sábado, 29 de agosto de 2015

Honduras: ¿Por qué se conmemora el 30 de agosto el Día Nacional del Detenido Desaparecido?

 Saturday, 29 August 2015 = 10:45 Marvin Palacios  defensoresenlinea.com
Tegucigalpa.
Durante el desarrollo del foro: “Socializando la Ley de Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia, Retos y Desafíos”, organizado por el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), la Coordinadora General de dicho comité explicó sobre el por qué se conmemora el 30 de agosto el Día Nacional del Detenido Desaparecido en Honduras.
Oliva destacó que el 30 de agosto en que se conmemora el Día Nacional del Detenido Desaparecido surgió de una reunión de la Federación de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Latinoamérica (FEDEFAM) acontecida en 1984 en Venezuela, donde se constató que el mes  en que se produjeron mayores desapariciones forzadas ejecutadas por agentes de los diferentes estados en obediencia a un plan macabro impulsado por Estados Unidos contra líderes, dirigentes y defensores de derechos humanos de los movimientos sociales del continente; fue precisamente el mes de agosto, de ahí que Latinoamérica conmemore el 30 de agosto como el Día Internacional del Detenido Desaparecido.
“A mí me gustaría sentar a unos de los planificadores del mal para que me explicara qué fue lo que motivó para que el mes de agosto se registrara en todo el continente, como el mes más violento, o sea  el mes donde más desapariciones forzadas de personas por motivaciones políticas se registrara”,  sostuvo la Coordinadora del COFADEH.

Por eso en ese congreso de Venezuela, declaramos que íbamos a trabajar con el Día Internacional del Detenido Desaparecido y que íbamos a luchar las organizaciones, para que en cada país se pudiera lograr el Día Nacional del Detenido Desaparecido. En 1984 proponernos ese objetivo era muy difícil; porque estábamos en plena implementación de la Doctrina de Seguridad Nacional, explicó Oliva.

“Pero lo hicimos y en Honduras logramos que se conmemore el 30 de agosto Día Nacional del Detenido Desaparecido, y queremos que con esa herramienta (La ley de Protección de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos), las redes de defensores y defensoras de derechos humanos del COFADEH  tengan esta fecha calendarizada, porque es necesario trabajar para la memoria y la memoria tiene que ser larga y debemos hablar sobre la historia porque es necesario para entender la lógica de la doctrina de derechos humanos”.

Bertha Oliva sufrió en carne propia la práctica de la desaparición forzada cuando miembrosde los escuadrones de la muerte, integrados por policías y militares entrenados por la agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados unidos, que operaron con total impunidad en la década de los años ochentas y principios de los noventas, le arrebataron a su esposo, el dirigente popular y fundador de la Unión Revolucionaria del Pueblo (URP) Tomás NativíGalvez del seno de su hogar.

La captura y posterior desaparición forzada de Tomás Nativí Gálvez se produjo el 11 de junio de 1981, mientras Bertha Oliva se encontraba en estado de embarazo.


En América Latina hubo más de 90 mil desapariciones forzadas en la década de los 70 y 80
En una entrevista brindada en chile en el año 2012,  al periodista Ignacio Vidaurrázaga y publicada en la página web:villagrimaldi.cl, Bertha Oliva expresó “…me golpearon y perdí el conocimiento. Creo que sobreviví para buscar verdad y justicia y luchar contra el olvido. Apenas logré quitarme las ataduras iniciamos la búsqueda y estuvimos en la calle y en el sistema judicial…”

“…Todo esto era nuevo para nosotras, jamás imaginamos como sería enfrentarnos a un Estado criminal por tanto tiempo y hacerlo tan desprotegidas. Y nos fuimos encontrando en los pasillos y recovecos de los juzgados con otras mujeres buscando a sus hijos, a sus hermanos, a sus esposos desaparecidos…”, expresó en aquella oportunidad la Coordinadora General del COFADEH.

La Villa Grimaldi fue un centro de detenciones arbitrarias, torturas y asesinatos contra opositores políticos y líderes del movimiento social en Chile, ejecutadas por escuadrones de la muerte,  durante la brutal dictadura de Augusto Pinochet en Chile, que derivó en miles de detenidos desaparecidos.

La Organización de Naciones Unidas (ONU) contempla el 30 de agosto como Día internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.   Según la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas , proclamada por la Asamblea General en su resolución 47/133, de 18 de diciembre de 1992, como conjunto de principios que deben ser aplicados por todos los Estados, se producen desapariciones forzadas siempre que:

“Se arreste, detenga o traslade contra su voluntad a las personas, o que estas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del Gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o el paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así a la protección de la ley”.

Las víctimas, muchas veces torturadas y siempre temerosas de perder la vida, y para los miembros de la familia, que no saben la suerte corrida por sus seres queridos y cuyas emociones oscilan entre la esperanza y la desesperación, cavilando y esperando, a veces durante años, noticias que acaso nunca lleguen. Las víctimas saben bien que sus familias desconocen su paradero y que son escasas las posibilidades de que alguien venga a ayudarlas. Al habérselas separado del ámbito protector de la ley y al haber "desaparecido" de la sociedad, se encuentran, de hecho, privadas de todos sus derechos y a merced de sus aprehensores.

Incluso si la muerte no es el desenlace final y tarde o temprano, terminada la pesadilla, quedan libres, las víctimas pueden sufrir durante largo tiempo las cicatrices físicas y psicológicas de esa forma de deshumanización y de la brutalidad y la tortura que con frecuencia la acompañan, sostiene la ONU respecto de este tema.

Además apunta que tanto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional , que entró en vigor el 1 de julio de 2002, como la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, aprobada por la Asamblea General de la ONU el 20 de diciembre de 2006, establecen que, cuando como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido a cualquier población civil, se cometa una “desaparición forzada”, ésta se calificará como un crimen contra la humanidad y, por tanto, no prescribirá. Se dará a las familias de las víctimas el derecho a obtener reparación y a exigir la verdad sobre la desaparición de sus seres queridos.

http://www.defensoresenlinea.com/cms/index.php?option=com_content&view=article&id=3700:ipor-que-se-conmemora-el-30-de-agosto-el-dia-nacional-del-detenido-desaparecido&catid=37:mem-y-imp&Itemid=150   

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