Por: Redacción CRITERIO
redaccion@criterio.hn
Febrero 10.2017 / Tegucigalpa.-
En su trabajo de lucha contra la corrupción y la impunidad la Misión de
Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH),
presentará ante el Ministerio Público la Ley de Colaboración Eficaz como
instrumento que permitirá acelerar el descubrimiento de las redes de
corrupción y sus futuras condenas.
En una reunión con directores de medios
de comunicación, el vocero de la MACCIH, Juan Jiménez Mayor, dio a
conocer los detalles principales de esta ley que se espera venga a
acelerar el trabajo de la misión y el Ministerio Público en el combate a
la corrupción en Honduras.
El
objetivo de la Ley es regular los beneficios de colaboración eficaz por
las personas relacionadas con la comisión de delitos perpetrados por
una pluralidad de personas u organizaciones criminales, siempre que en
su realización se hayan utilizado recursos públicos o hayan intervenido
funcionarios o servidores públicos o cualquier persona con el
conocimiento o aquiescencia de estos.
Fuentes de entero crédito de casa presidencial confiaron a Criterio.hn
que el poder ejecutivo tiene esta ley desde semanas atrás y no la ha
enviado al Congreso Nacional para su revisión y aprobación también tiene
el proyecto de reformas a la ley de secretividad que el Comité por la
Libre Expresión (C.Libre) ha pedido su derogación porque es
inconstitucional.
¿Qué es la ley de colaboración eficaz?
La
Ley de colaboración eficaz es un instrumento del llamado ‘derecho penal
premiar que permite la posibilidad de que un procesado por determinados
delitos pueda obtener un beneficio, que va desde una pena atenuada
hasta la remisión total de la pena, a cambio de la entrega de
información relevante, oportuna y verificable, que conduzca a mejorar la
eficacia de la persecución penal, sobre todo, de organizaciones
criminales
¿Qué debe hacer el acogido a la colaboración eficaz para poder obtener un beneficio?
El
Colaborador debe entregar información voluntariamente y debe admitir
los hechos que se le imputen (todos o parte: en caso que sea una parte,
lOs cargos que no admita seguirán siendo materia de investigación o
proceso penal) y debe devolver los instrumentos del delito o garantizar
su reintegro. Deberá además comprometerse a no cometer un nuevo delito
doloso y a no divulgar la información que ha entregado en el acuerdo de
colaboración. ¿Qué resultados debe permitir la entrega de información
por parte del colaborador eficaz?
La
información del colaborador deberá tender a evitar la continuidad,
consumación o grave impacto de delitos, a conocer las circunstancias de
la comisión de esos delitos o el plan delictivo, a identificar a sus
responsables, o a los Jefes o cabecillas de una organización criminal, a
desmontar una organización o a menguar sus acciones, a averiguar el
destino de los bienes y sus fuentes de financiamiento y a la entrega de
esos bienes relacionados con la actividad ilícita. En resumen, la
información debe dirigirse al desmontaje de organizaciones dedicadas al
delito.
¿Por qué es importante el mecanismo de la colaboración eficaz en la lucha contra la corrupción?
La
corrupción se esmera en no dejar huellas. Los corruptos suelen ser muy
cuidadosos y desplegar sus actividades en espacios cerrados y no dejar
documentos ni evidencia alguna. Con algunas excepciones, esa ha sido la
práctica de la mayoría de organizaciones criminales que han operado en
los países de nuestra región. Por eso decimos que la corrupción (y en
general los delitos atribuidos a los miembros de organizaciones
delictivas) son de “escenario cerrado’ Frente a ello es urgente plantear
mecanismos que tiendan a hacer evidente aquella información que se ha
mantenida oculta y sólo saben los miembros de una organización o alguien
que ha tenido contacto con ellos y sus actividades ilegales.
Por esa
razón, no existe posibilidad de luchar eficientemente contra estas
estructuras criminales si no los combatimos ‘desde adentro”
Esto tiene
un doble efecto de un lado averiguar datos que solo se conocen dentro la
organización criminal y de otro golpear la moral de esa organización
¿Cómo se asegura a estas personas?
El
colaborador eficaz que entrega información sensible respecto a
organizaciones dedicadas al crimen se pone inmediatamente en riesgo y
debe ser protegido. La norma prevé un régimen de medidas de protección
aplicables a él y sus familiares.
¿Qué experiencias comparadas existen y cuáles han sido los resultados?
Si
bien este instrumento tiene su antecedente más antiguo en Estados
Unidos con los modelos de justicia negociada como el Plan Bergaining o
el Plan Negotiation, es importante recordar que la Convención de Palermo
del 12 de diciembre de 2002 tiene como objetivo que los países impulsen
medidas legislativas que contribuyan al combate, desarticulación,
juzgamientos y erradicación de los grupos de la delincuencia organizada.
A raíz de ella distintos países tomaron la decisión de incorporar el
mecanismo en sus legislaciones.
El
Perú ya lo había hecho para combatir (la ley se aprobó el 2001) la
megacorrupción que asaltó el Estado de ese país durante la década del
90. Los resultados de la aplicación de esa ley no se hicieron esperar:
cientos de procesados de la organización criminal de Fujimori y
Montesinos investigados procesados, condenados y presos por delitos de
corrupción (el Presidente, congresistas, ministros, altas autoridades
judiciales, militares, empresarios. etc.), gracias a la delación de
determinados sujetos que entregaron información acogidos al mecanismo.
En Guatemala por ejemplo, la ley se aprobó en el 2006 (en al marco de la
legislación sobre criminalidad organizada) y después de una etapa de
desconocimiento de sus efectos en la actualidad con ella las autoridades
han logrado desarticular varias bandas de 10 a 15 integrantes, quienes
ahora están en prisión por diferentes delitos.
“Hay
varios casos donde se ha logrado identificar y procesar policías,
comisarios, elementos del ejército y altos funcionarios’ señaló Delia
Dávila, abogada de la Comisión Internacional contra la Impunidad en
Guatemala (CICIG). Otro caso interesante (y muy actual) es el brasileño.
La figura se llama en la legislación de ese pais “delación premiada” y
ha conducido al descubrimiento de una mega organización criminal que se
introdujo en varios países de la región para ganar licitaciones a través
de coimas. El mecanismo al que se ha acogido una cantidad importante de
personas ha permitido, además, conocer las modalidades empleadas para
la comisión de los delitos y tender a la desarticulación de las
organizaciones criminales.
Conclusión:
Hasta
hoy, el mecanismo que han utilizado los sistemas de lucha contra el
crimen organizado (en especial el dedicado a los delitos de corrupción)
es el de la colaboración eficaz, delación premiada o delación compensada
como se le conoce en Chile. Los delitos de escenario cerrado son de muy
difícil combate y, con la sofisticación de las modalidades de crimen,
la globalización o el uso de mecanismos informáticos, serán imposibles
de castigar si es que no se cuenta con una herramienta que tienda a la
desarticulación de las estructuras criminales. Sin colaboración eficaz,
esta tarea es imposible.
http://criterio.hn/2017/02/10/segun-la-maccih-ley-colaboracion-eficaz-pondra-prueba-gobierno-real-voluntad-politica-combatir-la-corrupcion/
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