizar un proceso ordenado de transición a las nuevas
autoridades.
Irregularidades
A través del Informe de la Comisión
Especial de Supervisión de Secretaría General, elaborado por Virginia
Rivera, Antonio David, Armando Hernández, María Paniagua se dieron a
conocer irregularidades encontradas en la revisión de expedientes de
graduación:

Cinco casos cuestionados
El 19 de abril de 2006, otro informe
(interno de la UNAH), revela que atendiendo instrucciones del secretario
general, el abogado Adalid Rodríguez Reyes se procedió a revisar con
detenimiento los expedientes de graduación:
Caso No. 1
Milton Raúl Mendoza Rosa
El 28 de febrero, mediante nota
dirigida al licenciado Conrado Rivera, coordinador del Centro de
Orientación del departamento de Administración de Empresas, la
licenciada Belinda Flores de Mendoza, en su condición arriba indicada
otorgó compensación de las unidades valorativas de la siguiente manera:
DAE-935 comercio electrónico 4 U.V. por RR-171 Arte y Deportes 3 U.V.
Compensación que se realizó en fecha
posterior al día de la certificación final de notas, extendida por la
Oficina de Registro el 22 de febrero de 2006.
Se ha buscado en las actas del
Consejo, alguna resolución donde se faculte o autorice que alguna unidad
académica realice de manera automática la compensación unidades
valorativas sin seguir con los procedimientos establecidos para estos
efectos, por cuanto es una atribución del Consejo Universitario en su
momento y actualmente por la Comisión de Transición de la UNAH, por
disposiciones de la ley.
Es decir, entonces que bajo ninguna
circunstancia funcionario alguno está facultado para tomar decisiones
sobre este particular, además de lo anterior, considero inapropiado que
luego de la certificación final de notas se emita una resolución sobre
asignaturas cuando se supone que la certificación de estudios, se
extiende una vez que el estudiante ha concluido con el pensum académico
correspondiente a la carrera.

Caso No. 2
José Arnulfo Elvir Núñez
En fecha 27 de febrero de 2006, en
nota dirigida a la misma persona arriba mencionada y dirigida por la
misma autoridad de Ciencias Económicas se le otorgó compensación de
unidades valorativas de la siguiente manera:
DAE 930 Finanzas públicas 4 U.V. por BI 130 educación ambiental 3 U.V.
En cuanto a la compensación tiene las
mismas características que el caso anterior, además hay que destacar que
la certificación de notas fue extendida a los 31 días del mes de
octubre de 2005 y la compensación, fue otorgada el 27 de febrero de
2006.
Caso No. 3
Melbin Enrique Matute Velásquez
En fecha 6 de octubre de 2005, en nota
dirigida a la licenciada Ondina Rheimbolth, coordinadora del
departamento de Contaduría pública y Finanzas, dirigida por la
licenciada Flores de Mendoza donde se concede compensación de unidades
valorativas de la siguiente forma:
DAE 510 Fundamentos de calidad total 4 U.V. por HH-101 Historia de Honduras 4 U. V.
Hay que señalar que de conformidad con
el acuerdo 63-91-CUO del 27 de marzo de 1991, adoptada por el Consejo
Universitario y que consta en el acta 695, la asignatura Historia de
Honduras tiene carácter de obligatorio y a partir del primer semestre de
1992, razón por la cual no procede ni equivalencia ni compensación con
ninguna otra asignatura con esta materia, en este caso es importante
manifestar lo siguiente que la solicitud para que se le extienda el
título, la presentó el 13 de marzo de 2006 y la carta de egresado el 20
de marzo de 2006, cuando se supone que el egresado presenta la solicitud
de título, acompañado de los requisitos administrativos y académicos
exigidos.
Caso No. 4
Glenda Beneranda Vásquez Carrasco
Con fecha 9 de noviembre de 2005, una
nota dirigida al licenciado Corado Rivera en la misma condición arriba
señalada, la licenciada Flores de Mendoza concede compensación de
unidades valorativas de la siguiente manera:
DAE 935 Comercio Electrónico 4 U. V. por HH101 Historia de Honduras 4 U. V.
En este caso prevalecen los argumentos
ya señalados, en cuanto a la carta de egresados ésta fue extendida el
14 de marzo de 2006 y la solicitud que la egresada presentó tiene fecha
del 10 de marzo de 2006.
Caso No. 5
Ángel Ernesto González Sánchez
Con fecha 6 de junio de 2005, en nota
dirigida a la licenciada Rheimbolth, en la condición ya señalada la
licenciada Flores de Mendoza concede compensación de unidades
valorativas de la siguiente manera:
DAE 510 Fundamentos de calidad total 4 U.V. por HH101 Filosofía 4 U.V.
Se hace nota que el código de la
asignatura de filosofía 1 es FF 101 y no HH101 que corresponde a la
asignatura de Historia de Honduras. Finalmente, quiero puntualizar en lo
siguiente que en las normas académicas de la educación superior no
existe la figura de la compensación y se habla expresamente de
equivalencias y también en las normas académicas de la UNAH se habla de
equivalencias, sin embargo, se han definido en la institución algunos
criterios en relación a la compensación de unidades valorativas las
cuales deben de otorgarse para satisfacer requerimientos de graduación y
debe de hacerse con asignaturas que sean afines en su contenido, además
de lo anterior debe de hacerse en consultas con la dirección de
docencia y desde luego ser aprobados por el organismo competente.
b) Cuando las equivalencias son
aprobadas por el organismo competente, la Secretaría General certifica
el acuerdo correspondiente y se remite a la oficina de Registro a fin de
que están incorporadas de manera literal en la certificación final de
notas y no en un documento separado.
C) No obstante lo anterior, sería
procedente que las autoridades de Ciencias Económicas presentaran el
sustento legal que respalda las acciones por ellos realizados.
A través del oficio DCET 130 del 13 de junio de 2006, Belinda Flores le dice al entonces rector universitario, Raúl Santos:
“Estimado doctor en relación a los
casos de los estudiantes que cursaron asignaturas por compensación de
unidades valorativas cuyo trámite de graduación se suspendió a fin de
emitir un dictamen, dichos estudiantes matricularon las asignaturas
generales que fueron objeto de compensación a fin de que no se ponga en
duda la validez de su grado académicos, por tanto estos estudiantes
tendrán muchas más unidades académicas que las que requiere su plan de
estudio”. Sin embargo, las
compensaciones de unidades valorativas fueron dadas por ella misma el 28
de febrero de 2006, a los estudiantes mencionados.

“Decana sin todos los requisitos legales”
El 13 de junio de 2006, la Adunah,
dirigida por Ayes, cuestionó que se violentó el artículo 31 numeral 3 de
la Ley Orgánica de la UNAH que se desconoció el informe de la comisión,
nombrada el 16 de marzo de 2006 y se seleccionó una persona que no
reúne requisitos establecidos en la ley.
Esta última referencia tiene que ver
con la sesión extraordinaria del 22 de mayo de 2006 por el Consejo
General de Carrera Docente, a partir de las 9:35 de la mañana, en el
salón Ramón Oquelí del edificio número 1 y cuya acta relata el nombre de
los miembros reunidos para evaluar los requisitos de los aspirantes a
la decanatura de la Facultad de Ciencias Económicas y Contables. Se
evaluaron varias hojas de vida:
“Belinda Flores de Mendoza, hondureña,
mayor de 30 años, docente desde 1982, profesor titular III (no lo
acredita), jefe del departamento de Mercadotecnia, ostenta el título de
Maestría en Administración de Empresas, extendido por el Tecnológico de
Monterrey y licenciatura en Administración de Empresas no acredita
estar en el ejercicio de sus derechos civiles.
Carlos Gustavo Villela, hondureño,
mayor de 35 años, profesor titular IV labora en la UNAH desde 1978,
ostenta el título de doctor en Ciencias Sociales con orientación en
gestión del Desarrollo, Máster en economía agrícola, licenciado en
economía y otra en Ciencias Jurídicas y Sociales no acredita estar en el
uso de sus derechos civiles ni acredita documentos sobre su solvencia
moral”.
La misma acta dice que sólo una aspirante cumplió todos los requisitos. “La
licenciada Galves informa que el único expediente que se presentó
completo es el de la licencia Miriam Elizabeth McCormick Hernández de
Osorio, por tanto se acuerda enviar una nota en la cual se le notifica a
la Comisión de Transición”.
El 18 de diciembre de 2007, el
comisionado de la Comisión Transición de la UNAH, Juan Arnaldo
Hernández (pariente del actual presidente de la República) extiende un
informe que hace constar que Flores fue sometida a un proceso de
selección.

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