Tegucigalpa.- El Sindicato de Trabajadores del
Instituto Nacional de Formación Profesional (SITRAINFOP), ha venido
denunciado que en medio de la crisis generada por el covid19 en
Honduras, el Consejo Directivo de la institución, en contubernio con la
Secretaría de Trabajo y Previsión Social, pretenden suspender varias
cláusulas del XVI Contrato Colectivo de condiciones de trabajo, que
contienen las pólizas de seguro médico hospitalario, seguro de vida y
accidentes personales.
Ésta denuncia fue remitida al Comité de Familiares de Detenidos
Desaparecidos en Honduras (COFADEH), ya que el SITRAINFOP considera la
intención del régimen, como una clara violación a los derechos humanos
de los trabajadores y trabajadoras.
La suspensión de los beneficios de salud fue anunciada desde el 29 de
abril del año en curso por parte del director ejecutivo del Instituto
Nacional de Formación Profesional (INFOP), Roberto Cardona.
En la nota dirigida a la Junta Directiva Central del SITRAINFOP,
Cardona anuncia la pretensión de suspender cláusulas del Contrato
Colectivo de Condiciones de Trabajo, que tienen que ver con el seguro
médico, seguro de vida y accidentes de trabajo, basándose en los
artículos 9 y 71 del código laboral, en la que se evidencia la mala
intención de trasladar la problemática a la Secretaría de Trabajo y
Previsión Social.
El 5 de junio, la seccional #1 del sindicato, denunció públicamente
dichas pretensiones de la actual administración y que tendrían lugar en
medio de la crisis provocada por la pandemia del covid19 en Honduras, y
cuando están suspendidas garantías constitucionales.
El artículo 9 del Código del Trabajo establece que “todo contrato de
trabajo será revisable cuando quiera que sobrevengan imprevistos y
graves alteraciones de la normalidad económica”.
El 2 de julio, la seccional #1 denunció ante la opinión pública
nacional, que a través de un análisis financiero se constató que no
existe tal disminución de ingresos en el INFOP como pretenden hacer ver
las autoridades y de las que habla el artículo 9 del código de trabajo.
El argumento de la disminución de ingresos no ha afectado la
operatividad de la institución, sostuvo la seccional #1. La información
sobre los fondos disponibles fue obtenida a través del propio portal de
transparencia del INFOP.
De hecho, durante lo que va de la pandemia, ninguna institución
estatal ha anunciado estados financieros insuficientes para hacer frente
a sus obligaciones contractuales hacia sus trabajadores y trabajadoras.
Por su parte el artículo 71 del Código del Trabajo, sobre el cual
fundamentan sus pretensiones las autoridades del INFOP, señala que “las
convenciones colectivas son revisables cuando sobrevengan imprevistos y
graves alteraciones de la normalidad económica”.
Los sindicalistas han denunciado que en atropello al Contrato
Colectivo de las condiciones de trabajo, el director ejecutivo Roberto
Cardona, ha hecho uso de plataformas virtuales como ZOOM para sostener
reuniones virtuales con el Consejo Directivo y el ministro de Trabajo,
Carlos Madero.
Madero no ha tenido la anuencia para reunirse con los trabajadores
para abordar un tema tan sensible como la cobertura de los servicios
médicos, que ahora pasarían a suspenso.
El 6 de mayo, Roberto Cardona convocó a la Junta Directiva Central
del INFOP a una reunión virtual en la que participarían ejecutivos de
dicha institución para abordar como punto principal la revisión de las
cláusulas económicas 15, 28, 45, 46, 47, 49, 50, 54, 56, 57, 66, 74, 80,
81, 98, 100, 101 y 106) del XVI Contrato Colectivo de Condiciones de
Trabajo, “en virtud del estado de emergencia sanitaria generada por la
pandemia de covid19, basándose en los artículos 9 y 71 del Código de
Trabajo”.
Al respecto la seccional #1 del SITRAINFOP denunció la intención del
régimen de Juan Orlando Hernández de violentar los derechos humanos
establecidos en las leyes nacionales y tratados internacionales.
“Pretenden suprimir el contrato colectivo en plena pandemia, demostrando la falta de conciencia y respeto a la vida”.
Cabe señalar que el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP)
retiró su participación y apoyo al INFOP, lo que supone que existen
pretensiones de destruir al sindicato, privatizar la institución y dejar
sin acceso gratuito a la educación técnica, a miles de jovencitas y
jóvenes hondureños.
El artículo 64 constitucional establece que: “No se aplicarán leyes y
disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden, que regulen el
ejercicio de las declaraciones, derechos y garantías establecidos en
esta Constitución, si los disminuyen, restringen o tergiversan”.
El INFOP cuenta con 930 trabajadores y trabajadoras en condición de
“permanentes” a nivel nacional y unos 300 empleados por contrato. La
institución al igual que los demás centros educativos, se encuentra
cerrada.
Sin embargo, actualmente se ha instalado un centro de triaje en las
instalaciones del INFOP con el propósito de atender a las personas que
presentan síntomas de covid19.
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