lunes, 29 de septiembre de 2014

Honduras: Funesta decisión de Corte de Apelaciones contra periodista hondureño

Lunes,29 de Septiembre 2014.
Corte de Apelaciones da luz verde para suspender de la profesión al periodista Julio Ernesto Alvarado.
  
 La Corte de Apelaciones de lo Penal de Francisco Morazán resuelve suspender de la profesión al periodista Julio Ernesto Alvarado del Noticiero Televisivo "Mi Nación", declarando Ha lugar una apelación presentada por la defensa de la decana universitaria Belinda Flores, en un juicio que viene desde el año 2006 por difamación e injurias contra el comunicador social por el hecho de haber servido de vehículo para que catedráticos universitarios denunciaran irregularidades en la administración de la funcionaria.
En esta sentencia de fecha 22 de septiembre de este año 2014, la Corte de Apelaciones aceptó a pie juntillas los argumentos de la parte acusadora en una querella interpuesta por difamación e Injurias contra el periodista Julio Ernesto Alvarado, la Corte de Apelaciones de lo Penal del Departamento de Francisco Morazán resolvió suspenderlo de la profesión por un año y cuatro meses que es el tiempo de la condena que la Sala de lo Penal emitió en diciembre pasado y que fue conmutada por el afectado.

Por ser una resolución violatoria a la libertad de expresión y al derecho al trabajo del periodista su defensa presentará una recurso ante esta Corte.

Julio Ernesto Alvarado en el 2006, llevó a su programa Televisivo Noticiero “Mi Nación”, al catedrático universitario de la Facultad de Ciencias Económicas Carlos Gustavo Villela, y brindó cobertura a un oficio emitido por la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (ADUNAH), en donde también se manifestaba el malestar por parte de la Asamblea ante el mal procedimiento administrativo de la Decana de la Facultad de Economía de la UNAH, Belinda Flores.

El periodista Alvarado fue querellado por Flores por el delito de difamación por expresiones de injurias según consta en el expediente TST/P/FM-(11)-116 del Tribunal de Sentencias de Tegucigalpa, que emitió Sentencia Absolutoria el 25 de marzo del 2012.

Pero la Sala de lo Penal declaró con lugar un Recurso de Casación de la defensa de la decana, este tribunal condenó a Alvarado como autor penalmente responsable del delito consumado de difamación por expresiones constitutivas de injurias, en perjuicio de la señora Belinda Flores imponiéndole una pena principal de un año cuatro meses de reclusión e inhabilitándole de su profesión por el mismo término.

El 29 de mayo de 2014, la organización mundial de escritores presentó una petición ante la CIDH, conjuntamente con la abogada hondureña Kenia Oliva Cardona y la periodista hondureña y activista pro derechos Dina Meza. La petición argumenta que una sentencia de prisión y 16 meses de prohibición para ejercer el periodismo, impuesta a Julio Ernesto Alvarado, director y presentador del programa de noticias “Mi Nación” en Globo TV, por cubrir las denuncias de corrupción en una universidad local en 2006, viola su derecho a la libertad de expresión por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Por la falta de fe en la imparcialidad del sistema de justicia, Alvarado decidió no apelar su condena y optó por pagar una multa de 10 lempiras por cada día de condena (unos 250 dólares estadounidenses) con el fin de evitar el encarcelamiento. El 28 de abril de 2014, en una audiencia, el juez levantó también la prohibición de ejercer el periodismo.

Pero la parte demandante apeló esta sentencia ante la Corte de Apelaciones antes mencionada que emitió su sentencia este 22 de septiembre, notificando a la abogada Kenia Oliva, apoderada legal de Julio Ernesto Alvarado , hasta el pasado viernes 26 de septiembre.

A esta Corte no le importó las alegaciones de la defensa de Alvarado que le señala que es una arbitrariedad que viola derechos constitucionales y convenios internacionales de protección a la libertad de expresión.

Qué dice la sentencia?

En su parte resolutiva la Corte de Apelaciones constituida por los magistrados Miriam Suyapa Barahona Rodríguez, presidenta de la Corte; Emily Geraldina Page Gallegos; magistrada propietaria; Ericka Dubón Padilla, Magistrada Propietaria y Oscar Anibal Alavarado Espinoza, Secretario de dicha Corte, mandan que: “1.- Reformar la Sentencia de mérito en los siguientes alcances: a.-Declarar No Ha Lugar la conmuta de las penas accesorias a que fue condenado el ciudadano Julio Ernesto Alvarado. b.-Confirmar la Conmuta de la pena de reclusión…”

En concreto esta Corte dio la luz verde para que el periodista Julio Ernesto sea suspendido de su profesión y con ello este tribunal deja un lastre de abuso de autoridad y cercena la libertad de expresión en Honduras, pues con este antecedente los y las periodistas están al pie de la guillotina judicial cuando reciban a denunciantes en sus medios de comunicación.



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