Por defensores
Desde hace varios años, los golpistas han adoptado leyes habilitantes
en el terreno de la economía, seguridad, defensa, política y derechos
humanos en general.
En la mayoría de los casos han removido las trabas legales que
existían para sus actuaciones delictivas, como es el caso de las
ciudades modelo, el empleo por libras, la reelección y las licencias a
policías y militares para matar a sus enemigos.
Pero también han aprobado leyes y reformas para eliminar derechos
fundamentales, como la secretividad de las comunicaciones, la libre
asociación y el derecho a la libre expresión.
La reciente aprobación del artículo 590, del nuevo Código Penal,
tipifica hasta con 20 años de cárcel y 2,000 días de salario-multa, para
quienes cometan actos que subviertan el orden constitucional y la
tranquilidad de la población.
Los diputados con más de un dedo de frente han explicado claramente
que los fiscales y jueces tendrán la discresionalidad de aplicar la
reforma contra las protestas sociales en calles, carreteras o delante de
edificios. Y, en general, las expresiones diversas d elibre expresión.
El discurso oficial tiene ahora una gran puerta abierta para
calificar como terroristas las acciones de defensa territorial, la
reclamación de la tierra, la oposición a la reelección y la defensa del
país frente a los delincuentes.
En cualquier situación del contexto hondureño, los estallidos de
artefactos o las conspiraciones terroristas son exclusividad de las
Fuerzas Armadas, la policía y las organizaciones paramilitares creadas,
porque no existe una fuerza insurreccional que dispute el poder por la
vía violenta.
En todo caso, la reforma debería aplicarse contra quienes tienen en
su poder la inteligencia, la contrainteligencia, las armas y la pólvora.
Y contra sus amigos del crimen organizado que inclusive planearon matar
supuestamente al embajador de Estados Unidos y al presidente Hernández.
No contra las personas y las organizaciones que expresan su oposición por medios cívicos, artísticos o mediante la palabra.
El asesor español del Código Penal, Francisco Javier Álvarez, ha
rechazado la interpretación de que el nuevo Código Penal atacará las
manifestaciones populares, los grafitis y la ruptura de vidrios como
actos terroristas, porque en su criterio terroristas son los actos que
han ocurrido en España, Inglaterra o en otros países de Europa”.
En la década de los años 70 cuando los liberales aprobaron una
reforma al artículo 333 del Código Penal, los jueces azules y colorados
aplicaban ese artículo contra los campesinos que recuperaban la tierra
para sembrar, contra los estudiantes que defendían la autonomía
universitaria y contra la disidencia social que rechazaba la
militarización del país.
La llamamos aquella la ley anti terrorista del período de Villeda Morales.
Es decir, hay antecedentes en el país que confirman la necesidad de
las elites de aplastar a sus adversarios sociales y políticos. Y no será
esta la última vez de cara a unas elecciones fraudulentas con
reelección ilegal impuesta y con militares votando, cargando urnas y
disparando.
El apego al espíritu de las leyes no es la mejor característica de
los juzgadores en Honduras, por el contrario, se han comportado en
general en atención a las órdenes de sus amos. Y ese es ahora el mayor
peligro.
Los delincuentes organizados que controlan desde fuera las cortes y
tribunales están en un momento de pérdida directa de su legitimidad y,
por tanto, de la autoridad que han creído tener. Y están asechando a la
resistencia popular.
Con militares bien armados, bien pagados y leales a sus amos, todo se puede esperar de ellos.
Qué vamos a hacer para revertir esta tendencia? Es la pregunta que un buen día de estos debemos responder…
Editorial Voces contra El Olvido, sábado 23 de septiembre 2017
http://defensoresenlinea.com/la-protesta-social/
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