Jueves, 11 Junio 2015 23:40 Written by Marvin Palacios / pasosdeanimalgrande.com/
El
derecho a la libertad de expresión es reconocido por el derecho
Internacional en tratados internacionales como la Declaración Universal
de los Derechos Humanos (artículo 19), el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos (artículo 19), la Declaración Americana de
Derechos y Deberes del Hombre (apartado IV) y la Convención Americana
sobre Derechos Humanos (artículo 13).
La
Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aprobada en el año 2000,
reconoce la importancia de la libertad de expresión en el continente
americano.
Las
organizaciones de derechos humanos que asistieron como peticionarias
ante el Examen Periódico Universal de 2010 de Naciones Unidas en
Ginebra, Suiza, para evaluar la situación de Honduras, manifestaron en
aquella oportunidad que los problemas de libertad de expresión en
nuestro país, son de naturaleza estructural, donde ha existido por
décadas una concentración y oligopolio de los medios de comunicación,
principalmente de las frecuencias del espectro radioeléctrico.
El
Estado como administrador del espectro radioeléctrico (abusó de su
autoridad y concentró en sectores de poder económico, político y
religioso una gran cantidad de frecuencias en amplitud modulada y
frecuencia modulada.
De
este modo, el pueblo ha estado limitado al “pensamiento
único” derivado de un oligopolio en las comunicaciones radiales y
televisivas, sin opción a contar con interpretaciones diferentes a la
realidad social y política que experimenta, ni a poseer (como es su
derecho) un título habilitante para explotar una frecuencia de radio.
Al
respecto en 2010 Durante el Examen Periódico Universal (EPU) al que se
sometió el estado de Honduras, las Naciones Unidas recomendaron: “Tomar
todas las medidas necesarias, incluso mediante la realización de una
reforma de la legislación que rige el sector de las telecomunicaciones y
garantizar el acceso a la información pública, para garantizar la
libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho de reunión
pacífica”.
En
noviembre de ese mismo año y siguiendo las recomendaciones del Exámen
Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de Naciones
Unidas, el gobierno adoptó la decisión de reformar la Ley Marco de
Telecomunicaciones en concordancia con los acuerdos y estándares
internacionales de derechos humanos para “democratizar el espectro
radioeléctrico” en Honduras.
Resalta
en este punto la incidencia de las organizaciones de derechos humanos,
la participación y concurso de la Asociación de Medios Comunitarios de
Honduras (AMCH), el Comité por la Libre Expresión (C-LIBRE), y
asociación de medios de comunicación independientes que no pertenecen a
los grandes oligopolios del país.
La
búsqueda por la “democratización del espectro radioeléctrico”, encontró
la promesa del estado de asignar un 33 por ciento del espectro que
sería destinado a comunidades indígenas, patronatos y organizaciones que
por su naturaleza y dinámicas de trabajo son catalogadas como
defensoras de derechos humanos.
En
julio de 2013, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL)
recanalizó la frecuencia modulada (FM) a nivel nacional para
liberar unas 160 frecuencias, de las cuales sólo otorgó 10 títulos
comunitarios y el resto fue sometido a subasta pública, donde una vez
más fueron adquiridas por grupos religiosos (evangélicos y católicos),
empresa privada (empresarios de medios y políticos) y por el estado.
La
promesa del Gobierno de reservar un 33 por ciento de las frecuencias de
radio a las comunidades y grupos independientes desligados con el poder
religioso o empresarial, no se cumplió y apenas unas cuantas fueron
asignadas y otras están en la lista de espera, que no es segura, porque
la experiencia demuestra que la CONATEL observa y aplica criterios
políticos para este menester.
En consultas realizadas “extra micrófono” por www.pasosdeanimalgrande.com,
y con la advertencia de los consultados de ocultar la identidad, se
refleja que el otorgamiento de frecuencias a medios comunitarios está
condicionado a los contenidos que se divulguen.
En
otras palabras, el estado aplica la “previa censura”, cómo nos lo dijo
la persona consultada, en el sentido de que si se habla en contra de las
autoridades del gobierno (presidente, diputados u otros funcionarios),
los medios comunitarios pueden ser objeto de sanciones. Tal y como lo
reflejó el caso de la Voz de Puca, emisora comunitaria de la Red Comal
de Gracias, Lempira que enfrentó en 2014, una audiencia de descargo por
“cuestionar a la pareja presidencial” de aquel momento.
En
el pasado otros medios comunitarios, como la Voz de Zacate Grande fue
cerrada y ocupada por policías y sus comunicadores sociales perseguidos y
amenazados por criticar a un grupo económico que pretende adueñarse de
las tierras y los recursos naturales de la Península de Zacate Grande en
el sur del país.
En
el examen Periódico Universal EPU del año 2010, El Consejo de Derechos
Humanos de Naciones Unidos recomendó: “El estado de Honduras debe
adoptar medidas para garantizar el derecho a la vida e integridad física
de los periodistas hondureños, así como el ejercicio de la libertad de
expresión”.
También
instó a continuar protegiendo, a través de actos jurídicos y
administrativos, la libertad de expresión y la libertad de prensa, así
como el acceso a la información.
El
organismo mundial también resaltó que el estado debe garantizar la
libertad de expresión, de conformidad con las obligaciones contraídas en
virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en
particular en relación con los periodistas, activistas de derechos
humanos y miembros de la oposición.
En
referencia a los medios comunitarios, la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CDIH) establece que “a través de los comunicadores
sociales, la ciudadanía adquiere el poder de participar y/o controlar el
desempeño de las acciones de los funcionarios públicos”.
En
relación al derecho que las comunidades indígenas deben contar con sus
propios medios de comunicación, las Naciones Unidas en el Examen
Periódico Universal de 2015, emitida el 8 de mayo, recomendó que
Honduras deberá “desarrollar
un plan de acción nacional para aplicar los Principios Rectores de las
Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, incluyendo acciones
específicas para fortalecer la aplicación de la convención 169 de la
OIT.
Despenalizar la calumnia, la injuria y la difamación
Si
bien el Código Penal y la Ley Marco de Telecomunicaciones tipifican el
cierre de medios invocando motivos de seguridad nacional, los expertos
consideran que estas disposiciones en realidad criminalizan el trabajo
de los comunicadores sociales y periodistas, calificando sus expresiones
como colindantes con las figuras de difamación, injuria o calumnias.
Al
respecto una de las recomendaciones expuestas en el Examen Periódico
Universal 2015 concerniente a la libertad de expresión señala que el
estado debe “modificar
la legislación para despenalizar la difamación, la calumnia y la
injuria y convertirlos en materias reguladas por las normas de derecho
civil de derechos establecidos por las Naciones Unidas y la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Posterior
al golpe de Estado en Honduras (28 de junio de 2009) , la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) ordenó el cierre de Radio
Globo, Globo, TV, Radio Progreso, la Catracha y Canal 36 aplicando la
Ley Marco de Telecomunicaciones y el Código Penal, pero las
justificaciones que expuso (a las claras violatorias de la Ley de
Emisión del Pensamiento y la Constitución de la República), reflejó que
lo actuado no fue más que ejercer el control de las líneas de expresión
adoptadas por medios opositores al golpe de Estado.
En
tal sentido el ex Relator para la Libertad de Expresión de Naciones
Unidas, Frank La Rue en varias visitas realizadas al país, manifestó la
posición del organismo mundial, en el sentido de instar al estado de
Honduras a que despenalice dichas figuras porque van en contra de la
libertad de expresión.
La
Rue también expuso sobre la necesidad de democratizar el espacio
radioeléctrico para beneficio de los pueblos indígenas y otros grupos
que conforman la ciudadanía hondureña, que han estado excluidos de este
derecho: El derecho a informar, a buscar información y a difundir la
información.
El
Relator sobre Libertad de Expresión abogó por la diversidad y
la pluralidad, por la libertad de pensamiento y por la libertad de
expresión, como baluartes de la democracia.
La censura y la autocensura
La
censura previa y la autocensura privan en los medios de comunicación y
en programas independientes en donde periodistas que han comprado un
espacio para difundir sus informaciones se han visto advertidos por
parte de los propietarios de los medios de que no pueden referirse en
forma crítica o negativamente contra determinados personajes de la vida
nacional o de los gobiernos de turno, so pena de enfrentar la clausura
del contrato por arrendamiento del espacio.
Con
respecto a las amenazas en el ejercicio de la profesión, Ricardo
Zelaya, ex reportero de la cadena Radio América señaló que en Honduras
no hay mucha libertad de expresión porque en ocasiones, en los propios
medios de comunicación no se respeta la libertad de expresión.
“Los
mismos directores de los medios de comunicación no la respetan, cuando
un periodista investiga determinada nota, sea positiva o negativa, o sea
una nota social, no le dan la suficiente importancia, pero en muchas
ocasiones les interesa más una nota roja o una nota política, en vez de
ayudar a otras personas”, comentó.
Zelaya
indicó que muchas veces él tuvo una nota que pudo vender mejor la
imagen del propio país, pero “les interesa (a los directores o
coordinadores de prensa) otra nota, les interesa más la sangre,
entonces estamos llevando al pueblo con esa psicosis de sangre, que
llevar notas positivas o notas investigativas”.
“En
mi trabajo hubo autocensura, y lo que pasó fue que cuando alguien no te
pasa una noticia, te censura, eso te motiva a sacar más noticias, a ser
más creativo y buscar la manera de transmitirla, y cuando vos escuchás
tu nota, después de un trabajo duro en la calle, tu nota sale al aire
vos te alegras, se alegra tu familia”, explicó el periodista.
Zelaya
reiteró que a pesar de ello, “sí hay censura, incluso en la radio que
me yo tanto agradezco y que me dio la oportunidad, radio América, que me
dio la oportunidad de ejercer mi profesión y de agarrar experiencia,
pero ahí la censura la hacen los directores de los medios de
comunicación”.
El
periodista también señaló que en varias ocasiones se autocensuró en
aras de proteger su integridad personal, su propia vida. “En una ocasión
lo hice cubriendo temas como el militar, tema político e incluso tuve
temor hasta de salir o volver a tocar el tema hasta determinado tiempo
para no poner en peligro la vida de mis hijas y de mi esposa y mi propia
integridad”.
Ricardo
Zelaya laboró para radio Reloj, Radio Globo y radio Comayaguela, en
donde realizó el trabajo periodístico de una forma independiente, y
citó: “Cuando usted tiene publicidad del estado usted no puede trabajar
como usted quiere, yo fui prensa independiente y hay que buscar otras
alternativas de financiamiento”.
No
en vano los expertos consideran que la publicidad oficial es utilizada
como mecanismo de control de la agenda informativa por parte de los
distintos gobiernos.(“Entre la Censura y la discriminación” 2014.)
Frente
a las amenazas, hostigamientos y seguimientos de que son víctimas los
periodistas, comunicadores sociales, fotógrafos, documentalistas, entre
otros, las Naciones Unidas recomendaron a Honduras en 2010 que debe
“garantizar la libertad de expresión, en particular mediante la lucha
contra los ataques contra los periodistas y la garantía de que los
periodistas, formadores de opinión y miembros de la oposición política
son libres de expresar sus puntos de vista”.
Además
durante el Examen Periódico Universal de ese año, las Naciones Unidas
instaron al estado de Honduras a que “tome todas las medidas necesarias
para proteger la libertad de expresión, en particular velando por que
los periodistas y miembros de la oposición política son capaces de
expresar sus opiniones sin temor a la intimidación, y por investigar y
llevar ante la justicia a los responsables de actos de violencia contra
periodistas”.
El
Examen Periódico Universal de 2015 también incluye esta recomendación y
lo expresa de esta manera: “Asegurar la libertad de expresión y tomar
pasos para eliminar las amenazas y ataques contra periodistas y
defensores de derechos humanos, incluyendo defensores de la comunidad
LGBTI.
Por
otra parte el estado de Honduras cuenta con una Ley de Acceso a la
Información Pública que actúa más bajo principios de extrema reserva que
como facilitador de la información de la actividad gubernamental.
Para
citar un ejemplo, según esta ley, los hondureños y hondureñas no
podemos conocer cómo se invierte el presupuesto de la Policía Nacional
(PN) o las Fuerzas Armadas (FFAA) ya que el Instituto de Acceso a la
Información Pública (IAIP) ha catalogado dicha información como
“reservada” o “ultra secreta”.
Para
terminar de construir un cerco impenetrable a la información pública,
antes de las elecciones de 2013, el Congreso Nacional aprobó un paquete
de medidas involutivas a la libertad de información al crear una Ley de
Secretos Oficiales que permite encriptar la información pública, lo que
hace inútiles las solicitudes que se presentan ante el IAIP.
Otra
medida restrictiva vigente y aprobada en diciembre de 2013, es una
reforma a la Ley Marco de las Telecomunicaciones, en la cual el Estado
puede controlar las identificaciones personales públicas y privadas de
los usuarios de internet e inclusiveintervenir las comunicaciones privadas.
La ONU demanda investigar muertes de periodistas
Por
último, pero no menos importante, se encuentra la situación de 42
asesinatos de periodistas y comunicadores sociales, de la cual el Examen
Periódico Universal 2015, recomienda al estado de Honduras: “Adoptar
nuevas medidas para la investigación efectiva, el enjuiciamiento y el
castigo de los crímenes de odio contra las personas LGBTI y mujeres,
incluyendo los feminicidios, así como crímenes contra defensores de
derechos humanos, periodistas, operadores de justicia y miembros de la
comunidad campesina en el Bajo Aguán”.
El
Congreso Nacional aprobó este año la Ley de Protección
para Periodistas, comunicadores sociales, operadores de justicia y
defensores de derechos humanos. Al respecto las Naciones Unidas
recomendaron este mismo año lo siguiente: “Que para la implementación de
la nueva ley de protección a defensores de derechos humanos,
periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia se asignen
recursos suficientes, sin que sea necesario recurrir a contribuciones de
la sociedad civil.
“
Implementar la nueva ley (sobre la protección de los defensores de
derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de
justicia) a través de proceso amplio de consulta y participación con la
sociedad civil”.
Y “mejorar
la eficacia de la prevención, investigación y persecución de todas las
formas de ataques contra defensores de derechos humanos, periodistas,
abogados y jueces con el fin de reducir su incidencia y para hacer
frente a la impunidad de estos crímenes”.
El
Examen Periódico Universal 2015, instó nuevamente al igual que en 2010,
a adoptar medidas eficaces para garantizar el derecho a la vida y a la
integridad física de los periodistas hondureños, así como el ejercicio
de la libertad de expresión, de adoptar todas las medidas posibles para
llevar a cabo investigaciones con el fin de acabar con la impunidad por
el asesinato de periodistas.
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