miércoles, 28 de octubre de 2015

Honduras: Ministra de Salud sigue con intolerancia a expresiones de empleados

Ministra de Salud sigue con intolerancia a expresiones de empleados
Escrito por Redacción | Octubre 27 del 2015  Secciones: Libertad de Expresión
Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- La intolerancia a la denuncia de supuestas irregularidades en el sistema de salud pública persiste, según lo muestra la más reciente declaración de la titular de la Secretaría de Salud, Yolani Batres.
Diario Tiempo informó este viernes que “una sanción administrativa recibirá la presidenta de la Asociación Nacional de Enfermeras y Enfermeros Auxiliares de Honduras (ANEAH), Janeth Almendarez, si no presenta las pruebas sobre su denuncia de muertes por chikunguña (chik) en el país.
Lo anterior lo manifestó la ministra de Salud, Yolani Batres, quien a la vez subrayó que tiene que presentar la documentación y las pruebas de sus declaraciones; ella no puede andar inventando datos de muertes o difamando productos”, dijo Batres aunque son las autoridades de salud las únicas que tienen acceso expedito a la información. “En caso de que la presidenta de las enfermeras no presente las pruebas, Batres indicó que ´definitivamente vamos a proceder conforme manda la ley, porque hay que respetar no solo la institución, sino a la población´”.
Según este periódico, Almendárez ha expresado que “hay muchas personas que murieron por esta afectación; los médicos cambiaron los diagnósticos porque no podía aparecer que habían muerto de chik o dengue. Con el chikunguña ellos (funcionarios de Salud) saben que muchas personas murieron; si no yo voy a presentar las pruebas de los centros asistenciales donde los médicos le cambiaron los diagnósticos a los pacientes”, aseguró.
C-Libre le recuerda a la titular de Salud que sus actuaciones pueden acarrear responsabilidad civil y penal si vulnera derechos fundamentales como el de la libertad de expresión que lleva implícito el derecho a buscar, difundir, recibir información, el derecho de opinión y el derecho a la información y que la figura de difamación penal constituye un acto de censura previa.
La Opinión Consultiva 05-85 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de 1985, que es parte del ordenamiento jurídico interno, establece que “también interesa al orden público democrático, tal como está concebido por la Convención Americana, que se respete escrupulosamente el derecho de cada ser humano de expresarse libremente y el de la sociedad en su conjunto de recibir información”.
En el numeral 70 cita que “la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública. Es también conditio sine qua non para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general, quienes deseen influir sobre la colectividad puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre”.
http://conexihon.hn/site/noticia/libertad-de-expresi%C3%B3n/ministra-de-salud-sigue-con-intolerancia-expresiones-de-empleados

No hay comentarios :

Publicar un comentario