Una
vez más, el Congreso Nacional de Honduras ventila el proyecto de Ley de
Pesca, pretendiendo acelerar su dictamen, para presentarlo a más tardar
el próximo 15 de julio al pleno del Congreso.
Cabe
recordar que en agosto 14 del año pasado, la Comisión de Dictamen del
Congreso le dio el visto bueno al proyecto de Ley de Pesca sin haber
efectuado ninguna consulta con el pueblo Garifuna.
Representantes
de los pescadores Garífunas se reunieron en la comunidad de Sambo
Creek, el 18 de septiembre del año pasado y se pronunciaron de
forma enfática en contra de la apertura de las tres millas franja
costera a la flota camaronera y proyectos de acuicultura, tal como reza
el artículo 52b de dicha Ley.
Además,
los pescadores Garífunas solicitaron una terminante prohibición de la
pesca de arrastre, considerado como la razón principal de la destrucción
del Caribe hondureño.El Derecho internacional y la Consulta-Consentimiento Previa Libre e Informada (CPLI)
A
pesar que la ley en cuestión menciona el Convenio 169 de la OIT y el
CPLI, el documento termina desvirtuando el derecho a la consulta, cuando
la limita a "organizaciones indígenas debidamente acreditados en RNPA
(Registro Nacional de Pesca y Acuicultura).
Desafortunadamente
el Estado de Honduras se ha especializado durante décadas en desvirtuar
la esencia del CPLI, y hasta la fecha rehuye los compromisos adquiridos
con la firma del Convenio 169 de la OIT, la Declaración de Naciones
Unidas sobre los Derechos de los Pueblos indígenas y la misma Convención
Interamericana de Derechos Humanos.
Desde
de la Ley de Propiedad hasta la entrega de la plataforma continental
para la exploración de petróleo, pasando por la creación de un sinfín
de áreas protegidas, el estado no ha tomado en consideración la
existencia de los pueblos indígenas y las posibles consecuencias de las
leyes y decretos emitidos.
El
pasado 20 de mayo en San José de Costa Rica, en una audiencia ante la
Corte Interamericana de Derechos Humanos, el estado de Honduras fue
señalado por la Comisión Interamericana de Derechos humanos al haber
obviado el CPLI en relación a la creación de áreas protegidas y
proyectos turísticos en la Bahía de Tela
El territorio Marítimo de las Comunidades Garífunas y el derecho a su uso sostenible.
Entre
la petición de reparaciones solicitadas a la Corte IDH por la CIDH,
incluye un Reconocimiento total en relación al territorio de la
comunidad de Triunfo de la Cruz, "incluyendo las áreas de uso ancestral,
sin exclusión de la playas y sus zonas marítimas".
Los
títulos "definitivos" otorgados por el Instituto Nacional Agrario (INA)
a las comunidades Garífunas a partir de los años 90, excluyeron sus
hábitats funcionales, descartando el reconocimiento de playas, bosque,
esteros y territorio marítimo. En otras palabras, a las comunidades sólo
se les reconoció a duras penas sus cascos urbanos, los cuales en muchas
ocasiones recayeron dentro del radio de las municipalidades.
Para
el pueblo Garífuna el territorio marítimo no solamente provee el
sustento, sino que es parte esencial de nuestra cosmovisión, girando
nuestra espiritualidad alrededor del mar. De ahí que desde hace más de
dos décadas estemos reclamando tanto las playas como el territorio
marítimo que hemos cuidado con esmero y nos corresponde.
Como
respuesta a nuestro reclamo en relación al territorio ancestral
terrestre y marítimo, las diferentes administraciones gubernamentales
han respondido de forma negativa aduciendo principios de soberanía.
Desafortunadamente en Honduras ese alegato de respeto a la soberanía ha
sido sistemáticamente violentado, entre otras; por las Ciudades Modelo
(RED-ZEDE), entrega de la plataforma continental a BG, la destrucción de
las variedades criollas de Maíz impulsada por Monsanto, y en un futuro
cercano la entrega de los bosques a través del Programa REDD.
La Pesca de arrastre y la aniquilación de los recursos marinos
En
las últimas décadas se dio un desproporcionado crecimiento de la flota
pesquera industrial, condenando de esta forma el Caribe hondureño a una
sobrepesca que agotó los recursos marítimos.
La
flota pesquera además tuvo un impacto mortífero sobre la población
Miskita, la que padeció mas de 400 muertos y 4 mil lisiados, como
consecuencia del buceo industrial sin ningún tipo de control. Este
mortífero balance es equiparable al de un conflicto bélico, y hasta la
fecha no se ha enjuiciado ningún capitán de barco pesquero en relación a
sus acciones criminales.
El
costo ecológico de la flota pesquera industrial no ha sido resarcido,
mientras el poder legislativo presionado por intereses foráneos y de
empresarios pesqueros locales, pretende acceder al santuario de las tres
millas de los pescadores artesanales, del cual depende parte de la
dieta del pueblo Garífuna.
En
America Latina ya existen algunos ejemplos de prohibición total de la
pesca de arrastre: Venezuela (2009), Belice (2010), Ecuador (2012) Costa
Rica (2013); en Chile esta prohibida la pesca de arrastre de fondo en
todos los montes submarinos de Chile. Mientras tanto en Honduras la
flota pesquera depredadora, continúa la destrucción de los recursos
ictiológicos
Tanto
los pescadores Garífunas, como el pueblo en general exigimos el
reconocimiento de nuestro territorio marítimo y nos declaramos en contra
de la pesca de arrastre en aguas hondureñas.
Sambo Creek, 2 de junio de 2014
Organización Fraternal Negra Hondureña, OFRANEH
OFRANEH
Organizacion Fraternal Negra Hondureña
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Sambo Creek, Atlántida.
Honduras
telefax: 504-24541513 / 504-24490003
email:garifuna@ofraneh.org / ofraneh@yahoo.com
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