Agosto 3,2018.-El Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula, el 30 de julio de 2018, resolvió la demanda de amparo interpuesta en contra de la Corporación Municipal de Tela debido a las flagrantes, permanentes e impunes violaciones del derecho humano al agua, a la salud y el derecho de petición, ordenando PARAR las obras del proyecto hidroeléctrico Los Planes de la empresa HIDROCEP.
El recurso de amparo interpuesto por los abogados Víctor Fernández y Ariel Madrid, integrantes del equipo legal del Movimiento Amplio,
en su condición de apoderados judiciales de la Junta Administradora de
Agua y saneamiento de la comunidad de Pajuiles Bajo, fue interpuesto el 7
de mayo de 2018 fue resuelto de manera favorable para las comunidades
organizadas en el Movimiento Amplio instaladas en los Campamentos Dignos
por el Agua y por la Vida, quienes desde el año 2016 han denunciado los
graves daños ambientales causados por la empresa HIDROCEP.
La acción se emprendió debido a que, el
20 de septiembre de 2017 los amparistas interpusieron un reclamo
administrativo ante la Corporación Municipal de Tela solicitando la
inmediata suspensión de operaciones del proyecto hidroeléctrico a
raíz de los daños y delitos ambientales y pese a que han transcurrido
8 meses desde su interposición no han dado respuesta a la petición y
por el contrario, la corporación municipal indicó haber perdido el expediente y pidió que volvieran a presentarlo.
Esta
actitud, que suma a la lista de las que han dejado evidenciado el
servilismo de la corporación municipal para con la empresa HIDROCEP
obligó a que, ante la urgencia y gravedad de la salud y la vida de las
personas consumidoras de las aguas del río Mezapa se acudiera ante el
juzgado contencioso administrativo quien a través de su sentencia ha
ratificado la legitimidad de la lucha y exigencia de las comunidades que
defienden su río.
Por
su parte, el texto de la sentencia, determina otorgar el recurso de
amparo, confirmando que efectivamente la Corporación Municipal ha
violentado los derechos fundamentales invocados y ordena, para su
estricto cumplimiento, las siguientes medidas:
1.- Que la municipalidad de Tela, departamento de Atlántida disponga directamente u ordene a quien corresponda el
paro de obras del Proyecto Hidroeléctrico Los Planes, que desarrolla la
Empresa Hidroeléctrica Centrales de Progreso en el Río Mezapa
2.- Que la municipalidad de Tela, departamento de Atlántida impida
que los trabajadores de la Empresa Hidroeléctrica Centrales de
Progreso, (HIDROCEP), particulares, policías, militares o cualquier otra
persona haga sus necesidades fisiológicas sobre las aguas del Río
Mezapa, en virtud que las mismas se encuentran actualmente contaminadas con coliformes fecales.
3.- Que el Ministerio Público vigile el estricto cumplimiento de este amparo, procediendo conforme a Derecho en caso de incumplimiento de este fallo.
Es relevante recalcar que
la Corporación Municipal, incluso antes de esta sentencia, ha tenido la
doble obligación de respetar y garantizar los derechos que de manera
sostenida, por más de dos años, han sido reclamados pero que,
contrario a ello, el gobierno local de Tela, lamentablemente, ha
respondido con indiferencia y plegado al interés de la empresa HIDROCEP,
constituyendo esto un crimen contra la salud, la vida y demás derechos
de las comunidades del sector Pajuiles.
La sentencia es de ejecución inmediata por aplicación del artículo 65 de la Ley Sobre Justicia Constitucional,
que textualmente refiere “Proferida la sentencia que otorga el amparo,
el responsable del agravio deberá cumplirla tan pronto como se haya
puesto en su conocimiento lo resuelto. Si no lo hiciere, el órgano
jurisdiccional remitirá al Ministerio Público certificación de las
correspondientes actuaciones para que inicie la acción penal
correspondiente.”
Luego
de 497 días de resistencia digna, la justicia hondureña, finalmente ha
ratificado desde su propia lógica que la lucha sostenida en defensa del
río Mezapa es justa y legítima y que los daños ambientales y
daños a la salud ocasionados por la empresa hidroeléctrica HIDROCEP son
irreparables por lo que parar su labor es urgente y fundamental para
garantizar la seguridad y la vida de más de 20 mil personas consumidoras
de las aguas del río.
La
corporación municipal y el Ministerio Público han sido notificados de
la sentencia este día y han estampado sus firmas y sellos de recibidos
en las comunicaciones escritas que personalmente el equipo legal del
MADJ se ha desplazado para entregarles y están obligados a garantizar su
inmediato cumplimiento.
https://www.movimientoamplio.org/single-post/2018/08/03/Parar-las-obras-de-HIDROCEP-ordena-juzgado-en-amparo
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