El femicidio agravado de la estudiante de enfermería fue ejecutado la madrugada del 7 de febrero de 2021 al interior de la Unidad Departamental de Policía #10 en La Esperanza, Intibucá, por un agente que fue protegido por su cadena de mando durante y después del hecho.
Cronología:
• En primera instancia, en el Juzgado de Letras de Intibucá, la
jueza Lissien Lisseth Knight Reyes, dictó auto de formal procesamiento
al policía Jarol Rolando Perdomo por el delito de femicidio agravado.
• El 24 de agosto de 2021, la Corte de Apelaciones de la ciudad de
Comayagua cambió la tipificación del delito de femicidio agravado a
homicidio simple, como se lo demandó la defensa del policía.
• El 1 de noviembre de 2021, el COFADEH presentó Recurso de Amparo
ante la Sala de lo Constitucional para revertir la resolución de la
Corte de Comayagua, que hizo una valoración errónea del caso y faltó a
la objetividad basándose en la terminología del forense que examinó el
cuerpo de Keyla para tipificar el delito. Esta petición aún no ha sido
resuelta, lo que provoca un juicio en receso indefinido.
• Más tarde, las organizaciones Cristosal, Organización Mundial
Contra la Tortura y el Grupo de Litigantes para América Latina,
presentaron a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia un
Amicus Curiae o “interviniente desinteresado”, para reforzar el recurso
de amparo contra la resolución emitida por la Corte de Apelaciones.
• Entre el 22 y el 29 de septiembre de 2022 se desarrolló el juicio
oral en Siguatepeque y La Esperanza, durante el cual el Ministerio
Público y el Cofadeh formalizaron acusación por femicidio agravado. La
defensa insistió en el delito de homicidio simple.
• Durante el juicio, la prueba científica, documental y pericial fue
abundante y contundente. El dictamen de medicina forense, por ejemplo,
determina que la causa de muerte de Keyla fue la asfixia por sofocación,
por obturación de orificios respiratorios, que se genera de forma
homicida. Este dictamen desvirtúa la afirmación inicial de suicidio
profalada por la Policía Nacional en un intento por proteger al femicida
y a su estructura de mando departamental.
• El Cofadeh, pidió una reconstrucción de hechos, pero el Tribunal
realizó una inspección de la escena. El MP pidió entonces una
reconstrucción de hechos, pero el tribunal consideró que la solicitud
era extemporánea, porque no se adhirió a nuestra solicitud en su
momento.
En consecuencia, este día venimos a subrayar como desproporcional e interventor el papel de la Secretaría de Seguridad, que coordina la defensa legal del agente Jarol Perdomo y un equipo de tres médicos consultores a su servicio durante el proceso, encubriendo la responsabilidad institucional de la estructura departamental que dirigió la narrativa del suicidio.
Esta situación en la práctica lo que provoca es un traslape de tres instituciones públicas del Estado Hondureño, es decir, el Ministerio Público, la Secretaría de Seguridad y la Corte Suprema, tres operadores de justicia en distintas posiciones frente a un mismo caso menoscavando el derecho de las víctimas a la justicia.
La certeza de este Comité es que en el femicidio agravado de la joven estudiante Keyla Martínez no es solamente un agente policial el responsable, sino el conjunto colaborador de 13 policías de turno y sus oficiales que estaban allá, y que deben ser castigados como responsables.
Nuestro llamado al secretario de seguridad y al poder ejecutivo es que no permitan que el mal comprendido “espíritu de cuerpo”, remanente pernicioso de la incultura militar, se traslade erróneamente a la policía. Ese discurso tonto no debe regresar a Mateo y Casamata.
¡De los hechos y los hechores ni olvido ni perdón!
¡La policía Mata, Justicia para Keyla!
Tegucigalpa, 14 de octubre de 2022.
https://www.defensoresenlinea.com/caso-keyla-la-policia-la-justicia-el-estado/
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