La
Junta Nominadora para elegir la Nueva Corte Suprema de Justicia ha sido
fuertemente cuestionada por varios sectores de la sociedad honduras.
Tegucigalpa.- La
misión de juristas internacionales, que concluyó este jueves su segunda
misión de acompañamiento sobre la selección de magistrados y
magistradas a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Honduras, concluyó
que este proceso va por muy mal camino debido a una serie de vicios de
nulidad y falta de transparencia por parte de la Junta Nominadora.
“Tal
vez la principal conclusión es que el proceso va por muy mal camino y
que deben tomarse medidas correctivas porque de lo contrario el Estado
de Honduras no va a dotarse de una Corte Suprema de Justicia
independiente”, sentenció el director de la Comisión Internacional de
Juristas para Centroamérica (CIJ) Ramón Cadena.
La
CIJ emitió un pronunciamiento en el marco de la segunda misión de alto
nivel, con el objeto de observar el proceso de elección de magistrados y
Magistradas de la CSJ para el periodo 2016-2023. La visita se realizó
entre el 26 y 29 de octubre.
La
delegación estuvo integrada, además, por Roberto Garretón, abogado de
Chile, ex miembro del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre
Detenciones Arbitrarias y Comisionado de la Comisión Internacional de
Juristas; la abogada Iris Elena Portillo, asesora legal de la CIJ para
Centroamérica y la abogada Ivania Galeano, asesora legal de la CIJ en
Honduras.
CONCLUSIONES
La
misión concluyó que el contexto en el que se lleva a cabo la elección
de magistrados continúa siendo de descontento social, violencia y
desconfianza en la justicia, porque la población en general, afirma que
no existe una justicia imparcial e independiente. Las injerencias de
diferentes sectores, incluyendo la de partidos políticos y posibles
estructuras criminales en la administración de justicia, persisten y
continúan afectando la independencia del poder judicial.
Asimismo
que no hay transparencia en el proceso, ya que si bien la Junta
Nominadora reconoció en su normativa interna el principio de publicidad
en forma amplia, en la práctica no existe un lugar fijo y amplio para
las sesiones de dicha Junta Nominadora, que permita que la sociedad
hondureña en general y los medios de comunicación nacionales e
internacionales, ejerzan su derecho de supervisión y puedan observar
todas las audiencias.
Otro
aspecto que señalan los juristas es que el envío de la lista de los 45
candidatos (as) nominados será enviada al Congreso Nacional hasta el 11
de enero de 2016, lo cual no permitirá que el Parlamento reciba la
lista con la debida antelación, para poder hacer un escrutinio a fondo
de las y los candidatos propuestos.
La
CIJ también reiteró que siendo la Junta Nominadora un órgano colegiado
de rango constitucional, su función debe llevarse a cabo con un alto
nivel de responsabilidad y con total respeto por el principio de
legalidad, independencia y autonomía de parte de sus miembros
En
ese sentido, el organismo manifiesta que los miembros de la Junta
Nominadora deben realizar sus tareas con apego a la ley y a la
Constitución de la República, ya que de lo contrario, podrían incurrir
en el delito de violación de los deberes de los funcionarios, tipificado
en el artículo 349 del Código Penal y en la responsabilidad del Estado
regulada en el capítulo XIII de la Constitución de la República de
Honduras.
PAPEL DEL CONGRESO
La
CIJ pudo constatar que algunos diputados/as siguen considerando que su
papel en la segunda fase se limita a elegir a los 15 magistrados/as de
la Corte Suprema de Justicia de la lista de 45 candidatos/as que envía
la Junta Nominadora. De esta forma, consideran que no están obligados a
hacer un nuevo escrutinio de las personas propuestas.
La CIJ se permite recordar a estos diputados y diputadas que su función en la segunda fase del proceso, implica también hacer un análisis a fondo de todos los expedientes de las y los 45 candidatos, para lograr elegir finalmente a los 15 más idóneos, capaces, los más comprometidos con los derechos humanos y los más independientes. La CIJ concluye enfáticamente, que las y los diputados no deben renunciar a llevar a cabo esta tarea.
La
organización también reitera que la aprobación del artículo 80 de la
Ley Orgánica del Congreso Nacional, podría prestarse a que, mediante una
estrategia de retardo, la actual Corte Suprema de Justicia permanezca
en sus cargos aún después de vencido el plazo constitucional,
contraviniendo el artículo 312 de la Constitución de la República de
Honduras.
REELECCIÓN DE MAGISTRADOS
Sobre la reelección de magistrados, apunta que la CIJ recibió información que 12 de ellos pretenden reelegirse, incluidos la mayoría de las y los magistrados de la Sala Constitucional. En ese sentido la organización considera que para determinar si dicha reelección es aconsejable, se debe hacer un análisis objetivo del trabajo realizado por dichos magistrados durante su período, las sentencias dictadas, el papel que esta Corte Suprema jugó durante el rompimiento del Orden Constitucional en Honduras en el año 2009 y si ha actuado con independencia. No obstante, señala que de “este análisis, la CIJ considera que la reelección no es aconsejable”.
Durante
la visita, la delegación mantuvo reuniones con los distintos actores
involucrados en el proceso, entre ellos: organizaciones de la sociedad
civil, autoridades de gobierno al más alto nivel como el ministro de
Justicia, Derechos Humanos, Descentralización y Gobernación;
Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP); la
Junta Nominadora.
Asimismo
con representantes de la comunidad internacional y agencias de
cooperación; con las bancadas de diputados del Partido Liberal, del
Partido Anti corrupción y del Partido Libre y con organizaciones de
derechos humanos, con quienes intercambió impresiones en torno al
proceso de elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y
acerca del contexto en el que se está llevando a cabo esta elección en
Honduras.
http://criterio.hn/juristas-internacionales-advierten-que-proceso-de-seleccion-de-magistrados-va-por-mal-camino/
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