Por: Redacción CRITERIO
Diciembre 10,2018 / redaccion@criterio.hn
Tegucigalpa.-Organizaciones
de sociedad civil presentaron este lunes ante la Sala de lo
Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dos recursos de amparo
ante el nombramiento de ministros religiosos en comisiones encargadas de
rectorar las políticas públicas en materia de salud y educación.
Los
nombramientos en la comisiones corresponden a Oswaldo Canales, pastor
general del Centro Evangélico Cuadrangular y presidente de la
Confraternidad Evangélica de Honduras, como miembro de la Comisión
Especial de Salud; y Alberto Solórzano, pastor del Centro Cristino
Internacional y expresidente de la Confraternidad Evangélica de
Honduras, como integrante de la Comisión Especial de Educación.
Lea además: Declaran inadmisible recurso de inconstitucional presentado contra la creación de Comisión de Salud
Los
recurrentes piden la nulidad del nombramiento de los ministros de la fe
al considerar que esta acción del Poder Ejecutivo vulnera principios y
derechos fundamentales garantizados por la Constitución de la República y
los tratados internacionales ratificados por el Estado de Honduras, que
garantizan la libertad de religión, la igualdad ante la ley, en
relación con el principio de legalidad constitucional que exige que el
Presidente de la República solo emita acuerdos, decretos, reglamentos y
resoluciones que sean conformes a la ley, y el principio del Estado
laico.
Para
los demandantes, el corolario de la libertad religiosa debe guiar todas
las actuaciones de las autoridades de gobierno y excluir cualquier
confusión institucional entre las funciones del Estado y las funciones
de las confesiones religiosas, en el sentido de evitar que las segundas
asuman funciones públicas que corresponden al primero y que el Estado
asuma funciones religiosas que corresponden a las confesiones
religiosas.
“La
incorporación de un ministro religioso en una comisión con funciones
públicas vulnera los derechos de todas las personas que formamos parte
de la sociedad hondureña y que, en el marco de la garantía del derecho a
la libertad de religión y el derecho a la igualdad, adoptamos un modelo
constitucional de Estado laico que constituye un moderno instrumento
jurídico-político al servicio de las libertades en una sociedad que se
reconoce como plural y diversa”, reza un comunicado de los miembros de
la sociedad civil que se presentaron hoy ante el Poder Judicial.
Comunidad LGTBI
Entre
los recurrentes se encuentran organizaciones de la diversidad sexual y
feministas que exponen su preocupación, porque en las comisiones
especiales en las que se han nombrado a los ministros religiosos están
orientadas a las funciones relacionadas con el derecho a la salud y a la
educación, y ya los pastores evangélicos, basados en sus creencias
religiosas, han vertido públicamente declaraciones que lesionan la
dignidad humana de las personas LGTBI y de las mujeres.
Petición de las organizaciones de sociedad civil ante la Sala de lo Constitucional:
- Decretar la medida cautelar de suspensión del acto reclamado de conformidad con los argumentos y fundamentos expuestos.
- Dictar la sentencia de mérito otorgando la acción constitucional de Amparo en virtud de la evidente afectación grave e inminente de los derechos garantizados en la Constitución de la República y los tratados internacionales de derechos humanos en materia de libertad religiosa e igualdad ante la ley, debido al nombramiento de los ministros religiosos en las Comisiones Especiales de Salud y Educación.
- Ordenar a la Presidencia de la República dejar sin valor ni efecto el nombramiento del pastor Oswaldo Canales como miembro de la Comisión Especial de Salud y al pastor Alberto Solórzano como miembro de la Comisión Especial de Educación, y proceder al nombramiento de nuevos miembros, cuya carga simbólica en términos religiosos no ponga en entredicho el carácter laico del Estado como corolario del derecho a la libertad religiosa y el derecho a la igualdad.
No hay comentarios :
Publicar un comentario