Comité por la Libre Expresión (C-Libre).-
El argumento de la epidemia del COVID-19 ha servido de excusa para que
Diario La Tribuna violente los derechos laborales de sus empleados,
quienes no han dejado de trabajar, unos bajo la modalidad del tele
trabajo y otros de forma presencial.
Recientemente,
se conoció que a los y las trabajadores del medio de comunicación en
sus tres versiones (impreso, digital y PDF), solamente se les entrego el
25% del pago correspondiente al décimo cuarto mes de salario
contemplado en Código del Trabajo en el Art. 347.
El artículo en mención detalla que “Todos
los trabajadores permanentes tienen derecho al pago del décimo cuarto
mes de salario en concepto de compensación social en el mes de junio de
cada año, con la misma modalidad y condiciones que regulan el
aguinaldo”.
Esta
prestación consiste en pagar el 100% del salario al trabajador que ha
cumplido el año completo de trabajo, en el periodo comprendido del 01 de
julio al 30 de junio del período siguiente. el cual, se calcula en base
promedio de los sueldos ordinarios y extraordinarios devengados durante
los doce meses anteriores al cómputo.
Según
los empleados de La Tribuna, que superan los 200 trabajadores, fueron
notificados que el 75% restante del decimocuarto mes de salario se hará
efectivo en los próximos cinco meses distribuidos en un 15% mensual.
Previamente
los empleados de La Tribuna, denunciaron en el mes de marzo del
presente año a escasos días de iniciada la cuarentena, la imposición
patronal a la firma de un documento para autorizar la deducción del 20%
de su salario en un “acto de solidaridad”, con el medio de comunicación
en consecuencia de las pérdidas ocasionadas por la epidemia del
COVID-19.
Posteriormente,
en el mes de mayo, varios trabajadores fueron suspendidos en apego a la
normativa establecida en el mismo Código del Trabajo en el Articulo
100, que contempla la suspensión total o parcial de los contratos de
trabajo, más no la terminación de la relación laboral.
Bajo
este escenario se informó a C-Libre que, a los trabajadores
suspendidos, tampoco se les honro en su totalidad el pago decimocuarto
mes de salario.
Diario
la Tribuna es el medio de comunicación que a la fecha contabiliza el
mayor número de fallecimiento de empleados a causa de COVID-19: Pedro
Boquín, (Camarógrafo) y Juan Salgado (Diagramador).
Al
respecto, la abogada Mara Elena Sabillón, Coordinadora del Centro de
Solidaridad – Honduras, explicó a C-Libre que “pese a que los dos
decretos emitidos por el gobierno de Honduras en el marco de la crisis
sanitaria del COVID-19 están enfocados en favorecer la empresa, ninguno
contempla la deducción de salario, despidos o incumplimiento del pago
del decimocuarto mes de salario”.
“En
ninguno de estos dos decretos establece directrices para deducir
salarios por eso se debe pagar el cien por ciento del sueldo, más aún si
los trabajadores han continuado realizando sus funciones…la ley es
clara y todos aquellos empleados que firmaron este tipo de medidas
arbitrarias son nulos, también el patrono está obligado a cumplir con
sus obligaciones obrero patronal lo que implica el pago del décimo
cuarto mes, incluso si el trabajador se encuentra en condición de
suspensión de su contrato de trabajo”, detalló Sabillón.
Ante
esta situación, el subdirector de información y comunicación de la
Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura (UNESCO), Moez Chakchouk, puntualizó que "La seguridad física y
psicológica de los periodistas debe ser lo primero”, en un comunicado de
prensa, publicado el pasado 27 de abril.
El
representante de la UNESCO, también recordó que los Estados y los
actores titulares de deberes deben garantizar la seguridad de sus
periodistas en la cobertura de la crisis sanitaria y de sus
repercusiones sociales, de conformidad con las normas internacionales
sobre la libertad de expresión.
http://www.clibrehonduras.com/index.php/portada-alertas/1206-diario-la-tribuna-incumple-obligaciones-patronales
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