Tegucigalpa, 16 de noviembre de 2018. – Organizaciones
miembros de la Misión de Observación Calificada que observa el juicio
por el asesinato de la defensora Berta Cáceres expresa su profunda
preocupación porque el pasado lunes 12 de noviembre se celebró una
audiencia sin avisar previamente a las víctimas del caso, lo cual se
suma a una serie de graves irregularidades que han sido denunciadas
desde el inicio del proceso.
El pasado miércoles 9 de noviembre, el
Tribunal notificó públicamente a las partes que el juicio se retomaría
hasta el martes 13 de noviembre a las 09:00 a.m.; sin embargo, el lunes
12 de noviembre, el Poder Judicial publicó en su Twitter que el juicio
se estaba reanudando. Este mensaje parece ser el único anuncio público
del cambio y constituye una nueva violación al principio de publicidad,
así como a los derechos de representación de los intereses de las
víctimas. En dicha audiencia, se evacuaron las extracciones telefónicas
que corresponden a dos de los imputados, Sergio Rodríguez y Douglas
Bustillo, ambos ligados a la empresa Desarrollos Energéticos SA (DESA).
Aunque el 19 de octubre el Tribunal
declaró la acusación privada en abandono de la causa y ordenó al Ministerio Público asumir su presentación, en este caso, ni la familia de Berta Cáceres ni Gustavo Castro fueron informados respecto del cambio de fecha de la audiencia.
Esto imposibilitó que tanto ellos, como la Misión de Observación
Calificada, quien se presentó ante el Tribunal al inicio del debate oral
y público para expresar abiertamente su interés en seguir el proceso
público, otros observadores de organizaciones de la sociedad civil
hondureña e internacional, el cuerpo diplomático y medios nacionales e
internacionales pudieran acudir a observar la audiencia; es decir, en la
práctica se trató de una audiencia secreta.
El principio de publicidad del proceso
estipulado en la Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 8.5)
además de proteger los derechos de las personas acusadas y los
intereses de las víctimas, se constituye como un medio esencial para que
pueda ejercerse el control y vigilancia sobre las actuaciones de las
autoridades públicas por parte de la comunidad en general, siendo
también un presupuesto de la eficacia de la función judicial y la
legitimación de la democracia participativa.
A las víctimas y sus representantes –
además de ser excluidos del proceso y no ser informados de este tipo de
decisiones – también se les denegó la posibilidad de transmitir las audiencias, así como el acceso a las grabaciones del juicio.
Esto implica que la asistencia a las audiencias es el único medio por
el cual las víctimas, sus representantes y la sociedad en general pueden
obtener información sobre el desarrollo del proceso. Estos hechos
violentan el derecho de acceso efectivo a la justicia y la protección y
garantía del derecho a la verdad.
Asimismo, a nivel nacional supondría la
vulneración de diversos preceptos del Código Procesal Penal Hondureño
que aseguran los derechos de información y de asistencia a las
audiencias por parte de las víctimas.
Concretamente el artículo 161 que enumera estos derechos expresa en su apartado 2) y 4) el derecho de la víctima a “ser informada de los resultados del proceso aun cuando no haya intervenido en él, siempre que lo solicite” y el derecho a “participar en las audiencias públicas conforme a lo establecido en este código”.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas ha señalado que
“(…) los procesos nacionales son también una forma de hacer valer el
derecho a la verdad. Los tribunales imparten justicia, pero también
evalúan los hechos de acuerdo a rigurosos criterios de prueba y de
procedimiento, y dejan constancia de ellos en las actas judiciales. Al
promover el derecho a la verdad, los Estados deberían garantizar un
amplio ius standi en el proceso a todo lesionado y a toda persona u ONG con interés legítimo”. (Estudio sobre el derecho a la verdad. Doc ONU E/CN.4/2006/81, párr. 48. 2005).
Organizaciones miembros de la Misión de
Observación denuncian esta nueva irregularidad que afecta los derechos
de las víctimas, a la vez solicitan que se respete el principio de
publicidad del proceso, y se les permita ser parte del proceso. La
Misión continuará monitoreando y denunciando las irregularidades que
observen el primer juicio por el asesinato de Berta Cáceres y la
tentativa de homicidio en contra de Gustavo Castro.
Firman:- Canadian Centre for International Justice – Canadá
- Centro de Asistencia Legal a Pueblos Indígenas (CALPI) – Nicaragua
- Centro de Accion Legal para los Derechos Humanos (CALDH) – Guatemala
- Centro de Investigacion y Promocion de los Derechos Humanos (CIPRODEH) – Honduras
- Centro por la Justicia y el Derecho Internaiconal (CEJIL) – Regional
- Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR) – Colombia
- Comisión Internacional de Juristas (CIJ) – Internacional
- Due Process of Law Foundation (DPLF) – Estados Unidos
- Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC) – Honduras
- Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), en el marco del Observatorio para la Protección de Defensores de Derechos Humanos – Internacional
- Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), en el marco del Observatorio para la Protección de Defensores de Derechos Humanos – Internacional
- Guatemala Human Rights Commission (GHRC-USA) – Estados Unidos
- Impunity Watch – Holanda
- Joseph P. Berra del Promise Institute for Human Rights de UCLA – Estados Unidos
- National Lawyers Guild, International Committee – Estados Unidos
- Observatoire International des Avocats – España/Francia/Italia/París
- Plataforma Internacional Contra la Impunidad – Ginebra
1 Las excepciones a esta tipificación de los derechos de las víctimas la vemos reflejada en el artículo 308 del mismo texto legal, que enumera como excepciones del carácter público del proceso que:
- afecte directamente el honor, la intimidad personal o familiar o la vida privada de la víctima o de cualquiera de los testigos,
- ponga en peligro la vida e integridad física de cualquier miembro del Tribunal de Sentencia, de las partes, o de alguna de las personas autorizadas para participar en el juicio
- se ponga en peligro un secreto oficial o privado que amerite protegerse
- pueda alterarse el orden público y,
- el testigo sea menor de 18 años
Descargar documento: Comunicado Sobre Audiencia_No_Anunciada.
http://wp.radioprogresohn.net/organizaciones-miembros-de-la-mision-de-obsevacion-calificada-expresan-preocupacion-ante-audiencia-celebrada-sin-previo-aviso-en-el-primer-juicio-por-el-asesinato-de-berta-caceres/?fbclid=IwAR1t-EwdkvB0gyp_Gofn_B1umNhEYaNMM6fCp5Y4rfd_3KwW98eKgnDlEi4#.W-8xyl5nT6U.facebook
No hay comentarios :
Publicar un comentario