Honduras: Libre tiene listo proyecto para nacionalizar hospitales durante pandemia // Otras informaciones en Criterio.hn
Por: Redaccion CRITERIO.HN Julio 4,2020 /redaccion@criterio.hn Tegucigalpa.- El Partido Libertad y
Refundación (Libre) tiene listo un proyecto de ley para introducir en el
Congreso Nacional, denominado; «Nacionalización Temporal del Sistema
de Servicios de Salud Privado para Atención al Covid-19» El proyecto de ley que consiste en la nacionalización de hospitales y laboratorios privados en
el país está amparado y basado en los artículos 59, 103,106,145,149 (En
su segundo párrafo) 187 y 328 de la Constitución de la República,
explicó la diputada de Libre, Fanny Gevawer quien es la proyectista. Sobre el tema se ha pronunciado el abogado Fredín Fúnez quien en su cuenta de facebook ha escrito: «Es
urgente, pero ya, que los 67 diputados del Congreso Nacional con base a
la Constitución de la República, en el artículo número 103, actualmente
en suspenso, y 332 salven la vida de los pobres aprobando un decreto
que obligue a todos los hospitales privados a atender incondicionalmente
a los infectados de Covid-19. Si pudieron hacer alianza en contra del
Código de la impunidad, también lo pedimos para salvar vidas de los
pobres.»
Gevawer agregó que el proyecto no ha
sido posible presentarlo ante la Secretaría del Congreso Nacional, «ya
que lastimosamente y pese a la gran emergencia que vivimos, este
Congreso prefiere no sesionar para no someter a discusión de temas
vitales para todo el pueblo hondureño, sin embargo cuando se trata de
aprobarle millones y millones a Juan Orlando no dudan en sesionar de ser
posible hasta 7 horas seguidas en un solo día».
En los considerandos la propuesta
señala que en observancia constitucional, el Estado tiene prerrogativa
preceptiva “de supervisar las actividades privadas de la salud conforme a
la ley” (Art. 149 párrafo 2do C…R.H). Dicha prerrogativa confiere
amplias facultades al Estado para coordinar la actividad de la economía
privada en este caso en el tema de la salud, para dictar político acorde
a la realidad socio-económica
existente; siempre como punto vital, preservar la salud humana, máxime
en el caso de la pandemia que nos ocupa, que tiene amenazada la
población mundial.
También cita el artículo 103
Constitucional que establece el reconocimiento del Estado a la propiedad
privada en su más amplio concepto de función social y sin más
limitaciones que aquellas que por motivos de necesidad o de interés
público establezca la Ley.
Argumenta además, que en
aplicación del artículo 106 constitucional que indica que nadie puede
ser privado de su propiedad sino por causa de necesidad o interés
público calificados por la ley o por resolución fundada en Ley, y sin
que medie previa indemnización justipreciada. En caso de guerra o
conmoción interior, no es indispensable que la indemnización sea previa,
pero el pago correspondiente se hará, a más tardar, dos años después de
concluido el estado de emergencia.
Y Honduras está en un estado de emergencia ya decretado
por encontrarnos a nivel mundial en una Pandemia, siendo el fin supremo
del estado el bienestar común y ante la crisis que vivimos producto del
Covid-19 se hace más que necesario nacionalizar los centros
hospitalarios.
El proyecto de ley que consta de 4
artículos, en su artículo primero propone la creación de una Mesa de
Administración Hospitalaria presidida por la representación del Colegio Médico de Honduras e integrada por: Representación del Colegio Médico de Honduras. Representación del Colegio de Microbiólogos de Honduras. Representación de SINAGER. Representación de la Secretaría de Finanzas. Representación del Consejo Nacional Anticorrupción. (CNA)
El artículo 2 dice que toda
institución hospitalaria y de servicios de laboratorios de carácter
privado pasa a ser dirigida por la Mesa de Administración Hospitalaria
por el periodo de duración de la pandemia por Covid-19 decretada por La
Organización Mundial para la Salud (OMS) dicha mesa toma el control de
todas las instalaciones hospitalarias privadas del país y administra los
recursos e insumos necesarios para la atención y el beneficio de la
población que se encuentre contagiada por Covid-19.
Art 3.: La Secretaría de Finanzas
deberá transferir a la Mesa de Administración Hospitalaria la cantidad
de L.200,000,000.00 doscientos millones de lempiras del presupuesto ya
aprobado para atención a la crisis nacional decretada por el Covid-19 y
también deberá de reorientar los recursos económicos recaudados por
concepto de Tasa de Seguridad durante el periodo de crisis producto de
la pandemia, los recursos que dicha Tasa de Seguridad recaude se
deberán transferir de forma semanal a la Mesa de Administración
Hospitalaria.
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Por: Redacción CRITERIO.HN
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