El
grupo de Abogados Defensores del Estado de Derecho cuestionaron el
proceso de selección de representantes de dos sectores de los siete que
conforman la Junta nominadora, así como la preselección de aspirantes a
magistrados y magistradas a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), este
jueves 24 de septiembre de 2015.
“No
se realizó una selección por méritos profesionales, ni se tomó en
consideración factores de desempeño ético y moral de cada uno de los
seleccionados”, mencionaron los profesionales del derecho.
Condenaron
como “antidemocrática e impositiva” la selección de representantes ante
la Junta Nominadora por parte del organismo gremial de los abogados en
el país, al ser nombrados el presidente José Luís Valladares y el
vicepresidente Rafael Canales,dando lugar al irrespeto de la asamblea
para poder presentar otras opciones de representantes.
Asimismo,
denunciaron la actitud del presidente del CAH al manifestar
recientemente que presentaría acciones penales contra quienes critiquen a
los aspirantes a magistrados y magistradas de la CSJ. “No entendemos
esta actitud poco democrática y poco transparente de parte de dicho
funcionario, quien además es el secretario de la Junta Nominadora, este
proceso debe ser sometido a un riguroso escrutinio público de desempeño
profesional y en ese contexto es necesario habilitar vías expeditas de
denuncia que se formulen en contra de quienes sean propuestos como
candidatos”.
Manifestaron
también su preocupación ante la “injerencia del gobierno en la
acreditación de más de 40 organizaciones eclesiásticas evangélicas” para
participar en la asamblea de la sociedad civil, lo que generó “un
aplastante sector en la asamblea para la toma de decisiones y para el
nombramiento del representante ante la Junta Nominadora”.
Esto
se comprueba con la elección en dicha asamblea como representante
propietario ante la Junta al miembro de la Confraternidad Evangélica de
Honduras, Jorge Machado, según destacaron
Los
abogados en Defensa del Estado de Derecho se pronunciaron contra el
proceso de selección de representantes ante la junta, al no haber hecho
público dicho proceso, contrastando el artículo tres de la ley de la
Junta Nominadora: “En la integración y organización de la Junta
Nominadora y en su desempeño, deben observarse los principios de
publicidad, trasparencia, riguroso apego a la ley…”.
IAIP hace llamado a junta nominadora a utilizar portal de trasparencia
Después
de su juramentación el pasado 01 de septiembre, y luego de realizar la
primera verificación del portal de trasparencia de la Junta nominadora,
el Instituto De Acceso A la Información Pública (IAIP) denunció el
escaso contenido informativo colocado en este sitio.
La
Gerencia de Verificación de Trasparencia, dependiente del IAIP, realizó
el monitoreo respectivo del portal de la Junta Nominadora, el pasado 18
de septiembre, y solo encontró dos documentos subidos, el formulario
de solicitud a aspirantes a magistrados y magistradas de la Corte
Suprema de Justicia y la convocatoria de la Junta Nominadora, publicado
en el diario “La Tribuna”, se informó mediante un comunicado de prensa.
Las
autoridades del Instituto de Transparencia le recordaron a los
representantes de la Junta que hasta esta fecha deben estar publicadas
las actas de las sesiones llevadas a cabo, así como la documentación
soporte de la elección de los delegados propietarios y suplentes.
Igualmente
exigieron a los representantes de la Junta el cumplimiento de lo
establecido en articulo número 4, el cual se refiere a la obligatoriedad
de las instituciones en difundir información referente a su gestión ,
así como del articulo número 13, el cual habla de la documentación que
debe difundir , entre la que se encuentra la estructura organizativa,
leyes y reglamentos, políticas generales, información catastral, entre
otras.
“El
monitoreo al Portal de Transparencia será efectuado semanalmente y sus
resultados serán dados a conocer, en forma inmediata, al pueblo
hondureño” concluye el comunicado.
http://www.pasosdeanimalgrande.com/index.php/es/contexto/item/1012-cuestionan-el-actuar-de-la-junta-nominadora-y-debilidad-en-seleccion-de-magistrados-y-magistradas
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