jueves, 11 de febrero de 2016

Honduras: 1) CORROMPER, 2) AMENAZAR, 3) DESPRESTIGIAR, y 4) MATAR // OSCURAS ELECCIONES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y LAS DECISIONES DEL PARTIDO “LIBERTAD Y REFUNDACIÓN”

  Estos son los pasos que siguen los grupos oscuros cuando tratan de imponer sus intereses.
 Ya he visto las tres primeras acciones. A las acciones de desprestigio contra los partidos y bancadas de la oposición política se ha unido UN SECTOR de la IGLESIA CATÓLICA Y EVANGÉLICA, aunado a la campaña de odio de ALGUNOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
Pero como toda persona PATRIOTA, PAC, LIBRE y PINU han sabido soportar estas embestidas para buscar JUSTICIA para su pueblo, esperemos que se logre.
Hago un llamado para que EL DEBATE se dé alrededor de como tener una CORTE de JUSTICIA, porque si algo le pasara a un familiar o al Congresista de la oposición sería trágico para la nación y ya sabríamos de donde provienen.
Wilfredo Mendez           


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OSCURAS ELECCIONES DE LA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Y LAS DECISIONES DEL PARTIDO
“LIBERTAD Y REFUNDACIÓN” 

Galel Cárdenas  

La  elección de una nueva Corte Suprema de Justicia ha sido  manipulada con el fin de proseguir con el estado de impunidad frente a los casos de corrupción desmedida del gobierno nacionalista, en el que se incluye el visto bueno del poder judicial para la re elección. Se propone así un sistema judicial prevaricado, donde deberá imperar el interés partidario de los partidos tradicionales como reflejo de otros intereses pertenecientes al poder fático y mediático.

De este modo se proseguirá con un sistema de justicia completamente  desnaturalizado y además eminentemente politizado a favor de los intereses ya descritos y que corresponden a las motivaciones originales que catapultaron el golpe de Estado. Así en esta dirección existe una relación directa entre Golpe de Estado y Corte Suprema de Justicia, organismo supremo judicial que durante los días previos al Golpe jugó un papel activo para enjuiciar al presidente y legitimar después el artero zarpazo a la Constitución de la República, desde ese momento histórico, la Corte se coinvirtió en  el sustento jurídico de la impunidad nacional.

Fue con este Poder del Estado  con el cual los diferentes gobiernos derivados de aquel acto inconstitucional gobernaron a la  entera satisfacción inmoral de las fuerzas mediáticas y fácticas imperantes. Al enfrentar el mandato de la Constitución referida a la elección oscura de un nuevo cuerpo de magistrados en este Poder Estatal, el actual Presidente de la República pretende seguir administrando la cosa pública con las garantías judiciales correspondientes a sus desmanes y ambiciones políticas re reeleccionistas. 

El Congreso Nacional de la República en donde están representados los partidos tradicionales, los nuevos partidos emergentes y los partidos denominados “dependientes”, ha desplegado toda una gama de mecanismos de control de los votos para la elección de los magistrados que habrán de integrar la nueva Corte Suprema de Justicia hondureña.

Desde tiempos inveterados, los directivos del Congreso Nacional en complicidad  con los partidos tradicionales y  demás otros pequeñas organizaciones partidarias, han implementado el mecanismo de compra de conciencias y voluntades políticas para emitir leyes contrarias a los intereses del pueblo, como además para aprobar, desde su potestad constitucional, todo aquello que asegure el sistema de impunidad y prevaricato que se ha desarrollado en el  Poder Judicial, actualmente dirigido por el Partido Nacional, el Partido Liberal, la Unión Democrática y la Democracia Cristiana.

En este ámbito de tenebrosos intereses proclives a la corrupción y la impunidad correspondiente se ha institucionalizado un sistema de justicia prevaricado en todas sus dimensiones.

El Partido Libertad y Refundación (LIBRE) a través de su representación popular en el Congreso Nacional, ha luchado insistentemente para  cambiar la coyuntura de las fuerzas dominantes.

Los enemigos del Partido Libertad y Refundación (LIBRE), concentrados en la cúpula de la directiva del Congreso en contubernio con los otros partidos cómplices de los intereses del Poder Ejecutivo actual, han desplegado los más sucios mecanismos de soborno y cohecho mediante transacciones financieras a las cuentas de los diputados convertidos en mercenarios políticos, todo ello con el propósito de comprar los votos que  de pronto se transforman en mercancía política, con los cuales los procesos electorales internos del Congreso Nacional se vuelven sucias maniobras de maquiavélicas acciones de compraventa de las decisiones políticas.

Por medio de esta estrategia, el Partido Nacional  ha sonsacado del seno de la bancada del partido LIBRE, al menos, hasta ahora, siete  diputados electos por la soberanía popular electoral, comprados con dinero de las arcas nacionales.

Estos diputados se han proclamado vergonzosamente como “bancada independiente”, y su rol ha consistido  en plegarse  constantemente a los designios y líneas políticas del Partido Nacional.

El Partido LIBRE ha sido la organización partidaria que más ha sufrido el soborno y la compra de sus representantes ante el Congreso Nacional. Ningún otro Partido ha sido víctima de tan deleznable y asquerosa maniobra política.

El Partido Libertad y Refundación basado en estos hechos irrefutables ha debido expulsar a tales militantes convertidos en diputados del Congreso Nacional por la voluntad de los electores hondureños simpatizantes de la enseña partidaria de LIBRE, prohibiéndoles, a partir de tales momentos, el uso y representación del nombre del Partido, y además  la no postulación a cargos de elección en los próximos comicios eleccionarios generales en nombre del Partido  LIBRE. 

Es necesario para proseguir en esta exposición revisar los conceptos básicos de conducta ética que contienen los estatutos del Partido.

Por ejemplo, en la declaración de Principios del LIBRE se muestra   como norma fundamental la “honestidad y la transparencia” y al respecto dice el articulado  que LIBRE “velará porque sus dirigente y miembros actúen con honestidad. De la misma manera plantea la organización de un estado con manejo eficiente y transparente de los recursos, en el que una de sus tareas prioritarias es el combate a la corrupción”.

Esta base  ética es fundamental para su observación entre los militantes del Partido LIBRE ya que dispone velar porque se cumplan tales conductas como una obligación de toda la membrecía que corresponde, y sobre todo,  además, actuar con la transparencia necesaria para que todo recurso nacional financiero o partidario no sea desviado para el enriquecimiento ilícito. El Partido LIBRE tiene sus propios  mecanismos para orientar y evitar que tales hechos deleznables sucedan en su vida interior.

En otro de los objetivos establecidos en el Programa de Acción  Política, en el número cuatro, expresa   lo siguiente: “Instaurar un estado de derecho democrático, participativo, sólido y un aparato de gobierno moderno y transparente; así como un sistema de administración de justicia responsable, imparcial, apegado al cumplimiento estricto de las leyes de la República, sin ataduras de ninguna índole a los intereses económicos particulares o de grupos específicos”.

Tales  preceptos implican  lo que ha pregonado  la Coordinación General del Partido, y es erigir un sistema de justicia que sea imparcial, que siga el sendero constitucional y el espíritu de las leyes con apego a la igualdad y a la justicia, esencialmente. Esta discusión es precisamente el pivote que impulsa a toda la organización partidaria representada en los diputados al Congreso Nacional para elegir los magistrados a la Corte Suprema de Justicia.

En el artículo 13  de los estatutos se establecen los deberes correspondientes a la militancia activa del Partido, pero, en algunos de los incisos, hace énfasis en el comportamiento ético de sus afiliados, por ejemplo el apartado g, manifiesta  a continuación: “Combatir y denunciar toda clase de corrupción, sin importar la esfera, fuerza política o económica en que se realice”.

Este inciso de orden moral plantea que todo miembro del Partido LIBRE debe observar una conducta que sea proclive a luchar contra toda clase de corrupción en la instancia donde se encuentre el miembro activo de la organización partidaria.  

Si los partidos tradicionales y demás otras estructuras partidarias que integran las diputaciones del Congreso Nacional, proponen elegir magistrados a la Corte Suprema de Justicia, con el afán de mantener el sistema prevaricado de justicia nacional, todos aquellos militantes de la organización deben conducir sus comportamientos políticos en derredor del cumplimiento imperativo de la norma que proclama el combate y la denuncia contra la corrupción en cualquiera de sus facetas públicas o privadas. 

En tal sentido apoyar una nómina de magistrados que pertenecen a las filas de los partidos traspasados por el virus corrosivo de la corrupción es ya un acto alienado moralmente que el Partido LIBRE ha declarado denunciar y desenmascarar en  todas aquellas maniobras propensas a reafirmar un grupo de magistrados comprometidos con el gobierno  descompuesto y putrefacto acusado  de los más escandalosos actos de corrupción.

Y es que los estatutos de LIBRE son más claros todavía en el inciso “m” del artículo 13  que acá se comenta, el cual dice a la letra lo siguiente:” “Actuar con base en los valores y principios de la ética revolucionaria, diferenciándose de  la práctica oportunista y manipuladora de los políticos tradicionales”.

Se debe entender por ética revolucionaria a las prácticas militantes  de carácter humanista donde los protagonistas de la acción política estén comprometidos con la justicia social, que rechaza toda conducta mercenaria de compra y venta de voluntades y decisiones personales tendientes a enriquecer el oportunismo monetario de tipo personal, olvidando los valores de la honradez, la honestidad, la solidaridad, la colectividad y el supremo bien para todos los ciudadanos en menos cabo de sus derechos esencialmente humanos.

Es de hacer notar que la ética revolucionaria es concomitante con los valores de honestidad y honradez de la colectividad que siempre anhela practicar  el idealismo moral, la lucha por cambiar y combatir el mundo de la injusticia y desigualdad. La colectividad  ética  propone  un mandato comunitario de altísimo grado moral.

Se habrá de entender por moral al  conjunto de normas sociales que se transmiten de una generación a otra, y la ética por su parte habrá de ser el grupo  de principios que procuran el bien colectivo y no personal, en el que prevalece la justicia, la equidad y la solidaridad a favor de  la mayoría del tejido social.

Aristóteles expresaba con relación a estas dimensiones valorativas que no existe conocimiento ni voluntad que tenga por objeto el mal.

Por ello, el bien habrá de ser uno de los objetivos del ser humano, en tal caso es una conducta  que se caracteriza porque  procura el bien excelso, mientras tanto que los comportamientos tendientes a implementar la perversión, la malignidad, o el valor venal que consiste en  convertir toda conducta en un valor de cambio, es decir, en un valor que se puede comprar o vender, las cosas tienen una valor enajenado o alienado porque no valen por sí mismas (valor de uso) si no porque se intercambian como mercancías valoradas por el importe del dinero, el favoritismo, los privilegios, la traición y la deslealtad.  En este caso, las conductas o los comportamientos políticos,  se convierten en objetos fetichizados por la asignación del valor venal.

Marx dice al respeto: el valor venal pide el que le ofrece y ofrece al que le pide. Este concepto marxista que se desarrolla en el texto “Miseria de la Filosofía” es un poco denso, pero la frase “pide el que le ofrece” significa que ante la oferta venal pide la recompensa correspondiente. 

Así mismo la expresión “ofrece al que le pide”,  significa que el mismo sujeto ofrece su venalidad a cambio de la solicitud  que le compra su conducta.

Por esa razón el inciso “m” del artículo 13 atraviesa de algún modo todo el andamiaje normativo de los estatutos de LIBRE.:”actuar con base en los valores y principios de la ética revolucionaria” y para mayor claridad recalca el inciso en que las conductas éticas revolucionarias se diferenciarán de la práctica oportunista y manipuladora de los políticos tradicionales.

En relación con tales principios deontológicos (la Deontología es la ciencia que estudia lo conveniente, lo debido de acuerdo con los imperativos categóricos, vistos estos como mandamientos de la razón que procura el bien), son expresiones de la filosofía de la práctica del bien, que reflexiona sobre las acciones morales de los hombres. Los seres humanos poseen un código moral colectivo cuyas aplicaciones se practican  entre los miembros de la comunidad.

De algún modo y con la sabiduría que caracteriza a Aristóteles, el filósofo dice que la moral sólo puede formar parte de la política. Así que sentencia lo que sigue: “En Política no es posible practicar cosa alguna sin estar dotado de ciertas cualidades, quiero decir, sin ser hombre de bien. Pero ser hombre de bien equivale a tener virtudes; y por tanto, si en política se quiere hacer algo, es preciso ser moralmente virtuoso. Esto hace que parezca el estudio de la moral, como una parte y aún como el principio de la política, y por consiguiente sostengo que al conjunto de este estudio debe dársele el nombre de política más bien que el de la moral” (Etica, La Gran Moral, en Aristóteles, obras selectas, Edimat Libros, España, 2012, pp. 325 y ss).

También el artículo 13 de los estatutos de LIBRE, referido a  los deberes de los miembros de LIBRE,  establece en su inciso k, el siguiente mandato: “Cumplir los acuerdos y resoluciones que conforme a estos estatutos adopten los organismos y autoridades de Libertad y Refundación (LIBRE)”.

Teniendo el antecedente ético que se ha descrito anteriormente, todos quienes gozan de la membrecía de LIBRE están obligados a satisfacer las demandas del espíritu de este inciso k. Así que lo ciudadanos que están inscritos en el censo de LIBRE y esencialmente, aquellos que por el Partido asumieron cargos electorales  a raíz de los comicios  pertinentes, tienen una doble obligación de observar toda la normativa moral y ética que en los Estatutos se prescriben.

El artículo 14 y 15 en relación con los deberes de la membrecía, señala que las habilidades y prohibiciones se aplicarán de acuerdo con las leyes que corresponden, y ante las contravenciones de los miembros,  se aplicarán sanciones por parte del organismo denominado Tribunal de Honor. Seguidamente el Partido LIBRE legisla sobre la pérdida de la membrecía cuando se presenten los casos de muerte, renuncia o falta grave comprobada por el Tribunal de Honor.

El Título IV, De la estructura Organizativa, capítulo VIII, páginas 84-85, pertenece a la  descripción  y funciones del Tribunal de Honor. Este capítulo VIII contiene siete artículos que van desde el número 50 hasta el 56.

Refiere el artículo 50 que el TH es un órgano colegiado  que es responsable de conocer la conducta ética y el comportamiento político de las y los miembros de Libertad y refundación. 

Así mismo establece que este órgano observará  la disciplina y aplicará sanciones contra aquellos miembros que violenten sus Estatutos, la declaración de los Principios, Reglamentos y demás disposiciones que hayan emanado de los órganos gubernativos de LIBRE.

El artículo 51 establece que el TH  es independiente de la demás órganos directivos del Partido, también refiere que deberá actuar de oficio cuando los integrantes de este órgano tengan conocimiento de los hechos irregulares, o al menos por medio de la petición de cualquiera de las instancias de LIBRE, y hasta de cualquier medio, hombre o mujer que formulase la denuncia.

Según el artículo 52 el TH estará integrado por siete miembros, que serán electos en Asamblea Nacional Ordinaria, por un período de cuatro años.

Se desprende entonces de los artículos referidos que los miembros del TH deberán observar las conductas de los miembros para enmarcarlas en los parámetros de la ética, y a la vez deberán observar los comportamientos políticos a fin de deducir responsabilidades cuando el caso así lo requiera.

Es de hacer notar que este órgano colegiado e independiente de las estructuras directivas de LIBRE, puede actuar de oficio cuando así lo requiera el caso anómalo de la membrecía.  Pero a la vez el TH impondrá sanciones contra aquellos que violenten las normas partidarias. 

Así, bajando de lo general a lo concreto, el caso de la elección de la Corte Suprema de Justicia, ante cuyo evento jurídico electoral legislativo, el Partido LIBRE ha tomado la decisión de no votar por las nóminas propuestas por las comisiones nominadoras correspondientes, por considerar que todo el proceso está trasuntado de corrupción;  la propuesta de LIBRE es que se transforme todo el sistema de elección del órgano esencial del Poder Judicial.

Por ello, la dirigencia de LIBRE junto a su bancada tomaron la disposición de votar con un no en el proceso electoral interno del Congreso Nacional.  

De la bancada de LIBRE que hasta cierto momento sumaban 31 diputados, surgió sospechosamente la disidencia de dos congresistas, Esdras Amado López y Denis Sánchez, quienes ante los medios de comunicación expresaron que eran independientes en sus decisiones políticas y que no  iban a seguir la línea acordada por las autoridades y los diputados de LIBRE.

Inmediatamente entraron en desacato al articulado número 13, inciso k de los estatutos partidarios que mandan cumplir con los acuerdos y resoluciones que adopten los organismos y autoridades de LIBRE. Con lo cual violaron las disposiciones imperativas  estatutarias. Al tiempo que desconocieron el contenido del mismo artículo mencionado, en el inciso g, que manda a combatir y denunciar  la corrupción  sin importar el contexto en que se desarrolle.

Tanto por la televisión como por la radiodifusión se han publicado los hechos de   financiamiento sombrío de los partidos tradicionales, que usando los recursos monetarios de las arcas nacionales, han depositado en cuentas particulares de diputados, en  bancos ya denunciados, el precio de sus conductas políticas anti éticas.

Ninguno de los diputados que han salido de las filas de LIBRE, incluyendo a Esdras Amado López (que ha  expresado públicamente su aspiración de formar otro partido), han  denunciado los procesos de enajenación de las normas éticas que desde el mismo gobierno se han incentivado.

El TH del Partido no ha tenido otro recurso que conocer los actos anti éticos de los diputados ya conocidos y proceder a la aplicación de los estatutos contra aquellos representantes de LIBRE y del pueblo hondureño que violentaron los parámetros morales que detenta  esta organización partidaria, que propone la refundación del país, combatiendo todas las formas y contenidos de la corrupción generalizada que impera en la nación y que protagonizan el Partido Nacional, el Partido Liberal, la Democracia Cristiana y la Unión Democrática, contribuyendo con tales acciones a profundizar los grados de impunidad sistematizada que la Corte Suprema de Justicia de Honduras pasa por alto y promueve por omisión y acción la más degradante conducta corrupta que en la historia contemporánea haya experimentado el pueblo hondureño.

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